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IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER MATRIMONIO


Enviado por   •  15 de Agosto de 2014  •  398 Palabras (2 Páginas)  •  703 Visitas

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IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER MATRIMONIO

Los impedimentos matrimoniales son trabas u obstáculos establecidos por la ley para la celebración del matrimonio.

Para FRANCISCO LOPEZ HERRERA: Son obstáculos legales para el ejercicio de la capacidad matrimonial. Es decir, en efecto los impedimentos matrimoniales, cuando existen, obstaculizan o entraban el matrimonio a una persona apta legalmente para casarse, porque ha cumplido la edad mínima exigida por la ley, esta en su sano juicio y no sufre de impotencia manifestada y permanente.

INFLUENCIA DEL DERECHO CANÒNICO.

El termino impedimento proviene del derecho canónico (impedimentum matrimonii), si bien las prohibiciones legales existían ya en la Biblia y también en el derecho Romano. En el derecho canónico se le llamaba impedimento a todos los requisitos de fondo para celebrar matrimonio, con una sola excepción: EL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL. Existen en el derecho Canónico muchas clasificaciones de los impedimentos: DIRIMENTES e IMPEDIENTES, PUBLICOS Y SECRETOS, DE MAYOR GRADO O DE MENOR GRADO, PERPETUOS O TEMPORALES, CIERTOS O DUDOSOS, ABSOLUTOS O RELATIVOS, DISPENSABLES Y NO DISPENSABLES.

Pero solo tres de ellas tienen importancia en nuestro derecho.

1) Impedimentos dirimentes e impedientes: los impedimentos Dirimentes son los obstáculos establecidos en la ley para la celebración del matrimonio cuya violación genera la nulidad absoluta. Los impedimentos impedientes; son obstáculos legales, prohibiciones legales para la celebración del matrimonio, cuya transgresión no determina la nulidad, ni absoluta ni relativa del matrimonio celebrado.

La diferencia entre estas dos especies de impedimento matrimonial esta en el efecto que produce su violación. La violación de un impedimento dirimente es la nulidad absoluta del matrimonio. En cambio, la violación de un impedimento impediente, no produce su nulidad absoluta ni relativa. Por el contrario, es perfectamente valido. Pero en algunos casos el legislador venezolano prevé sanciones generalmente económicas.

2) Impedimentos absolutos e impedimentos relativos: Son absolutos los impedimentos que obstaculizan el matrimonio de la persona afectada con cualquier otra persona. Por ejemplo, el impedimento del vínculo, una mujer casada no puede contraer matrimonio con ningún hombre, y viceversa. Son relativos los impedimentos que obstaculizan el matrimonio de la persona afectada con otra persona determinada. Ejemplo: el impedimento matrimonial entre hermanos.

3) Impedimentos dispensables y no dispensables: hay impedimentos dispensables como por ejemplo; el que existe para el matrimonio entre tío y sobrino o descendiente de este (primos) que puede ser dispensado por el juez de primera instancia en lo civil. Existen también impedimentos impedientes no dispensables

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