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Resolución, aprobando el Proceso de Licitación Pública


Enviado por   •  11 de Mayo de 2014  •  1.173 Palabras (5 Páginas)  •  258 Visitas

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RESOLUCION Nro. R.1481-2013-UNSAAC.

Cusco, 05 de septiembre de 2013

EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

VISTO, el Oficio Nro.0967-2013-AASA-UNSAAC registrado con el expediente Nro. 333051, cursado por el Econ. Menelio Cruz Núñez, Jefe del Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, mediante el cual solicita se emita Resolución, aprobando el Proceso de Licitación Pública No. 011-2013-UNSAAC; asimismo se modifique e incluya en el Plan Anual de Contrataciones 2013 y se designe al Comité Especial para que lleve adelante dicho Proceso; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Nro. R-006-2013-UNSAAC, de fecha 09 de enero del 2013, se aprobó el Plan Anual de Contrataciones de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para el Ejercicio Fiscal 2013, cuyo contenido comprende entre otros el Tipo de Proceso de Selección, Objeto, Descripción de los Bienes, Servicios y Obras Contratar, Unidad de Medida, Cantidad, Valor Estimado de la Contratación, Tipo de Moneda, Fuente de Financiamiento, Fecha prevista de la Convocatoria, órgano encargado de las Contrataciones, Código de Ubicación Geográfica de lugar de la Prestación y Observaciones;

Que, a través del documento del Visto, el Jefe del Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, solicita se modifique el anexo de la citada resolución, incluyendo en el Plan Anual de Contrataciones 2013 el Proceso de Licitación Pública Nro.011-2013-UNSAAC: “ADQUISICIÓN DE MICROSCOPIOS PARA EL PROYECTO: DIVERSIDAD Y DISTRIBUCION GEOGRÁFICA DE LA FAUNA DEL DEPARTAMENTO DEL CUSCO”, con un Valor Referencial de S/. 1´421,104.43 Nuevos Soles, Fuente de Financiamiento: Donaciones y Transferencias; Categoría Presupuestal: Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Producto, Programa: 9002, Asignaciones Presupuestarias que no resultan en producto; Sec. Func.: 0029; Actividad: 5.000894 Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico; Cadena de Gasto: 2.6.32.21, Maquinaria y Equipo; cuyo Expediente de contratación que ha sido aprobado por Memorándum Nro. 418-2013-DIGA-UNSAAC, asimismo solicita la aprobación del mismo y designación del Comité Especial que lleve adelante dicho proceso;

Que, al respecto el Art.9 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que “El Plan Anual de Contrataciones podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de las metas institucionales: cuando se tenga que incluir o excluir procesos de selección o el valor referencial difiera en más de veinticinco por ciento ( 25% ) del valor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección----“;

Que, asimismo el Art. 31 del mismo cuerpo normativo, referido a la Competencia, señala que los Procesos de Selección serán conducidos por un Comité Especial, el cual se encargará de su organización, conducción y ejecución, desde la preparación de la Bases hasta la culminación del proceso. El Comité Especial es competente para: 1.- Consultar los alcances de la información proporcionada en el Expediente de Contratación y sugerir, de ser el caso, las modificaciones que considere pertinentes; 2.- Elaboración de las Bases; 3.- Convocar el Proceso; 4.- Absolver las consultas y observaciones; 5.- Integrar las Bases; 6.- Evaluar las propuestas; 7.- Adjudicar la Buena Pro 8.- Declarar Desierto; 9.- Todo acto necesario para el desarrollo del proceso de selección hasta el consentimiento de la Buena Pro; El Comité Especial no podrá de oficio modificar las Bases aprobadas, debiendo observar estrictamente las normas establecidas en la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por D.L. 1017 y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el D.S. 184-2008-EF, bajo responsabilidad solidaria.

Estando a lo establecido en el Art. 17 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por D.L. 1017 y los Arts. 9,19.1; 27,31 y 51del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por el D.S. 184-2008-EF; Informe Nº 2234-APEP-OPU-2013, Memorándum Nro.418-2013-DIGA-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas al Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitario.

RESUELVE:

PRIMERO.- MODIFICAR, el anexo de la Resolución R-006-2013-UNSAAC, de fecha 09 de enero del 2013, que aprobó el Plan Anual de Contrataciones de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para

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