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Que Es La Enmienda


Enviado por   •  7 de Noviembre de 2012  •  852 Palabras (4 Páginas)  •  504 Visitas

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Que es una enmienda? y su marco legal en Venezuela

Por: Miguelangel Zambrano | Martes, 02/12/2008 01:30 PM | Versión para imprimir Me permito compartir con todos ustedes un A.B.C (básico) que debemos manejar en cuanto a la terminología y aspectos legales en cuanto a LA ENMIENDA constitucional con la expresa finalidad de agilizar este proceso de consulta nacional.

Ya se están escuchando y leyendo disparates de que es “inconstitucionalidad” nada mas falso. Lo más triste de todo es que dichas torpezas vienen de reconocidos “docentes” Universitarios Constitucionalistas y abogados de profesión. Que están teniendo escenario en espacios mediáticos con la intención trivial de la MANIPULACION a su grupo de seguidores, como decía alguien muy cercano a mi “triste por ellos” los que se dejan manipular.

Estos comenzaran emitiendo recursos en la máxima instancia (TSJ) para disparar en contra de esa propuesta. Y como dichos recursos NO VAN A LLEGAR A NADA por que simplemente no tienen razón jurídica. Acudirán a instancias internacionales donde reposaran en el sueño eterno por no tener estas competencias ni judiriccion.

Se inicia otra batalla, esta vez con la seguridad de que saldremos más victoriosos que nunca. En el pasado reciente específicamente el 2 diciembre de 2007, perdimos una batalla, derrota desde mi punto de vista ya estaba cantada, por una serie de aspectos de los cuales hasta me permití criticar, específicamente lo relacionado AL DEBIDO PROCESO, una aberración en su momento, (cosas del pasado).

Estamos en otra página de la historia contemporánea de Venezuela. Con el mapa político Urbano y de gobierno en grandes poblaciones en manos de ellos. Estamos hablando de recursos económicos, estamos hablando de recursos políticos, estamos hablando de, ingredientes básicos para movilizaciones de calle, estamos hablando de ataques propagandísticos, estamos hablando de guarimbas, que de seguro no faltaran.

Estamos resteados y VAMOS CON TODO. Acá encontraran una serie de elementos que debemos imprimir y fotocopiar para compartirlo y dirimirlo en aportes. Con la frente en alto y emitiendo lo que se tenga que decir y discutir siempre con basamentos lógicos y legales.

¿Que es una enmienda?

Esta supone la modificación de la Constitución de un Estado.

Esta También trata de una modificación de un proyecto de ley, o de un estatuto vigente, también podría tocar lo relacionado a una disposición constitucional o de un reglamento vigente.

En nuestro país (Venezuela) se trata de la modificación del TEXTO constitucional vigente desde el año 1.999. La Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, Aprobada por una aplastante mayoría (en consulta soberano) venezolano.

Nuestro texto contiene un total de 350 Artículos.

¿Que es una Reelección?

Una reelección escrito en palabras comunes y silvestres es aquel derecho que tiene un ciudadano que Ocupa Cargos de elección popular, (a permanecer en ese cargo), el tiempo que la mayoría de electores inscritos en el registro electoral permanente del CNE y habilitados para votar en sufragio directo, secreto y universal, así lo decidan.

En el texto constitucional de Venezuela se limita "Por ahora" hasta un máximo de 2 (dos) veces con una duración de 6 años por periodo.

Situación que se espera cambiar en consulta popular en la propuesta de enmienda constitucional.

Aspecto Legal de la activación de la Enmienda

Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela

TITULO IX

De la Reforma Constitucional

Capítulo I

De las Enmiendas

Artículo 340. C.R.B.V:

La enmienda tiene por objeto la adición o modificación de uno o varios artículos de la Constitución, sin alterar su estructura fundamental.

Artículo 341. C.R.B.V:

Las enmiendas a la Constitución se tramitarán en la forma siguiente:

1. La iniciativa podrá partir del quince por ciento (15%) de los ciudadanos y ciudadanas inscritas en el Registro Civil y Electoral; o de un treinta por ciento de los integrantes de la Asamblea Nacional o del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros.

Nota: Este numeral uno (1) en su primer aparte, es lo que estamos buscando activar.

¿Que quiere decir? Según datos del Registro Electoral Permanente (R.E.P) del Consejo Nacional Electoral encontrados en su portal Web:

http://www.cne.gov.ve/elecciones/regionales2008/documentos/Conoce_el_proceso.pdf

Existen 16.887.805 electores registrados para ejercer su derecho al voto. Esto quiere decir que para la activación a través de las firmas respectivas establecidas en el 341 de la C.R.B.V se estarían necesitando un mínimo de 2.533.171 firmas (aproximadamente). Cantidad que sobrepasaremos.

2. Cuando la iniciativa parta de la Asamblea Nacional, la enmienda requerirá la aprobación de ésta por la mayoría de sus integrantes y se discutirá, según el procedimiento establecido en esta Constitución para la formación de leyes.

3. El Poder Electoral someterá a referendo las enmiendas a los treinta días siguientes a su recepción formal.

4. Se considerarán aprobadas las enmiendas de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y la ley respecto al referendo aprobatorio.

5. Las enmiendas serán numeradas consecutivamente y se publicarán a continuación de la Constitución sin alterar el texto de ésta, pero anotando al pie del artículo o artículos enmendados la referencia de número y fecha de la enmienda que lo modificó.

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