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Compilacion Justiniana


Enviado por   •  1 de Diciembre de 2013  •  747 Palabras (3 Páginas)  •  409 Visitas

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CORPUS JURIS CIVILES

El Emperador, según propias expresiones de Justiniano, “no solo debe ser célebre por las armas, sino también estar armado de leyes para hallarse en estado de gobernar, tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra. Debe ser los proyectos poderosos de la ley así como el triunfador de los enemigos vencidos.

En el periodo del Imperio romano pagano, donde el poder legislativo estaba por entero en manos de emperador, la única forma de legislación consistía en publicar constituciones imperiales, llamadas leyes o reglamentos legislativos.

A partir de mediados del siglo III de J.C., la jurisprudencia sufrió una rápida decadencia. Los trabajos jurídicos se limitaron a meras compilaciones destinadas a ayudar a los jueces, incapaces de estudiar toda la innecesaria literatura jurídica, dándoles colecciones de extractos de las constituciones imperiales y de las obras de juristas antiguos de renombre universal. El juez debía apelar a todas las constituciones imoeruakes y a toda la literatura clásica, tarea muy superior a las humanas facultades.

No había órgano central que asegurarse la publicación de las constituciones imperiales, estas eran muy difíciles de utilizar, tanto más cuanto que los nuevos edictos frecuentemente abolían o modificaban los anteriores.

Todo esto explica la necesidad que sentía de reunir los edictos imperiales en un corpus accesible a quienes debían utilizarlos. En su obra legislativa propia, Justiniano fue muy auxiliado por las compilaciones precedentes, a saber, el Codex Gregorianus, el Codex Hermogenianus y el Codex Theodosianus. Además, para hacer más fácil el empleo de las obras clásicas, esto es, del Ius Vetus, Teodosio II y su contemporáneo en Occidente, Valentiano III.

En los códigos precedentes no se habían reunido sino disposiciones imperiales de cierta época. No se mencionaban las obras jurídicas. Justiniano emprendió un enorme trabajo legislativo, que consistió en compilar todas las constituciones imperiales promulgadas hasta su época, las cuales hizo fijar en un Código. El auxiliar principal fue Triboniano. En febrero de 528 el emperador reunió una comisión de diez peritos, entre ellos Triboniano y Teofilo. La comisión había de revisar los tres códigos anteriores, y suprimir todo lo caído en desuso, así como ordenar las constituciones imperiales promulgadas después del Código de Teodosio.

En abril de 529 el Código de Justiniano fue publicado. Se dividía en diez libros, que contenían las disposiciones promulgadas desde Adriano hasta la época de Justiniano, y paso a ser la única colección de leyes obligatoria para todo el Imperio.

En 530 Triboniano fue encargado de reunir una comisión revisora de todos los jurisconsultos clásicos, a efectos de practicar extractos, eliminar todo lo caduco, suprimir todas las contradicciones y clasificar

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