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Programa de Bioseguridad COVID 19


Enviado por   •  7 de Junio de 2021  •  Informes  •  7.606 Palabras (31 Páginas)  •  200 Visitas

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INTRODUCCIÓN.

El COVID-19 es una enfermedad causada por la cepa Coronavirus SARS-CoV-2 y sus variantes, se detectó por primera vez en Wuhan, China, en diciembre de 2019. El 30 de enero de 2020, el Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS), declaró que el brote actual constituía una emergencia de salud pública de preocupación internacional. Ante la presencia de la enfermedad COVID-19 en Venezuela, el 16 de marzo de 2020 el país inicia la fase de cuarenta en la cual es importante dar instrucciones en el marco de intervención, respuesta y atención del COVID19.

Los protocolos y medidas de este documento, no reemplazan las recomendaciones indicadas por las autoridades, ni se anteponen sobre programas y protocolos específicos de otros sectores. Este Programa se irá ajustando en la medida en que las autoridades competentes implementen nuevas medidas  o en su defecto que se vaya controlando la pandemia y el riesgo que ella supone.

1.- OBJETIVO.

Este instrumento tiene por objetivo, identificar y dictar las medidas necesarias a los fines de minimizar y controlar los factores que puedan generar la transmisión del Coronavirus –COVID-19, dentro de nuestras instalaciones y lugares de ejecución, así como ofrecer premisas a través de protocolos para que nuestro personal se resguarde en sus hogares, dando cumplimiento a las  disposiciones contenidas en la normativa nacional e internacional, muy especialmente las providencias dictadas por el Ministerio del Poder Popular Para la Salud bajo el  N° 090 de fecha 1° de junio de 2020 y la dictada 1° de julio de 2020 por el Ministerio Del Poder Popular Para EL Proceso Social Del Trabajo, Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) bajo el N° Cj-060-2020.

2. ALCANCE.

Este Programa aplica a todos los trabajadores directos de GRUPO ARABITO, incluidos los contratados bajo cualquier modalidad y las personas naturales vinculadas mediante contrato de prestación de servicio o bienes, que desarrollen actividades dentro de las instalaciones de la empresa, en cualquier localidad dentro de la República Bolivariana de Venezuela.

Estas medidas estarán vigentes hasta el cese del estado de emergencia dictado por el Ejecutivo Nacional, y será adecuado a las recomendaciones e instrucciones que emanen de los órganos del poder público nacional.

GRUPO ARABITO es una empresa que ofrece servicios de.

3. DEFINICIONES.

Trabajador: Aquella persona física que presta sus servicios subordinados a otra persona natural o jurídica. En el presente Programa se entenderá también incluidos a los aprendices Inces, becarios y pasantes.

Aislamiento: Separación física de una persona o grupo de personas que se sabe o se sospecha que están infectadas con una enfermedad transmisible y potencialmente infecciosa a aquellos que no están infectados.

Asepsia: Ausencia de microorganismos que pueden causar enfermedad. Este concepto incluye la preparación del equipo, la instrumentación y el cambio de operaciones mediante los mecanismos de esterilización y desinfección.

Contacto casual: Cualquier persona que haya estado compartiendo espacio cerrado con un caso mientras era sintomático, pero que no cumplan con los criterios de ser contacto estrecho.

Contacto estrecho: Quien haya estado en el mismo lugar que un caso posible, probable o confirmado mientras el caso presentaba síntomas, a una distancia menor de 2 metros (compañeros de trabajo, visitas, etc.).

Contacto posible: Caso con infección respiratoria aguda leve al que no se le ha realizado prueba de diagnóstico microbiológico.

Contacto probable: Caso de infección respiratoria aguda grave con criterio clínico y radiológico compatible con un diagnóstico de COVID-19 no confirmado.

COVID-19: Enfermedad causada por un nuevo coronavirus. El nombre de la enfermedad se escogió siguiendo las mejores prácticas establecidas por la Organización Mundial de la Salud (OMS) para asignar nombres a nuevas enfermedades infecciosas en seres humanos.

Desinfección: Es la destrucción de microorganismos de una superficie por medio de agentes químicos o físicos.

Persona sintomática: La persona que presenta síntomas evidentes compatibles con COVID-19, fiebre (más de 37,3º), tos y/o dificultades respiratorias.

Residuo Biosanitario: Aquellos elementos o instrumentos utilizados durante la ejecución de un procedimiento que tiene contacto con materia orgánica, sangre o fluidos corporales del usuario.

SARS: Síndrome respiratorio agudo severo, por sus siglas en inglés (Severe acute respiratory syndrome).

SARS-CoV-2: Versión acortada del nombre del nuevo coronavirus "Coronavirus 2 del Síndrome Respiratorio Agudo Grave" (Comité Internacional de Taxonomía de Virus).

4. DESARROLLO.

4.1 RESPONSABILIDADES.

Los destinatarios de este Programa tienen las siguientes responsabilidades:

Obligaciones a cargo de GRUPO ARABITO:

  1. Adoptar, adaptar e implementar las normas contenidas en la Resolución N° 090 de fecha 1° de junio de 2020 dictada por el Ministerio del Poder Popular Para la Salud, en adelante MINSALUD.
  2. Implantar las medidas de distanciamiento social y el uso de medios alternativos no presenciales tales como video conferencias facilitando las reuniones de coordinación y de tareas en equipo en los diferentes niveles gerenciales y limitación de ingreso a las áreas e instalaciones de la empresa.
  3. Capacitar e instruir a sus trabajadores, contratistas, socios y clientes vinculados, respecto de las medidas indicadas en este Programa.
  4. Implementar las acciones que permitan garantizar la continuidad de las actividades y la protección integral de los trabajadores, contratistas y demás personas que estén presentes en las instalaciones o lugares de trabajo.
  5. Adoptar medidas de control administrativo para la reducción de la exposición al COVID-19, tales como la flexibilización de turnos y horarios de trabajo, así como propiciar el trabajo remoto o trabajo en casa.
  6. Reportar al área de Seguridad y salud en el Trabajo los casos sospechosos y confirmados de COVID-19.
  7. Incorporar en los canales formales de comunicación y puntos de atención establecidos como carteleras, vallas, etc; la información relacionada con la prevención, propagación y atención del COV1D-19, con el fin de dar a conocer a sus trabajadores, contratistas de servicios o de obra y comunidad en general lineamientos sobre este Programa.
  8. Apoyar a sus trabajadores en materia de identificación, valoración del riesgo, y en conjunto con ellos, dar cumplimiento a las actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad.
  9. Proveer a los trabajadores de elementos de protección personal e higiene a utilizarse para el cumplimiento de las actividades laborales que desarrolle para  GRUPO ARABITO en sus instalaciones o áreas operacionales.

Obligaciones a cargo del Trabajador:

  1. Cumplir los protocolos de bioseguridad adoptados y adaptados por GRUPO ARABITO en este Programa, durante el tiempo que permanezca en sus instalaciones, en el trasporte hacia y desde su lugar de trabajo y en el ejercicio de las labores que esta le asigne.
  2. Reportar a GRUPO ARABITO, cualquier caso de contagio que se llegase a presentar en su lugar de trabajo, en su residencia o su familia, para que se adopten las medidas correspondientes.
  3. Adoptar las medidas de cuidado de su salud y reportar GRUPO ARABITO las alteraciones de su estado de salud, especialmente, lo relacionado con síntomas de enfermedad respiratoria.

5 - MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD.

GRUPO ARABITO considera fundamental e insta a todos sus trabajadores, proveedores, socios y clientes a mantener las siguientes medidas:

5.1.- Lavado de manos:

  1. Se debe realizar el lavado de manos, mínimo cada 2 horas, con abundante agua y jabón (donde el contacto con el jabón debe durar de 20 - 30 segundos)
  2. La Gerencia de Infraestructura y Servicios de GRUPO ARABITO asegura el suministro de agua, jabón y toallas secantes desechables para realizar la higiene de manos. Igual gestión se adelanta para las áreas operativas, con el propósito de contar con la disponibilidad de estos elementos.
  3. La Vicepresidencia de Procura lidera las gestiones para la compra y el suministro de gel alcoholado mínimo al 60% máximo 95%, a colocar en dispensadores a los efectos de garantizar la desinfección de las manos.
  4. La Gerencia de Infraestructura y Servicios propende la instalación de dispensadores de gel alcoholado en lugares de acceso y áreas de circulación para el fácil y frecuente uso de trabajadores y demás usuarios de las instalaciones.
  5. Las instalaciones administrativas y operativas GRUPO ARABITO cuentan con sanitarios y materiales adecuados para el lavado de manos de acuerdo con las recomendaciones del MINSALUD.
  6. GRUPO ARABITO cuenta con material/información que contribuye a generar en sus trabajadores el hábito de realizar lavado de manos. De igual modo los trabajadores que se encuentran en trabajo remoto, centros de operación o en actividades externas acceden a través de los correos electrónicos y la intranet corporativa a esta información.
  7. En GRUPO ARABITO la Gerencia de Organización y Personas, se encargan de intensificar las acciones de información, educación y comunicación para el desarrollo de todas las actividades que eviten el contagio del COVID 19.

5.2.- Distanciamiento físico:

  1. Los trabajadores, proveedores, socios y clientes deben mantener una distancia de socialización de por lo menos 2 mts entre ellos.
  2. GRUPO ARABITO, ha tomado medidas para lograr el distanciamiento social, y estima que los trabajadores deben permanecer al menos a 2 mts de distancia de otras personas y entre los puestos de trabajo, evitando contacto directo. Igualmente, estas distancias de protección deben ser aplicadas por las personas circulantes de aseo y seguridad, y en los sitios donde consumen los alimentos.
  3.  En GRUPO ARABITO las salas de recepción, áreas comunes, salas de reuniones, comedores, instalaciones industriales, pasillos, entre otros, se han adecuado, definiéndose el aforo de personas, para garantizar el distanciamiento físico de 2 mts entre personas, y puestos de trabajo controlando de esta forma la aglomeración de los trabajadores en las áreas o recintos de trabajo.
  4. En GRUPO ARABITO no está permitido realizar reuniones en grupos en los que no se pueda asegurar el distanciamiento mínimo de 2 mts entre cada persona.
  5. Se dispone de herramientas tecnológicas que facilitan el trabajo a distancia para evitar así el traslado a las instalaciones, y con ello la exposición de los trabajadores, facilitando el intercambio de material y comunicaciones.

5.3.- Uso de mascarilla (Elemento de Protección Personal - EPP).

Dentro y fuera de las instalaciones de GRUPO ARABITO, incluyendo sus rutas de traslado y actividades operacionales, los trabajadores de GRUPO ARABITO deben hacer uso obligatorio de la mascarilla.

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