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¿Qué Es La Enajenación? Jja


Enviado por   •  25 de Abril de 2013  •  373 Palabras (2 Páginas)  •  439 Visitas

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Es el nombre con que fiscalmente se le conoce al transmisión de propiedad aunque el enajenante o vendedor, donante, heredero, etc se, reserve de dominio del bien. (Esto de reservarse el dominio suele pasar en el contrato de Usufructo)

Además de estos supuestos previstos en el art 14 CFF están otros actos de de consumarse la ley considera enajenación o transmisión de propiedad, y están enlistados en dicho articulo

Para poder ser mas claro serian los actos que las leyes fiscales reconocen que hubo transmisión de propiedad, y todo lo que esta conlleva, es decir al haber transmisión de propiedad hay afectación patrimonial y por ende se esta obligado al pago de un impuesto

Civilmente muchos contratos encuadran con este concepto como el contrato de compraventa, de donación, de permuta, de herencia, de usufructo, etc, por lo tanto todos estos son considerados enajenación de bienes.

En un sentido jurídico, la enajenación implica la transferencia de un derecho real de un patrimonio a otro. La voz enajenación puede ser usada en un modo amplio o en un modo estricto. En un sentido amplio, enajenación implica la transferencia del dominio o cualquier otro derecho real entre dos patrimonios. Mientras que en un sentido estricto, la enajenación se refiere sólo al derecho real de dominio y no a los demás.

Además, la enajenacion puede afectar a cosa entera o a una parte de la misma si es materialmente divisible sin desaparición de su utilidad (sine damno) y siempre y cuando el disponente sea titular único del derecho de propiedad.

Así, si Juan vende su automóvil a Pedro, lo está enajenando en un sentido estricto y amplio a su vez, pues transfiere el derecho de dominio que existe sobre el automóvil desde el patrimonio de Juan al de Pedro. Por el contrario, si Juan constituye un derecho real de prenda sobre el automóvil en favor de Pedro, para garantizar una deuda que tiene frente a él, está enajenando la cosa pero en sentido estricto.

Aquella distinción es importante en lo relativo a prohibiciones de enajenar y demás garantías que se pueden constituir; asimismo, importa pues la facultad de disposición es uno de los elementos esenciales del dominio, y algunos han planteado que es inaceptable la permanencia de aquel derecho si se suprime esta facultad.

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