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Derecho Civil II Guia


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2012  •  619 Palabras (3 Páginas)  •  1.071 Visitas

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1. Conjunto de bienes, derechos, obligaciones y derechos susceptibles de una valorización pecuniaria, que constituyen una universalidad de derecho. Apreciables en dinero.

Elementos: breve

Activo.- Se integra por el conjunto de bienes y derechos apreciables en dinero.

Pasivo.- Se integra por el conjunto de obligaciones y cargas también susceptibles de valorización pecuniaria.

2. Teoría Clásica.- El conjunto de bienes, derechos, obligaciones y cargas que integran el patrimonio, constituyen una entidad abstracta, una universalidad de derecho, que se mantiene siempre en vinculación constante con la persona jurídica. El patrimonio se manifiesta como “una emanación de la personalidad y la expresión del poder jurídico de que una persona se halla investida como tal”.

Teoría Patrimonio – Afectación.- El patrimonio se define tomando en cuenta el destino que en un momento dado tengan determinados bienes, derechos y obligaciones, con relación a fin jurídica, gracias al cual se organizan legalmente en una forma autónoma. Un conjunto de bienes y deudas inseparablemente ligados, porque todos ellos se encuentran afectados a un fin económico, y en tanto no se haga una liquidación, no aparecerá el valor activo neto.

Instituciones:

a. Patrimonio familiar

b. Sociedad conyugal

c. Patrimonio del ausente

d. Patrimonio hereditario

e. Patrimonio del concurso o quiebra

f. Patrimonio hereditario

g. Fondo mercantil

3. Conjunto de bienes derechos, obligaciones y carga de una persona apreciables en dinero. La cual integra el patrimonio, es decir, si el conjunto no forma una universalidad jurídica, no es un patrimonio.

4. Principios de Aubry y Rau.

a. Solo las personas pueden tener patrimonio, porque solo ellas pueden ser capaces de tener derechos y obligaciones.

b. Toda persona necesariamente debe tener un patrimonio.

c. Toda persona solo puede tener un patrimonio.

d. El patrimonio es inalienable durante la vida de su titular.

5. Formas de Protección eficaz a través de tres acciones (Universalidad Jurídica)

a. Enriquecimiento sin causa.

b. Acción de petición herencia.

c. La acción que tiene el que fue declarado ausente para exigir la devolución del patrimonio cuando aparezca.

6.

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