“SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS”
Dania AlejandraInforme27 de Mayo de 2020
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“SERVICIOS DE IMPUESTOS INTERNOS”
ÍNDICE.
- Introducción………………………………………………………………………………………………… .Pág. 3.
- ¿Qué es el Servicios de Impuestos Internos?....................................... .......... . .Pág. 4-6.
- ¿Qué son los Impuestos de Primera y Segunda Categoría?................................. .Pág. 7-9.
- Conclusión Pág. 10.
- Bibliografía Pág. 11.
INTRODUCCIÓN.
En Chile, tenemos aproximadamente un 15% de habitantes que no tiene conocimiento de las siglas “SII” (Servicio de Impuestos Internos) e incluso más del 50% no comprende su funcionalidad, por lo que a continuación, hablaremos sobre las siguientes interrogantes: ¿Qué es SII? Y además, ¿Qué es el impuesto de primera categoría y de segunda categoría?
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Nota: Cabe señalar que este material gráfico y de diseño se encuentra protegido por la ley sobre propiedad intelectual, que su uso o reproducción indebida, por cualquier medio, ajeno a la institución, y que no tengan una autorización previa del Servicio, se exponen a multas de acuerdo a la Ley 17.336.
¿Qué es Servicio de Impuestos Internos (SII)?
Sus orígenes están en la Ley N°1.515 del 18 de enero de 1902, promulgado por Germán Riesco. Dicha ley establece el impuesto a la producción de alcoholes y la institución para su recolección y fiscalización: la Administración de los Impuestos sobre Alcoholes con su primer director el ingeniero Julio Cousin Daumiere.
Posteriormente se van agregando nuevos impuestos (al tabaco y las barajas) y otros tributos, lo cual hace que se amplíen sus atribuciones y cambia el nombre a Dirección General de Impuestos (1912-1916) y luego a Dirección General de Impuestos Internos (1916).
A mediados de los años 60 toma su actual nombre: Servicio de Impuestos Internos.
Misión
Procurar que cada contribuyente cumpla cabalmente sus obligaciones tributarias, aplicando y fiscalizando los impuestos internos de manera efectiva y eficiente, con estricto apego a la legalidad vigente y buscando la facilitación del cumplimiento, en el marco que establecen los principios de probidad, equidad y transparencia, en un ambiente de trabajo que propicie el desarrollo integral de los funcionarios, para lograr un desempeño de excelencia que aporte al progreso del país.
Visión
Seremos una Institución pública reconocida, en el ámbito nacional e internacional, por: La efectividad, eficiencia y autonomía en su gestión institucional
- Incrementar y mejorar el control de la evasión y elusión, manteniéndolas en sus mínimos históricos, y potenciar el cumplimiento voluntario
- La equidad, probidad y transparencia en el ejercicio de su rol público
- Disponer de soluciones tecnológicas innovadoras para el trabajo fiscalizador, la asistencia a los contribuyentes y el apoyo de otros organismos del Estado.
- Contar con funcionarios altamente capacitados y comprometidos con el progreso del país.
Valores
- Probidad: Observar una conducta funcionaria intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular. Esto implica actuar con rectitud y honradez, sin cometer abusos y sin mentir, cumpliendo las obligaciones funcionarias con una conducta intachable.
- Equidad: Dar a cada uno lo que le corresponde según sus derechos, necesidades, méritos, capacidades o atributos. Implica actuar con imparcialidad y legalmente, para brindar un trato igualitario a todos.
- Excelencia: Desarrollar nuestras funciones y tareas de manera óptima, siempre con un sentido de innovación. Entregar un servicio de calidad, eficiente y eficaz, que aporte al desarrollo del país.
- Compromiso: Firmeza inquebrantable para hacer uso de todas nuestras capacidades, con el fin de llevar a cabo los desafíos y objetivos que la Institución y la ciudadanía disponen.
- Transparencia: Facilitar el acceso a toda la información vinculada con nuestra función, que concierne e interesa a la opinión pública, a fin de permitir el control ciudadano.
- Respeto: Reconocer y aceptar a los demás por su valor individual. Comprender que las naturales diferencias existentes entre los funcionarios y entre éstos y los contribuyentes, se deben abordar en un clima que siempre considere al otro en su condición de persona.
La institución, ha ganado varios premios nacionales e internacionales. Dentro de los más importantes están:
- Premio de las Naciones Unidas por Innovaciones en el Servicio Público 2003.
- Premio WIBTA 2004 para Latinoamérica.
- Premio Queveo 2012 en categoría infantil al sitio www.planetasii.cl. Por el aporte a la educación cívica de los niños.
Premio Anual por Excelencia Institucional en los años 2008, 2010, 2011 y 2012, otorgado por la Dirección Nacional del Servicio Civil.
El Servicio de Impuestos Internos (SII), es una entidad que tiene a su cargo fiscalizar y proveer de servicios orientados a la correcta aplicación de los impuestos internos; de manera eficiente, equitativa y transparente.
La finalidad que persigue el Servicio de Impuestos Internos (SII) es lograr disminuir la evasión, y proveer a los contribuyentes de servicios de excelencia, para maximizar y facilitar el cumplimiento tributario voluntario.
Este servicio depende del Ministerio de Hacienda. Posee una dirección regional en cada región del país y cinco en la Región Metropolitana de Santiago, una Dirección de Grandes Contribuyentes y la respectiva Dirección Nacional.
Organigrama
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¿Qué son los Impuestos de Primera y Segunda Categoría?
Desde actividades bursátiles, depósitos en dinero, rentas vitalicias, comercio o industria, todos estas actividades, son gravados por un impuesto determinado y clasificado por el Decreto Ley N° 824, y según el artículo 3 del decreto ley, "toda persona domiciliada o residente en Chile, pagará impuestos sobre sus rentas de cualquier origen, sea que la fuente de entradas esté situada dentro del país o fuera de él". De aquí nace que los contribuyentes al SII (Servicio de Impuestos Internos) son clasificados por categorías de acuerdo al tipo de renta o ingresos que obtienen de sus actividades laborales, dividiéndose en dos, el Impuesto de Primera Categoría y el Impuesto de Segunda Categoría.
IMPUESTO DE PRIMERA CATEGORÍA.
Cuando hablamos del Impuesto de Primera Categoría, (Artículo 20 Ley de Impuesto a la Renta) nos referimos a un tributo que alcanza a los contribuyentes que realicen las siguientes actividades:
- Que poseen o explotan bienes raíces agrícolas, no agrícolas.
- Que obtengan rentas de capitales mobiliarios consistentes en intereses, pensiones, bonos, dividendos, depósitos en dinero, rentas vitalicias, rentas de la industria, del comercio, de la minería, de la explotación de riquezas del mar y otras actividades extractivas.
- Que obtengan rentas de compañías aéreas, de seguros, de bancos, sociedades administradoras de fondos mutuos, asociaciones de ahorro y préstamos, sociedades de inversión o capitalización, constructoras, periodísticas, publicitarias, de radiodifusión, televisión, procesamiento automático de datos y telecomunicaciones.
- Rentas obtenidas por corredores, comisionistas con oficina establecida, martilleros, agentes de aduana, embarcadores, agentes de seguros, colegios, academias, institutos de enseñanza, clínicas, hospitales, laboratorios, empresas de diversión y esparcimiento, etc.
Todas las actividades mencionadas anteriormente quedan clasificadas dentro del Impuesto de Primera Categoría, debiendo cancelar un impuesto determinado por la ley, el cual se muestra en la siguiente tabla obtenida en la página oficial del Servicio de Impuestos Internos.
Año Tributario | Año Comercial | Tasa | Circular SII |
2002 | 2001 | 15% | N° 44, 24.09.1993 |
2003 | 2002 | 16% | N° 95, 20.12.2001 |
2004 | 2003 | 16,5% | N° 95, 20.12.2001 |
2005 al 2011 | 2004 al 2010 | 17% | N° 95, 20.12.2001 |
2012 al 2014 | 2011 al 2013 | 20% | N° 63 30.09.2010 |
2015 | 2014 | 21% | N° 52, 10.10.2014 |
2016 | 2015 | 22,5% | N° 52, 10.10.2014 |
2017 | 2016 | 24% | N° 52, 10.10.2014 |
2018 y sgtes. | 2017 y sgtes. | 25% | N° 52, 10.10.2014 |
2018 | 2017 | 25,5% | N° 52, 10.10.2014 |
2019 y sgtes. | 2018 y sgtes. | 27% | N° 52, 10.10.2014 |
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