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LA ADMINNISTRACION PUBLICA FINANCIERA

ALEF25 de Octubre de 2012

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LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FINANCIERA

Dependencias del Poder Ejecutivo competentes en materia de finanzas públicas

La Hacienda publica

Esta noción ha sido concebida por los tratadistas de la materia de muy diversas formas. Para unos, Hacienda Pública es una disciplina, es decir, un conocimiento científico mediante cuyas normas los organismos públicos cubren sus necesidades financieras, buscando al mismo tiempo formas y procedimientos para encontrar la mejor manera de distribuir la riqueza pública.

Por ello se habla de ciencia de la hacienda, como concepto sinónimo de ciencias de las finanzas públicas. Para otros estudiosos de esta materia, es el patrimonio apreciable en dinero que es propiedad del Estado. Finalmente , otros autores utilizan la noción hacienda pública para designar al conjunto de organismos gubernamentales que se encargan de obtener los ingresos y normar el ejercicio del gasto público. Las tres denominaciones son correctas, y en la practica se utilizan para designar cada uno de esos objetos de conocimiento, según el campo o la materia en donde se

utilicen.

En el Estado Moderno la Hacienda Pública es una estructura dotada de una gran complejidad y cada día adquiere más importancia en la vida y en la actividad de los gobernados, puesto que prácticamente no hay persona que guarde, por una causa o por otra, relación con ella, ya sea en el ámbito de los ingresos de Estado, o en el área del gasto gubernamental. En efecto, las personas que pagan contribuciones, que utilizan los servicios públicos estatales que contratan con los organismos del sector público y que reciben o prestan servicios a este sector, encuentran que la base fundamental de sus relaciones económicas se centra en una institución fundamental: la Hacienda Publica, y de

ahí deriva la enorme importancia de estudiarla sistemáticamente tanto desde el punto de vista financiero, como político o jurídico. Finalmente, el ámbito de la actividad de la Hacienda Pública no se reduce solo a los órganos del Estado pertenecientes a las autoridades centrales federales, sino que también se refiere a aquellas otras entidades del sector público que en alguna forma están dotadas de facultades para manejar cuestiones hacendarías. Por ejemplo, En México se incluyen dentro de estas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) o al Instituto Nacional de Fondo para la vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT).

De igual manera , dentro del sistema financiero público no sólo se puede hablar de Hacienda Pública Federal, ya que en el régimen político mexicano también existen las haciendas públicas estatales y las municipales, que se encargan de manejar los aspectos financieros de estas estructuras políticas

del Estado mexicano de manera independiente, aunque en forma coordinada con la Hacienda Pública Federal.

Su estructura, organización y funcionamiento

La Hacienda pública federal y las Haciendas estatales y municipales

La hacienda pública federal está formada por el conjunto de unidades administrativas que se encargan de recaudar los ingresos públicos provenientes de actividades propias de la competencia del Gobierno Federal, en tanto que las otras haciendas públicas, las estatales y las municipales, como su propio nombre lo indica, están constituidas por las correspondientes unidades administrativas que se encargan de manejar los aspectos financieros, presupuéstales y fiscales de su competencia, en sus respectivas circunscripciones, tanto políticas como territoriales. Estas haciendas públicas reciben en la practica los nombres de secretaría de finanzas o tesorerías, ya sean estatales o municipales. No existe al respecto uniformidad en el nombre con que se designa a estas importantes unidades administrativas en los diferentes estados y municipios del país.

La hacienda pública federal está integrada por las dependencias, así como por los organismos y entidades de apoyo que se encargan de manejar y, en su caso distribuir, los recursos económicos de que dispone el Gobierno Federal, para hacer frente a los gastos públicos. Esta dependencia en nuestro país se llama Secretaria de Hacienda y Crédito Público.

Estructura de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

La Secretaria Hacienda y Crédito Público como dependencia del poder ejecutivo Federal, tiene a su cargo el despacho

de los asuntos que le encomiendan la Ley Orgánica de Administración Pública Federal Y otras leyes, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y ordenes del presidente de la República.

La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece en su artículo 14 que para el despacho de los asuntos administrativos que estén a cargo de cada secretaria habrá un secretario de estado designado por el presidente conforme a los preceptos aplicables de la Constitución, el cual a su vez será auxiliado por los subsecretarios, oficial mayor, directores, subdirectores, jefes de departamento y por los demás funcionarios que establezcan el respectivo reglamento interior, así como otras disposiciones legales.

Para estudiar las diversas unidades administrativas de esta secretaria, tomando en consideración lo que al efecto dispone el respectivo reglamento interior, estas unidades se pueden dividir en cuatro grandes áreas:

1.Oficinas superiores.

2.Oficinas de carácter financiero.

3.Oficinas de carácter fiscal.

4.Oficinas técnicas.

5.Oficinas administrativas.

Regulación jurídica de su competencia

El artículo 90 de la Constitución general de la Republica establece la forma en que se podrán crear ,mediante una ley que expedida el Congreso, las diversas dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, señalándose que esa ley se distribuirán los negocios que estarán a cargo de cada una de las unidades administrativas que al efecto se creen, las cuales recibirán el nombre de secretarias o departamentos; esto es lo que se conoce con el nombre de Administración Pública Centralizada.

Además

de esta estructura el propio artículo 90 constitucional consigna que la administración pública federal también comprende no sólo a la centralizada, sino también a la paraestatal, que es aquella que, dependiendo también del Ejecutivo de la Unión, por razones de carácter técnico, administrativo, económico, político, o bien de simple estrategia financiera, está separada de los órganos centralizados, aunque vinculada a ellos en diversas formas por razones de muy variada naturaleza, fundamentalmente el de coordinación.

Organismos y Entidades de apoyo de la Hacienda pública Federal

La Secretaria de Hacienda y Crédito Público cuenta con algunos organismos de carácter desconcentrado que apoyan sus actividades y funciones en el ámbito financiero, y en el bancario y bursátil, así como en las áreas técnico-administrativas y fiscales. Estos organismos son los siguientes:

Comisión Nacional Bancaria

Este organismo se encarga de realizar, por cuenta de la secretaria, funciones de

control, supervisión y vigilancia de las instituciones bancarias; su estructura, organización y funcionamiento están regulados por la Ley de Instituciones de Crédito y por su propio reglamento operativo. En la mencionada ley se señala que esta comisión, es un organismo desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público. También se delimitan en ella de manera muy clara las facultades que posee esta comisión, éstas se pueden sintetizar expresando que la misma ejerce labores de supervisión, control y vigilancia financiera y administrativa sobre instituciones de crédito, tanto bancarias, como en instituciones auxiliares

que realicen funciones de banca y crédito.

Comisión Nacional de Valores

Aquí se está también frente a un organismo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito y Público, cuya estructura y funcionamiento son reguladas por la Ley del Mercado de Valores que expresa que esta comisión se encarga de regular a éste y de vigilar el debido cumplimiento tanto de la ley citada, como de las disposiciones reglamentarias y administrativas que al efecto se dicten.

Las facultades de esta comisión se señalan expresamente en la antes citada ley, y en síntesis se puede decir que su función es encargarse de inspeccionar y vigilar el funcionamiento de las casas de bolsa, especialistas bursátiles y bolsa de valores, a los emisores de valores, a los valuadores independientes y, en general, a todas aquellas personas que realicen operaciones bursátiles, y se encarguen de llevar el registro nacional de valores.

Comisión Nacional de Seguros y Fianzas

En el ámbito financiero de la hacienda pública, existe otra comisión, la de seguros y fianzas, cuya regulación jurídica se encuentra inserta en las leyes generales sobre Instituciones de Seguros y sobre Instituciones de Fianzas.Con el propósito de garantizar la solvencia de estas empresas, la hacienda pública interviene por medio de este organismo desconcentrado en la vigilancia de la operación de estas instituciones, en sus tratos con el público, a fin de que mantengan sus reservas legales y cumplan fielmente los compromisos contraídos con los contratantes en materia de seguros o de fianzas.

Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática

En

la actualidad este organismo de carácter técnico-administrativo se encuentra incorporado

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