ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Sucesión: conjunto de bienes materiales, créditos y deudas que pasan de un cuius a un sucesor o sucesores


Enviado por   •  14 de Mayo de 2018  •  Apuntes  •  987 Palabras (4 Páginas)  •  161 Visitas

Página 1 de 4

SUCESIONES

Sucesión: conjunto de bienes materiales, créditos y deudas que pasan de un cuius a un sucesor o sucesores

Sucesores

  • Herederos: personas que recibían  a titulo universal los bienes, créditos y deudas

Herencia: conjunto de bienes materias, créditos y deudas

  • Legatarios: personas que recibían a titulo particular un bien como beneficio testamentario

Legado: Beneficio testamentario

 

  • Fideicomisarios: personas que recibían a titulo particular un bien que por suplica verbal del fideicomitente al fiduciario le entregara

Fideicomiso: suplica verbal del fideicomitente al fiduciario para la entrega de un bien al fideicomisario

Vías Sucesoras

  • Legitimidad: es cuando  no se había un testamento, el testamento era invalido o si el heredero no quería o no podía aceptar la herencia
  • Testamentaria: cuando hay un testamento valido

En roma los sucesores no solo heredaban su patrimonio si no también las ideas y simpatías del difunto

Por vía legitima la herencia correspondía:

Según las XII Tablas:

  1. A los Herederos Sui: eran los que quedaban sui iuris con la muerte del cuius y eran hijos no emancipados

A falta de herederos[pic 1]

  1. A los Agnados: eran los parientes masculinos

  1. A la Gens del cuis: A falta de agnados

 

Según el Derecho pretoriano o Ius Honorarium:

  1. A los Liberti: eran la antigua categoría de herederos sui, que quedaban sui iuris con la muerte del cuius, solo que aquí se incluye a los emancipados

A falta de Libertis[pic 2]

  1. A los Legitimi: antigua categoría de agnados, parientes masculinos

A falta de Legitimi[pic 3]

  1. A los cognados: era  la madre casada sine manus podía heredar a un hijo o un hijo a su madre

A falta de Cognados[pic 4]

 

  1. A la viuda o viudo solo si estaban casados en sine manus

Según Vía Imperial antes de Justiniano:

  1. Tertuliano dispuso que a falta de testamento y de herederos sui, se le ofreciera la herencia primero al padre, luego  los hermanos y si estos faltaban a la madre conjuntamente con las hermanas
  2.  Respecto a la herencia materna hubo un nuevo privilegio, se traslado a los hijos de los cognados al primer rango de los liberti considerándolos herederos sui respecto a su madre, esto lo introdujo un senado consulto Orfitiano.

Según Justiniano:

  1. A los descendientes no emancipados
  2. A los ascendientes y hermanos
  3. A los medios hermanos
  4. A los parientes colaterales hasta el cuarto grado
  5. A la viuda o viudo casada en sine manus
  6. A la legión si era soldado, al templo si era sacerdote y al fisco si era un ciudadano

Testamento

Acto solemne  acompañado por formalidades importantes por el cual instituye a un heredero(s), es manifestación de ultima voluntad y un acto esencialmente irrevocable

En derecho romano se le conoce como TABULE

La institución de heredero(s) era indispensable en el testamento romano:

 EL CAPUT        FUNDAMENTUM       TESTAMENTI

 *Cabeza              *Base                         *Del Testamento

Si esto faltaba el testamento era ineficaz y todas las demás disposiciones quedaban igualmente sin eficacia como los: legados, fideicomisos, manumisiones y la designación de tutores y curadores

 En el derecho moderno no es lo mismo y para ver la diferencia se debe comprender la figura del antiguo heredero:

Antiguo heredero: continuaba con la personalidad del difunto como sus ideales, odios, simpatías y religión domestica

Su función era de actuar no de poseer

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.5 Kb)   pdf (94.7 Kb)   docx (18.7 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com