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Afores Y Siefores


Enviado por   •  23 de Abril de 2014  •  2.426 Palabras (10 Páginas)  •  595 Visitas

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INTRODUCCIÓN

En el presente ensayo hablare brevemente de las AFORES Y SIEFORES, las cuales son 2 instituciones que tienen el mismo objetivo que es preparar la pensión de los trabajadores para el momento de su retiro, sin embargo sus obligaciones y operaciones son distintas. De estas ideas han derivado a su vez los conceptos de pensión y jubilación, los cuales no han sido definidos jurídicamente, pero han subsistido a través del tiempo por su valor social y humano, como un derecho inalienable del trabajador.

Es por ello que abordaremos el tema la pensión pues esta significa el resultado de un esfuerzo de toda la vida laboral de los trabajadores, pues les ofrece tranquilidad y seguridad para poder contar con un apoyo económico que le permita vivir con dignidad. En la LSS se establece que “la seguridad social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud, la asistencia médica, la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienestar individual y colectivo, así como el otorgamiento de una pensión”. Un concepto laboral del derecho al otorgar una prestación compensatoria a regir en el ocaso de la vida y cuya denominación no interesa para el objetivo que se persiga, a efecto de atender la necesidad del disfrute de una sobrevivencia decorosa cuando se han perdido las facultades para el desempeño de una labor activa durante un periodo de mayor o menor intensidad de la existencia de ese ser llamado trabajador. Es por ello que este tema es de total relevancia pues en la actualidad los institutos de seguridad social, específicamente el IMSS y el ISSSTE atraviesan severas crisis por la falta de recursos para el pago de pensiones. La nueva ley de del ISSSTE ha generado gran controversia en el país. Con miles de amparos promovidos en contra de ella, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tuvo que entrar al estudio de la misma, resolviendo que cinco artículos son inconstitucionales. Esta declaración de inconstitucionalidad no afecta el nuevo esquema de pensiones previsto la ley.

Siendo así explicaremos cada uno de estos puntos de forma objetiva, con el fin de comprender y conocer este tema que es de vital importancia para todos los trabajadores de nuestro país.

DESARROLLO

En nuestro país el Constituyente de 1917 no incluyo en las prevenciones del articulo 123 el pago de pensiones jubilatorias, ni de invalidez para el trabajo, por considerar primordial fijar, con la mayor amplitud posible , la protección del salario, las condiciones de la relación laboral, y su estabilidad, al igual que los beneficios de la asociación profesional y la educación obrera, pero pocos años después en 1926, se creó la Dirección General de Pensiones de Retiro con tres objetivos fundamentales:

 Otorgar préstamos pequeños, a corto tiempo, a todos los empleados federales a fin de que estos pudieran atender necesidades urgentes de bajo costo.

 Otorgarles préstamos hipotecarios para la adquisición o construcción de viviendas en colonias que cambiaron de forma radical la fisonomía urbana de varias ciudades de la República y permitir a miles de modestos empleados disfrutar de casa propia.

 Otorgar a aquellos trabajadores que hubieren cumplido cierto número de años de servicios continuos y hubieren llegado a determinada edad (55 años mínimo) disfrutar de una pensión ajustada al promedio de sueldos obtenidos durante los últimos cinco años de servicio.

Bajo este sistema nació un eficaz régimen de pensiones de retiro laboral, que se esperaba constituyera un ejemplo para que tanto los gobiernos de los estados de la Republica como los empleadores otorgaren idéntico beneficio a sus respectivos trabajadores que se encontrasen en idénticas condiciones. Dentro de los objetivos del régimen de pensiones es que constituye la invalidez que puede sobrevenir al asalariado debido a las contingencias derivadas del trabajo desempeñado o a circunstancias ligadas a él, como un fenómeno natural o un ataque personal imprevisto. El régimen de pensiones se ha extendido, en caso de muerte del trabajador, a sus familiares o dependientes económicos, como opera en el orden jurídico mexicano. La viuda o los hijos menores de edad, si se encuentran realizando estudios profesionales y cumplen con los requisitos legales, reciben una parte proporcional del monto total de la pensión asignada al trabajador. En nuestro país, el trabajador entrega a su patrono o a la autoridad laboral una declaración de beneficiarios por lo que la viuda, la concubina, los hijos o el dependiente económico designado (lo más común son los padres a falta de otros beneficiarios) obtienen la parte proporcional que les corresponda. En otros países se signan porcentajes según el grado de dependencia habida con el trabajador fallecido. Sin embargo el importe de las pensiones varía según el monto de las cotizaciones que pagan trabajadores y empleadores. En nuestro país dichas cuotas se calculan conforme a una tabla de salarios incluida en un reglamento especial de la Ley del Seguro Social, conforme a grupos y categorías salariales y con base en un porcentaje proporcional a cada grupo y categoría.

A fin de responder a una gran diversidad de circunstancias sociales, económicas, personales, laborales y demográficas, se clasifico de la siguiente manera el Régimen de Pensiones.

Es la edad del trabajador lo que todas las legislaciones toman como base para otorgarle una pensión jubilatoria a la que se le ha dado el nombre de “jubilación”. Así se le conoce en México, pero en otros países se le denomina” prestación de vejez” en alusión a la etapa de la vida de toda persona en la cual las condiciones físicas, el estado de salud o la pérdida del control motor o mental son manifiestos y, en consecuencia, la pérdida de capacidad para la realización de cualquier actividad. La práctica de pagar una cantidad en moneda circulante al llegar a una determinada edad la justifica el hecho de que al cabo de cierto tiempo, todos tenemos derecho a descansar y a tomar la vida con calma, con menos preocupaciones y poniendo en acción un régimen de vida distinto al que por largo periodo hemos acostumbrado. Existen también otros motivos, no siempre la persona tiene descendientes o familiares que lo apoyen o auxilien económicamente, o bien subsisten uno o varios beneficiarios del importe del trabajo como pueden serlo la esposa, algún hijo incapacitado o algún otro dependiente económico a quien se atiende. Considerándose justo también para que el trabajador esté en condiciones de atender estos compromisos, continúe percibiendo si no el importe íntegro de su salario, al menos una parte proporcional de él, al haberlo ya ganado con su esfuerzo.

AFORES

El manejo y operación del Fondo

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