Sistema General de Seguridad Social Integral
sol.89AmarTrabajo1 de Diciembre de 2022
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Sistema General de Seguridad Social Integral
Alexander Hernandez Rojas
Código: 202212099
Laura Sofía Rodríguez Sánchez
Código: 202212692
Yury Alexandra Antolinez Herrera
Código: 202211837
Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia - UPTC
Facultad de Estudios a Distancia – FESAD
Escuela de Ciencias Administrativas y Económicas – ECAE
Técnica Profesional en Procesos Administrativos en Salud
Cread Tunja
2022
Sistema General de Seguridad Social Integral
Alexander Hernández Rojas
Código: 202212099
Laura Sofía Rodríguez Sánchez
Código: 202212692
Yury Alexandra Antolinez Herrera
Código: 202211837
Trabajo Presentado en la asignatura Sistema General de Seguridad Social Integral
Docente: Alba Marcela Jaime Reyes
Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia - UPTC
Facultad de Estudios a Distancia - FESAD
Escuela de Ciencias Administrativas y Económicas – ECAE
Técnica Profesional en Procesos Administrativos en Salud
Cread Tunja
2022
Tabla de contenido
Tabla de contenido
Introducción 4
1. Desarrollo de las actividades. 5
1.1 Actividad No 1……………………………………………………………………………………5,6,7
1.2 Actividad No 2 8
1.3 Actividad No 3. 13
Conclusiones 14
Referencias 14
Introducción
El presente trabajo tiene como finalidad la importancia del Sistema de seguridad social, destacando la importancia de las etapas del sistema de salud y los determinantes avances que ha tenido la seguridad social en Colombia, avanzaremos y nos encontraremos con una extensa historia pasando por la antigüedad hasta llegar a nuestra actualidad, en este trabajo encontraremos infografías, ensayos, mapas mentales, mapas conceptuales, cuadros comparativos en los cuales explicáremos la importancia del Sistema de seguridad social en Colombia y la importancia de saber y profundizar sobre este tema.
1. Desarrollo de las actividades.
1.1 Actividad No 1. Realice mediante cualquier clase de documento (Ensayo, folleto, mapa conceptual, etc.) el desarrollo de los siguientes temas, acerca del SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL
A.
[pic 1]
B.[pic 2]
[pic 3]
C.
D y E.
[pic 4]
1.2 Actividad No 2. En un párrafo de por lo menos 2.000 palabras, realice un análisis descriptivo sobre los siguientes puntos, relacionados con el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS):
a) En caso de ser un usuario que inicia una relación laboral, el empleador o patrono es el Encargado de realizar los trámites directamente con la EPS. Para la afiliación del cotizante y sus beneficiarios se deben anexar los siguientes documentos:
• Formulario de afiliación firmado tanto por el cotizante como por el empleador.
• Fotocopia de la cédula del cotizante ampliada al 150%
Y beberá inscribirlos ante la entidad promotora de salud EPS, dicha inscripción se hará mediante el diligenciamiento del formulario que ha determinado la Superintendencia de Salud para dicho procedimiento, la solicitud la deberá hacer el afiliado y deberá estar acompañada de una declaración bajo juramento, donde manifieste que dichas personas si pertenecen a su grupo familiar, adicional declarando que no están afiliados a otras entidades de salud. Estos
documentos que se requieren por parte de los beneficiarios o grupo familiar para acreditar su parentesco, donde el afiliado tiene derecho a afiliar como beneficiarios a su grupo familiar a su compañera permanente, a sus hijos, hasta que cumplan 25 años siempre y cuando dependan económicamente del afiliado, incluye también hijos adoptados.
b) Los cotizantes dependiente o afiliados adicionales, según artículo 40 del decreto 806 de 1998, donde describe que solo se pondrá ser inscritos como afiliados adicionales, en el caso que el cotizante pague de forma mensual y anticipada a la entidad prestadora del servicio, el correspondiente aporte equivalente el cual ya están fijadas por el Concejo Nacional de Seguridad Social en Salud y que influya que beneficiario adicional pertenece a su grupo familiar, adicional debe depender económicamente del afiliado, tener un parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad (padres, abuelos, nietos, hermanos, bisabuelos, biznietos, tíos, y sobrinos) o sean menores de doce años si no son consanguíneos, la entidad promotora de salud, luego de que el afiliado llene el formulario para su beneficiario adicional, esta apropiara el valor de la UPC que le corresponde pagar por el afiliado adicional.
c) Motivos de en los que aplica la suspensión del sistema de seguridad social en salud, mora en los pagos de las cotizaciones, cuando un empleador dejar de hacer los aportes por dos (2) periodos consecutivos, la EPS suspenderá la afiliación y suspenderá los servicios de salud incluidos en el plan de beneficios de salud. También será suspendida la afiliación de seguridad social en salud cuando los documento que acreditan la condición de beneficiarios no sean atendidas por parte del afiliado, cuando la EPS le solicite la acreditación de los documentos del beneficiario y después de pasados tres meses, no haya dado respuesta a la solicitud, no tendrá derecho a que le sigan prestando los servicios de salud, con excepción de niños y madres gestantes.
d) La afiliación de una entidad promotora de salud EPS se cancelara, y se llevara a cabo por cuando el trabajador dependiente no tenga la capacidad de pago para seguir afiliado al régimen contributivo como independiente y haya reportado oportunamente a su EPS a través del reporte de novedades. También ocurre cuando la entidad promotora de salud EPS, en donde esta inscrito el afilado y su grupo familiar, trascurrido tres (3) meses de suspensión de la afiliación por no pago de las cotizaciones al sistema general de seguridad social en salud, o cuando el trabajador independiente pierda la capacidad de pago haya informado a la entidad promotora de salud tal situación por medio del reporte de novedades, también se realizara la desafiliación del sistema de seguridad social en salud en caso de fallecimiento del cotizante, se producirá de inmediato la desafiliación, de él y sus beneficiarios por no haber reportado por cualquier medio la novedad a la entidad promotora de salud. Para la desafiliación la entidad promotora de salud, EPS deberá, que mandar de forma previa a la última dirección del afiliado, con una anticipación no menor a un (1) mes, una comunicación por correspondencia certificado en la cual se en caso de mora, réplica de la comunicación tendrá que enviarse al empleador o a la entidad de pensiones, cuando la entidad Promotora de salud compruebe de un hecho extintivo de la calidad de afiliado, y que su novedad no se le haya reportado a tiempo, cuando la Súper Intendencia Nacional de Salud defina mediante las quejas y PQR o controversias de las multiafiliaciones, adicional cuando una persona desafiliada pueda tener la capacidad de pago debe dirigirse a su EPS para que no opere y pierda su antigüedad.
e) la multiafiliacion se define como la afiliación simultanea de una persona a dos o más entidades del régimen contributivo, o a la afiliación tanto régimen contributivo y al régimen subsidiado, ninguna persona puede estar afiliada simultáneamente a régimen contributivo y subsidiado no puede ser cotizante y beneficiario, mucho menos no poder ser cotizante y afiliado, otra posible causa para que se genere una multiafiliacion puede ser como ejemplo que en el momento de escoger o elegir un sistema pensional de su preferencia, la persona afiliada tenga un tipo de identificación y luego cuando se realice un traslado a otra entidad, tenga un número de identificación deferente, ya que puede ocurrir el caso que se afilio con tarjeta de identidad y luego lo hizo con la cedula de ciudadanía, y por consiguiente se generaría una multiafiliacion.
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