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Autoestima


Enviado por   •  4 de Julio de 2013  •  758 Palabras (4 Páginas)  •  286 Visitas

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ARTICULO 1o. OBJETO. La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las

relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación

económica y equilibrio social.

ARTICULO 2o. APLICACION TERRITORIAL. El presente Código rige en todo el territorio de la

República para todos sus habitantes, sin consideración a su nacionalidad.

ARTICULO 3o. RELACIONES QUE REGULA. El presente Código regula las relaciones de

derecho individual del Trabajo de carácter particular, y las de derecho colectivo del Trabajo,

oficiales y particulares.

ARTICULO 4o. SERVIDORES PUBLICOS. Las relaciones de derecho individual del Trabajo

entre la Administración Pública y los trabajadores de ferrocarriles, empresas, obras públicas y

demás servidores del Estado, no se rigen por este Código, sino por los estatutos especiales

que posteriormente se dicten.

ARTICULO 5o. DEFINICION DE TRABAJO. El trabajo que regula este Código es toda actividad

humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural

ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se

efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.

ARTICULO 6o. TRABAJO OCASIONAL. Trabajo ocasional, accidental o transitorio, es el de

corta duración y no mayor de un mes, que se refiere a labores distintas de las actividades

normales del empleador.

ARTICULO 7o. OBLIGATORIEDAD DEL TRABAJO. El trabajo es socialmente obligatorio.

ARTICULO 8o. LIBERTAD DE TRABAJO. Nadie puede impedir el trabajo a los demás, ni que

se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo lícito su ejercicio, sino

mediante resolución de autoridad competente encaminada a tutelar los derechos de los

trabajadores o de la sociedad, en los casos que se prevean en la ley.

ARTICULO 9o. PROTECCION AL TRABAJO. El trabajo goza de la protección del Estado, en la

forma prevista en la Constitución Nacional y las leyes. Los funcionarios públicos están

obligados a prestar a los trabajadores una debida y oportuna protección para la garantía y

eficacia de sus derechos, de acuerdo con sus atribuciones.

ARTICULO 10. IGUALDAD DE LOS TRABAJADORES. Todos los trabajadores son iguales

ante la ley, tienen las mismas protección y garantías, y, en consecuencia, queda abolida toda

distinción jurídica entre los trabajadores por razón del carácter intelectual o material de la labor,

su forma o retribución, salvo las excepciones establecidas por la Ley.

ARTICULO 11. DERECHO AL TRABAJO. Toda persona tiene derecho al trabajo y goza de

libertad para escoger profesión u oficio, dentro de las normas prescritas por la Constitución y la

Ley.

ARTICULO 12. DERECHOS DE ASOCIACION Y HUELGA.

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