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RIF Pagos Provisionales


Enviado por   •  2 de Marzo de 2022  •  Prácticas o problemas  •  1.201 Palabras (5 Páginas)  •  171 Visitas

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RIF Pagos Provisionales

En este ejercicio el profe, nos estaba enseñando la forma de presentar la declaración anual y pagos provisionales que se hacen en el régimen de incorporación Fiscal (RIF), este tipo de régimen, El RIF del SAT es ideal para la incorporación de negocios al esquema formal, permitiendo la emisión de facturas y gozando de esas ventajas.

En este régimen, las personas físicas que realizan actividades empresariales pueden tener condonaciones en el pago de sus impuestos a lo largo de una década.

Durante el primer año de adhesión, se le condona al contribuyente 100% de sus impuestos, mientras que en el segundo año 90%, en el tercero 80%, en el cuarto 70% y así sucesivamente hasta que en el año 11 se deba pagar sin algún beneficio Y como recordatorio, Sus Pagos Provisionales se toman de Manera Bimestral, y sus ingresos son acumulativos.

Durante el primer año no se paga el ISR, ya que hay una reducción del 100%, la cual irá

disminuyendo en los siguientes nueve años.

  • 1er año: descuento del 100%
  • 2º año: 90%
  • 3er año: 80%
  • 4º año: 70%
  • 5º año: 60%
  • 6º año: 50%
  • 7º año: 40%
  • 8º año: 30%
  • 9º año: 20%
  • 10º año: 10%

Es muy importante saber de cuantos años tiene la organización y de cuanto es el porcentaje de disminución, ya que este porcentaje representa cuanto podrá deducirse del Impuesto a pagar, por ejemplo: Una empresa lleva laborando 4 años y tiene que presentar sus declaraciones provisionales

El Pago de ISR fuese 95,000 y como lleva 4 años le corresponde el 70% de reducción, es decir

De los 95,000 se le puede restar el 70% y el 30% que sobra es el que seria el ISR a pagar,

Mas concreto seria así de los 95,000 – (66,500 “70%”) = 28,500 de ISR que se pagara

Formas de Presentar la declaración

En el ejercicio del profe, nos explica que hay dos formas de determinar el ISR, uno en el cual usamos el Coeficiente de Utilidad el cual se obtiene de una forma a través de la utilidad fiscal del año pasado

Coeficiente de Utilidad,

Para obtener dicho coeficiente de utilidad Para la determinación del coeficiente de utilidad considerarán como utilidad fiscal la suma de las utilidades fiscales obtenidas en cada uno de los bimestres del ejercicio inmediato anterior conforme al artículo 111 de la LISR, y como ingresos nominales la suma de los ingresos de cada uno de los bimestres del mismo ejercicio. Y con esos datos, el Coeficiente se obtiene Entre la Utilidad fiscal y el Ingreso Nominal

Y una persona que opta por los pagos provisionales en Forma de Coeficiente, debe presentar los pagos provisionales, Bimestrales, y su Declaración Anual[pic 1]

En la imagen anterior es el ejercicio del profe, y se lleva el mismo proceso de pago provisional, Lo único que cambia, es que a los ingresos acumulados se les multiplica el Coeficiente y se obtiene el base del impuesto y se aplica la tarifa especial en las tablas del Impuesto.

Y en donde se obtiene el ISR según Tarifa es el impuesto que se le restara el porcentaje de deducción de acuerdo con los años en que lleva laborando en el régimen

[pic 2]

Y pues en en donde dice % de deducción representa el porcentaje, e ISR  a deducir es el ISR de deducción es decir, se aplico el 60% a 5,169 y nos da 3101, y esos 3,101, son lo que puede deducir y una vez restado esos 3,101 a los 5,169, se obtiene el ISR causado del periodo, y como también a ese ISR podemos deducir los pagos provisionales acumulativos de los meses anteriores y se Obtiene el ISR a cargo

Pago de ISR ANUAL

Pues como se mencionó anteriormente pues cuando usas el COEFICIENTE DE UTILIDAD para hacer los pagos provisionales, tienes que presentar la declaración anual, la cual, es la misma, aquí puedes hacer deducibles las deducciones personales y demás, como se muestra, y también, aquí se puede restar los pagos provisionales hechos en el año. Y en este pago anual, se utiliza las deducciones personales del periodo y todo normal

CONCEPTO

Monto

Monto

Ingresos

1,982,522

1,982,522

Deducciones Autorizadas

1,597,091

1,597,091

Deducciones Personales

-

38,436

Base de Impuesto

385,431

346,995

Límite Inferior

290,667.76

290,667.76

Excedente del limite Inf.

94,763

56,327

%

23.52%

23.52%

Impuesto sobre el excedente

22,288.31

13,248.17

Cuota fija

46,565.26

46,565.26

ISR SEGÚN TARIFA

68,854

59,813

% de reducción

60%

60%

ISR a reducir

41,312

41,312

ISR Causado

27,542

23,925

Pagos Provisionales

10,256.00

10,256.00

ISR a cargo

17,286.00

13,669.00

ISR a favor

                           -  

                             -  

Pagos Provisionales con Deducciones Autorizadas

...

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