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Constitucion Politica


Enviado por   •  10 de Septiembre de 2013  •  1.340 Palabras (6 Páginas)  •  260 Visitas

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En la constitución del año 1991 de la república de Colombia se crearon las siguientes instituciones o figuras:

• Se crea la Fiscalía General de la Nación como órgano acusador dentro del poder judicial. La Fiscalía General nació en 1991 con la promulgación de la nueva Constitución Política y empezó a operar el 1 de julio de 1992.

Es una entidad de la rama judicial del poder público con plena autonomía administrativa y presupuestal, cuya función está orientada a brindar a los ciudadanos una cumplida y eficaz administración de justicia.

La Fiscalía General de la Nación ejerce la acción penal y elabora y ejecuta la política criminal del Estado; garantiza la tutela judicial efectiva de los derechos de los intervinientes en el proceso penal; genera confianza y seguridad jurídica en la sociedad mediante la búsqueda de la verdad, la justicia y la reparación.

 FUNCIONES

1. Asegurar la comparecencia de los presuntos infractores de la ley penal, adoptando las medidas de aseguramiento. Además, y si fuere del caso, tomar las medidas necesarias para hacer efectivos el restablecimiento del derecho y la indemnización de los perjuicios ocasionados por el delito.

2. Calificar y declarar precluidas las investigaciones realizadas.

3. Dirigir y coordinar las funciones de policía judicial que en forma permanente cumplen la Policía Nacional y los demás organismos que señale la ley.

4. Velar por la protección de las víctimas, testigos e intervinientes en el proceso.

5. Cumplir las demás funciones que establezca la ley.

• Se crea la Corte Constitucional como organismo independiente de la Corte Suprema de Justicia, a los fines de tratar temas constitucionales. La Corte Constitucional de Colombia es la entidad judicial encargada de velar por la integridad y la supremacía de la Constitución. Fue creada por la Constitución de Colombia de 1991 (constitución de Colombia de 1991#Capítulo IV: De la jurisdicción constitucional e instalada por primera vez el 17 de febrero de 1992, inició con 7 miembros, elegidos de la forma señalada en el artículo 22 transitorio de la misma Constitución Política y desempeñaron su función hasta el día 28 de febrero de 1993.) El primero de marzo de 1993, asumieron los nueve magistrados integrantes de la corporación de forma definitiva para un periodo de ocho años como lo establece la Constitución en sus artículos permanentes.

"La Corte Constitucional ejerce la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución en los estrictos y precisos términos de los artículos 241 al 244 de la Constitución Política. El Consejo de Estado conoce de las acciones de nulidad por inconstitucionalidad de los decretos dictados por el Gobierno Nacional, cuya competencia no corresponda a la Corte Constitucional”

 Funciones

A la Corte Constitucional se confía la guarda de la integridad y supremacía de la Constitución. Entre sus funciones, según el artículo 241 de la Constitución Política de Colombia se cuentan:

1. Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que promuevan los ciudadanos contra los actos reformatorios de la Constitución.

2. Decidir sobre la constitucionalidad de la convocatoria a un referendo o a una asamblea constituyente para reformar la Constitución.

3. Decidir sobre la constitucionalidad de los referendos sobre leyes y de las consultas populares y plebiscitos de orden nacional.

4. Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra los decretos con fuerza de ley dictados por el gobierno.

5. Decidir sobre las demandas de inconstitucionalidad que presenten los ciudadanos contra las leyes.

6. Decidir sobre las excusas por la inasistencia de personas naturales o jurídicas a indagaciones emplazadas por cualquier comisión permanente del Congreso de la República.

7. Decidir sobre la constitucionalidad de los decretos legislativos que dicte el gobierno con fundamento en la declaratoria de estados de excepción.

8. Decidir sobre la constitucionalidad de los proyectos de ley que hayan sido objetados por el gobierno como inconstitucional, y de los proyectos de leyes estatutarias.

9. Revisar las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela.

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