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Demanda Civil


Enviado por   •  11 de Mayo de 2014  •  520 Palabras (3 Páginas)  •  502 Visitas

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SEÑOR JUEZ DE LO CIVIL DE PICHINCHA:

LUIS PATRICIO DÁVILA RIVERA, ecuatoriano, estado civil soltero, de profesión Ingeniero en Tecnología Mecánica Industrial, de 47 años de edad, acudo ante usted respetuosamente y formulo la siguiente demanda:

DEMANDADO.- El demandado responde a los nombres de WILLIAM MILIAN GUAMÁN GUALPA.

FUNDAMENTOS DE HECHO.- Soy legitimo tenedor del documento No. 000993, de la cuenta corriente No. 43100092-6, del Banco de Pichincha, por la suma de VEINTIUNMIL QUINIENTOS DÓLARES AMERICANOS, que me fue entregado el día 08 de marzo del 2003, en la casa de mi señora madre ubicada en la calle Chimborazo No.760 y Loja, de esta ciudad de Quito y girado por el señor WILLIAM MILIAN GUAMÁN GUALPA, por cuanto le presté esta suma de dinero para que cancele equipos médicos y un bien inmueble ubicado en la calle San Gabriel Oe-564 y Carvajal, toda vez que mantenía deudas con varias personas y con dos instituciones bancarias.- El demandado no llenó en el cheque ni el lugar de giramiento, ni la fecha, bajo el pretexto de que lo haría, cuando me indicare que tenía fondos a lo cual yo acepté, es decir que ese documento no tiene la validez como cheque, sino como un medio de prueba para establecer la obligación y la deuda que mantiene el demandado con el recurrente, muestra de aquello llenó el documento por el valor que me adeuda con su propia letra.- Pese a los constantes requerimientos para que me cancele el valor adeudado, ya sea personalmente o a través de terceras personas se niega a hacerlo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Y PRETENCIÓN JURIDICA.- Con los antecedentes expuestos y con fundamento en el Inciso primero del Art. 2 de la Ley de cheques, Art. 1453 del Código Civil y Art. 59 del Código de Procedimiento Civil, en juicio ordinario demando al señor WILLIAM MILIAN GUAMÁN GUALPA, a fin de que su Señoría le compela al pago de lo siguiente:

a.- El importe del documento por la suma de VEINTIUNMIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

b.- El pago de los intereses legales desde la fecha de la entrega del documento.-c.- El pago de las costas procesales y honorarios de mis abogados defensores.

CUANTÍA.- De conformidad con lo que establece el Art. 60 del Código de Procedimiento Civil, no puede ser inferior a VEINTIUNMIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, ni mayor a TREINTA MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.

TRÁMITE.- El trámite es el ordinario.

CITACIÓN.- Al demandado WILLIAM MILIAN GUAMÁN GUALPA, se le citará con el contenido de esta demanda en la calle San Gabriel OE5-64 y Carvajal, de esta ciudad de Quito, o en el lugar que indicaré personalmente al señor Secretario Citador.

ABONOS.- Reconoceré

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