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Demanda Civil


Enviado por   •  8 de Abril de 2014  •  745 Palabras (3 Páginas)  •  268 Visitas

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RESPONSABILIDAD Y SANCIONES

AUXILIARES EN CARÁCTER DE AMPARO

CONCEPTO

Competencia auxiliar para la autoridad para preparar los elementos necesarios con fin de ayudar a sus resoluciones.

PERITO

Es el especialista conocedor, practico o versado en una ciencia, arte u oficio. Es la persona que posee titulo otorgado por el estado después de haber hecho determinados estudios de las diferentes ramas del saber humano.

El perito es la persona versada en una ciencia arte u oficio, cuyos servicios son utilizados por el juez para que lo ilustren en el esclarecimiento de un hecho que requiere de conocimientos especiales científicos o técnicos.

Peritaje: es el examen y estudio que realiza el perito sobre el problema encomendado, para luego entregar su informe o dictamen pericial con sujeción a lo dispuesto por la ley.

Prueba pericial: es la que surge del dictamen de los peritos, que son personas llamadas a informar ante el juez o tribunal, por razón de sus conocimientos especiales y siempre que sea necesario tal dictamen científico, técnico o practico sobre hechos litigiosos.

TESTIGOS

Los testigos son las personas que por haber presenciado la ejecución de un hecho, pueden relatar como ocurrió. Deponen sobre hechos percibidos, narran lo que han visto u oído y dan fe de ello porque les consta que es cierto.

POLICIA

Órgano de apoyo y auxilio necesario en la administración de justicia.

INTERPRETE

Es aquella persona que por su condición de intérprete en idiomas o dialecto, se le invoca para aclarecer tal situación, bajo apercibimiento de ley.

Si el testigo no habla el idioma castellano se nombrara obligatoriamente un interprete, cuya traducción debe agregarse al expediente en ambos idiomas, el del testigo y el castellano o por que puede prestarse a una maquinación maliciosa.

Si el testigo es mudo, sordo o sordo mucho declarara por escrito, salvo el sordo que responderá oralmente; empero si el sordo no sabe leer o el mudo no sabe escribir, intervendrá un interprete.

RESPONSABILIDAD Y SANCIONES QUE ESTABLECE EL CODIGO PENAL PARA LOS ORGANOS AUXILIARES EN EL AMPARO

247.-SE IMPONDRA DE 2 A 6 AÑOS DE PRISION Y MULTA DE 100 A 300 DIAS DE S.M

I.- AL QUE INTERROGADO POR ALGUNA AUTORIDAD PUBLICA DISTINTA DE LA, FALTARE A LA VERDAD.

II.- AL QUE EXAMINADO POR LA AUTORIDAD JUDICIAL COMO TESTIGO O PERITO, FALTARE A LA VERDAD SOBRE EL HECHO QUE SE TRATA DE AVERIGUAR, O ASPECTOS, CANTIDADES, CALIDADES

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