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DESARROLLO SUSTENTABLE

jorgemu127 de Enero de 2013

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• El marco jurídico mexicano está integrado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (vigente desde el año de 1917) (http://presidencia.com.mx), órgano máximo que rige en nuestro país y del cual se

Desprenden todas las leyes, estatutos y códigos

De los diferentes instrumentos jurídicos (leyes, reglamentos, decretos de áreas naturales protegidas, normas oficiales mexicanas, etc.) que se han desarrollado o modificado en nuestro país, Székely (1995) hizo una revisión de éstos en el ámbito nacional, estatal y municipal, así como de aquéllos que tienen relación con el medioambiente

En materia de áreas naturales protegidas se han desarrollado más instrumentos jurídicos, debido a que han sido numerosos los decretos de áreas naturales protegidas, sobre todo en la categoría de Parque Nacional

Cuadro 8.1. Número de instrumentos jurídicos nacionales relacionados con la diversidad biológica Instrumentos legislativos Nacionales Estatales y municipale

1. Autoridades y mecanismos institucionales

2. Propiedad sobre bienes naturales

3. Planeación de obras e información ambiental

4. Diversidad biológica

5. Flora y fauna silvestres

6. Flora y fauna acuáticas

7. Flora y fauna marinas

8. Recursos forestales

9. Áreas naturales protegidas

10. Asentamientos humanos y desarrollo urbano

11. Suelo

12. Agua

13. Aspectos marinos

14. Aire

15. Ruido

16. Desechos y sustancias peligrosas

La legislación mexicana en materia de recursos naturales se fundamenta en el artículo 27 constitucional, el cual indica en su párrafo 3 que "la Nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación..." En México se han hecho serios esfuerzos de legislar en materia ambiental. Evidencia de esto es la elaboración e instrumentación de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA, DOF, 28 de enero de 1988) (http://uninet.mty.itesm mx/legismex. html), como parte de una política ambiental basada en dos palabras básicas "desarrollo sustentable". Es importante resaltar que a partir de una Consulta Nacional sobre Legislación Ambiental, realizada en 1995 con los diversos sectores de la sociedad, la LGEEPA estuvo sujeta a reformas, adiciones y derogaciones, las cuales fueron publicadas oficialmente en diciembre de 1996 (DOF, 28 de diciembre de 1996) (http://uninet.mty.itesm. mx/legismex.html). Cabe resaltar las reformas realizadas al Título Segundo, el cual se amplió para abarcar la biodiversidad e incluye capítulos en materia de Áreas Naturales Protegidas, de Zonas de Restauración de Flora y Fauna Silvestres; las realizadas al Título Tercero lo enfocan hacia el “Aprovechamiento y Desarrollo Sustentable” e incluye los capítulos de aprovechamiento sustentable del agua y los ecosistemas acuáticos, de preservación y aprovechamiento sustentable del suelo y sus recursos y de la exploración y explotación de los recursos no renovables en el equilibrio ecológico. Con esto se da mayor énfasis al aprovechamiento racional de los recursos naturales y se procura hacer compatible el desarrollo con la conservación de los mismos.

Bibliografía:

http://www.conabio.gob.mx/institucion/estudio_pais/CAP8.PDF

http://www.semarnat.gob.mx/Pages/Inicio.aspx

http://www.ine.gob.mx/

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