UNIDAD 4 NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS Y NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA
Osiris Paola Rojas MercadoInforme25 de Enero de 2019
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Docente: RUTH ELENA ELJACH A-
Asignatura: ASEGURAMIENTO I/ AUDITORIA I
UNIDAD 4
NORMAS DE AUDITORIA GENERALMENTE ACEPTADAS Y NORMAS INTERNACIONALES DE AUDITORIA
Normas de Auditoria generalmente Aceptadas. (ley 43/90)
Es la guía o estándar establecido que debe seguirse para aplicar un principio o reglas que se deben seguir o a que se deben ajustar las operaciones. Con base en ellas se efectúan los procedimientos.
Las N.A.G.A contiene reglas básicas que el contador público debe seguir de manera estricta en la realización de una auditoria, revisoría fiscal o en el examen de estados financieros; o sea, cuando el C.P realiza una actividad profesional.
Las N.A.G.A se clasifican en: Normas personales, normas relativas a la ejecución del trabajo y normas relativas a la rendición de informes.
Normas personales.
Estas normas se refieren a las cualidades del contador público, a la calidad del trabajo en el ejercicio de su profesión y aspectos de ética profesional. Esta norma la integra los siguientes principios:
Formación técnica y capacidad profesional: El examen debe ser ejecutado por personas que tengan entrenamiento adecuado y estén habilitadas legalmente para ejercer la contaduría pública en Colombia. El C.P para mantener su capacidad profesional debe llevar a cabo una actualización permanente de sus conocimientos, tanto en el aspecto técnico y científico como en sus conocimientos generales. El perfeccionamiento técnico y la capacidad profesional incluyen la continua actualización sobre las innovaciones surgidas tanto en los negocios como en su profesión.
Independencia, Integridad y Objetividad. El C.P debe tener independencia mental en todo lo relacionado con su trabajo para garantizar la imparcialidad y objetividad de sus juicios.
La independencia supone una actividad mental que permite al C.P actuar con libertad respecto a su juicio profesional. Para que ello se dé, debe encontrarse libre de cualquier predisposición que limite su imparcialidad en la consideración objetiva de los hechos.
La objetividad implica el mantenimiento de una actitud imparcial en todas las funciones del C.P. Para ser y parecer independiente el C.P no debe tener intereses ajenos a los profesionales, ni debe estar sujeto a influencias susceptibles de comprometer tanto la solución objetiva de los asuntos que le son sometidos como la libertad de expresar su opinión profesional.
Diligencia Profesional. Se debe proceder con diligencia profesional en la ejecución de un examen y en la preparación de sus informes. El C.P debe aceptar únicamente los trabajos que pueda efectuar con la debida diligencia profesional.
Las medidas de control de calidad deben abarcar todos los aspectos de la organización de la sociedad de contadores públicos ya que la calidad de sus trabajos depende directamente del conjunto de medios personales y materiales de que dispone. El control de calidad debe cubrir los siguientes objetivos:
a). Independencia, integridad y objetividad. Proporcionar seguridad razonable de que todo el personal profesional de la organización, a cualquier nivel de responsabilidad, mantiene sus cualidades de independencia, integridad y objetividad.
b) Formación y capacidad Profesional: Proporcionar una seguridad razonable de que todo el personal profesional tiene la formación y capacidad necesaria que le permitan cumplir adecuadamente las responsabilidades que se le asignan. Este objetivo implica asegurar que la asignación del personal a los trabajos, su contratación, su promoción y desarrollo profesional a través de educación continuada son adecuados.
c) Aceptación y Continuidad de Clientes: Permitir la decisión sobre aceptación y continuidad de los clientes teniendo en consideración la independencia del C.P, la capacidad para proporcionar un servicio adecuado y la integridad de la dirección y accionistas o socios del cliente.
d) Consultas: Tener una seguridad razonable de que, cuando sea necesario, el C.P solicita ayuda de personas u organismos internos o externos que tengan niveles adecuados de competencia, juicio y conocimientos para resolver aspectos técnicos.
e) Supervisión y Control de Trabajos. Proporcionar una seguridad razonable de que la planificación, la ejecución y la supervisión del trabajo se han realizado cumpliendo con las normas de auditoria generalmente aceptadas
F) Inspección: Proporcionar, mediante inspecciones periódicas, internas y externas, una seguridad razonable de que los procedimientos implantados para asegurar la calidad de los trabajos están consiguiendo los objetivos anteriores.
Código de ética profesional. Las personas que ejercen una profesión en la que ofrecen sus conocimientos y habilidades al servicio de otros tienen responsabilidades y obligaciones con todos los sectores que confían en su trabajo.
La ética comprende los principios básicos de la actuación moral de parte de los miembros de una profesión específica en las circunstancias peculiares que sus deberes profesionales los colocan.
La ley 43 de 1990, reglamentaria de la profesión de contador público, estableció en el capítulo cuarto del título primero el código de ética profesional, el cual es objeto de la disposición profesional N° 3 del C.T.C.P.
El contador público como depositario de la confianza pública da fe pública cuando con su firma y número de tarjeta profesional suscribe un documento en que certifique sobre determinados hechos económicos.
El ejercicio de la contaduría pública implica una función social especialmente a través de la fe pública en beneficio del orden y la seguridad en las relaciones económicas entre el estado y los particulares o de estos entre sí.
El artículo 35 de la ley 43/90 establece los siguientes principios básicos de ética profesional.
1. Integridad
2. Objetividad.
3. Independencia
4. Responsabilidad.
5. Confidencialidad.
6. Observación de las disposiciones normativas
7. Competencia y actualización profesional.
8. Difusión y colaboración.
9. Respeto entre colegas.
10. Conducta ética.
Normas Relativas a la Ejecución del Trabajo
Tiene como objetivo la determinación de los procedimientos de auditoría que han de ser observados por los C.P en la realización de la auditoría y de la R.F.
El propósito de esta norma no es desarrollar programas de auditoría ya que estos deben ser preparados por el C.P en cada caso, teniendo en cuenta las variadas situaciones que se le presentan en el desarrollo de su trabajo, tanto por las diferencias existentes entre los diversos entes como por el mayor o menor grado de control interno existente en ellos.
Planeación: El trabajo debe ser técnicamente planeado y debe ejecutarse una supervisión apropiada sobre los asistentes, si los hubiere.
La planeación en la auditoria comprende el desarrollo de una estrategia global con base en el objetivo, alcance del trabajo y la forma en que se espera que responda la organización de la entidad que se proponga examinar.
El alcance con que se lleve a cabo la planificación varia según el tamaño y la complejidad de la entidad, la experiencia que el C.P tenga de la misma, el conocimiento del tipo de actividad en que el ente se desenvuelve, la calidad de la organización y el control interno existente.
Al planear su trabajo el C.P debe tener en cuenta entre otros los siguientes aspectos:
a) una adecuada comprensión de la actividad del ente, del sector en que este opera y la naturaleza de sus transacciones.
b) Los procedimientos y normas contables que sigue la entidad, el sistema contable utilizado, y los sistemas operativos de información de gestión.
c) El grado de eficacia, efectividad, eficiencia y confianza inicialmente esperado de los SCI.
El contador deberá documentar adecuadamente el plan de la auditoria. Debe tener en cuenta la naturaleza, el alcance y momento de la ejecución del trabajo a realizar y debe preparar un programa de auditoria por escrito.
a) Consideración sobre la Actividad del Ente: El contador público debe llegar a un nivel tal de conocimiento de la actividad del ente que le permita planificar y llevar a cabo su examen siguiendo las N.A.G.A. Ese nivel de conocimiento debe permitirle tener una opinión de los acontecimientos, transacciones y prácticas que pueda tener a su juicio un efecto importante en las cuentas. El conocimiento de la actividad el ente ayuda al C.P entre otras cosas a:
b) Identificar aquellas áreas que podrían requerir consideraciones especiales.
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