Seguridad Jurídica
angelik12564 de Marzo de 2013
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Seguridad Jurídica
La palabra “seguridad” deriva del latín securitas, -atis, que significa “cualidad de seguridad” o “certeza” de sus normas.
Así, la Seguridad Jurídica es la certeza que debe tener el gobernado de que su persona, sus papeles, su familia, sus posesiones o sus derechos serán respetados por la autoridad; si esta deba afectarlos, deberá ejecutarse a los procedimientos previamente establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes secundarias.
Concepto:
Las garantías de Seguridad Jurídica son derechos públicos subjetivos a favor de los gobernados, que pueden oponerse a los órganos estatales para exigirles que se sujeten a un conjunto de requisitos previos a la emisión de actos que pudieran afectar la esfera jurídica de los individuos, para que estos no caigan en la indefensión o la incertidumbre jurídica, lo que hace posible la igualdad y libertad para todos los sujetos de derecho y obligaciones.
1. Porque pueden hacerse valer ante sujetos pasivos públicos, es decir el Estado y sus autoridades, y subjetivos porque entrañan una facultad derivada de una norma.
2. Significa que el respeto a este conjunto de garantías puede reclamarse al Estado.
3. Los requisitos están previstos en la Constitución y leyes secundarias; si el Estado comete actos donde tales requisitos no se hayan cubierto la Seguridad Jurídica de los gobernados será afectada.
4. Se rigen como baluarte del acceso afectivo a la justicia, a que tienen el pleno derecho de los individuos de toda sociedad libre y democrática, donde el Estado no subordina a sus intereses la estabilidad social.
Las garantías de Seguridad Jurídica se encuentran consagradas en la Constitución, son la base sobre las cuales descansa el sistema jurídico mexicano, por eso éstas no pueden ser limitadas porque en su texto no contengan expresamente los derechos fundamentales que tutelan; por el contario, las Garantías de Seguridad Jurídica valen por si mismas, ya que ante la imposibilidad material de que en un artículo los contengan todos los derechos públicos subjetivos del gobernado.
Estas garantías prohíben a las autoridades llevar a cabo actos de afectación en contra de particulares; si han de hacerlo deberán cumplir los requisitos previamente establecidos.
ARTÍCULOS CONSTITUCIONALES QUE CONTIENEN LAS GARANTÍAS DE SEGURIDAD JURÍDICA
Las garantías de Seguridad Jurídica son otorgados por los artículos 8, 14, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, y 23 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo
8 Derecho de petición
Es la facultad de los gobernados persona físicas o morales, para solicitar a cualquier autoridad, por escrito, de manera pacífica y respetuosa, que realice o deje de realizar un acto propio de sus atribuciones.
14 1. Garantías de irretroactividad de la ley
2. Garantía de audiencia
3. Garantía de exacta aplicación de la ley
4. Garantía de legalidad en materia civil
1. Las disposiciones contenidas en la ley no deben aplicarse hacia el pasado, afectando hechos o situaciones que se presentaron antes de su vigencia, (conflicto de leyes).
2. Derecho de los gobernados frente autoridades administrativas y judiciales para que sean escuchados y se les dé la oportunidad de defenderse (pruebas, alegatos)
3. Prohibición de imponer penas (penal) por analogía o por mayoría de razón; la imposición de una pena implica. No se les puede considerar delincuentes sin que se haya probado que infringieron una normal penal.
4. La sentencia definitiva será conforme a la letra de la ley.
16 1. Garantía de autoridad competente
2. Garantía de mandamiento escrito, en el que se funde y motive la causa legal para
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