ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Póliza de Accidentes personales escolares.


Enviado por   •  6 de Febrero de 2015  •  Informes  •  765 Palabras (4 Páginas)  •  156 Visitas

Página 1 de 4

Póliza de Accidentes personales escolares.

Mediante este seguro de accidentes personales, la aseguradora se compromete a cubrir los riesgos específicamente mencionados en las condiciones particulares y anexos, si los hubiere, y a indemnizar al asegurado o al beneficiario, según sea el caso, por los gastos incurridos como consecuencia de un siniestro amparado por esta póliza, hasta por la suma asegurada, indicada como límite de la cobertura en el cuadro recibo de la póliza.

Riesgos Amparados por la póliza.

Muerte

si el asegurado sufre un accidente o enfermedad, cubierto por esta póliza, que fuere la causa directa y única de su muerte dentro de los trescientos sesenta y cinco (365) días siguientes a la fecha de ocurrencia del accidente o del diagnóstico de la enfermedad, la aseguradora pagará a los beneficiarios y en caso de no existir éstos a los herederos legales del asegurado, la suma asegurada contratada para esta cobertura que figura en el cuadro recibo de la póliza en el momento del accidente o del diagnóstico de la enfermedad.

Invalidez permanente

si el asegurado sufre un accidente cubierto por esta póliza, que fuere la causa directa y única de incapacidad total permanente o incapacidad parcial permanente, debidamente certificada por médicos legalmente autorizados, y ello ocurriere dentro de los trescientos sesenta y cinco (365) días siguientes a la fecha de ocurrencia del accidente, la aseguradora indemnizará al asegurado (en caso de ser menor de edad niño, niña o adolecente a su representante) la cantidad que resulte de multiplicar el porcentaje indicado en la tabla de indemnizaciones, según la invalidez sufrida, por la suma asegurada para este concepto indicada en el cuadro recibo de la póliza, vigente para el momento del accidente o del diagnóstico de la enfermedad.

Incapacidad total temporal

si el asegurado sufre de accidente o enfermedad, cubierto por esta póliza, que fuere la causa directa y única de una incapacidad total temporal, que le imposibilita asistir temporalmente a sus actividades académicas en el instituto docente, la aseguradora indemnizará la suma asegurada diaria indicada en el cuadro recibo de la póliza para esta cobertura, vigente para el momento de ocurrencia del accidente o del diagnóstico de la enfermedad, a partir del decimosexto (16) día continuo de la incapacidad y mientras esta subsista, sin que dicho pago exceda de treinta (30) días hábiles escolares, contados a partir de la mencionada fecha, con el fin de contribuir con los gastos que se generen por la nivelación del asegurado en sus actividades académicas.

Gastos médicos por accidente

Si el asegurado sufre un accidente cubierto por esta póliza, por el cual requiera de una

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (5.1 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com