Derecho Civil II
Enviado por betichora • 31 de Agosto de 2012 • 2.390 Palabras (10 Páginas) • 617 Visitas
1.- DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 90 CONSTITUCIONAL CÓMO SE CLASIFICA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA FEDERAL SERÁ CENTRALIZADA Y PARAESTATAL CONFORME A LA LEY ORGÁNICA QUE EXPIDA EL CONGRESO, QUE DISTRIBUIRÁ LOS NEGOCIOS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO DE LA FEDERACIÓN QUE ESTARÁ A CARGO DE LAS SECRETARIAS DE ESTADO Y DEFINIRÁ LAS BASES GENERALES DE CREACIÓN DE LAS ENTIDADES PARAESTATALES Y LA INTERVENCIÓN DEL EJECUTIVO FEDERAL EN SU OPERACIÓN. LA LEYES DETERMINARAN LAS RELACIONES ENTRE LAS ENTIDADES PARAESTATALES Y EL EJECUTIVO FEDERAL, O ENTRE ESTAS Y LAS SECRETARIAS DE ESTADO.
2.- DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 1º, 2º, 3º, DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLCIA FEDERAL REGLAMENTARIA DEL ARTIUCLO 90 CONSTITUCIONAL, EXPLIQUE COMO ESTA INTEGRADA LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Artículo 1o.- La presente Ley establece las bases de organización de la Administración Pública Federal, centralizada y paraestatal.
La Presidencia de la República, las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, integran la Administración Pública Centralizada.
Los organismos descentralizados, las empresas de participación estatal, las instituciones nacionales de crédito, las organizaciones auxiliares nacionales de crédito, las instituciones nacionales de seguros y de fianzas y los fideicomisos, componen la administración pública paraestatal.
Artículo 2o.- En el ejercicio de sus atribuciones y para el despacho de los negocios del orden administrativo encomendados al Poder Ejecutivo de la Unión, habrá las siguientes dependencias de la Administración Pública Centralizada:
I. Secretarías de Estado, y
II. (Derogado)
III. Consejería Jurídica.
Artículo 3o.- El Poder Ejecutivo de la Unión se auxiliará en los términos de las disposiciones legales
correspondientes, de las siguientes entidades de la administración pública paraestatal: I.- Organismos descentralizados;
II.- Empresas de participación estatal, instituciones nacionales de crédito, organizaciones auxiliares
nacionales de crédito e instituciones nacionales de seguros y de fianzas, y
III.- Fideicomisos.
3.- DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 26 DE LA LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRTACION PUBLICA FEDERAL MENCIONE LAS DEPENDENCIAS PARA EL DESPACHO DE LOS ASUNTOS EN EL ORDEN ADMINISTRATIVO DEL PODER EJECUTIVO DE LA UNION.
ARTÍCULO 26.- PARA EL DESPACHO DE LOS ASUNTOS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO, EL PODER EJECUTIVO DE LA UNIÓN CONTARÁ CON LAS SIGUIENTES DEPENDENCIAS:
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES
SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL
SECRETARÍA DE MARINA
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SECRETARÍA DE ENERGÍA
SECRETARÍA DE ECONOMÍA
SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
SECRETARÍA DE SALUD
SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
SECRETARÍA DE LA REFORMA AGRARIA
SECRETARÍA DE TURISMO
CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO FEDERAL
4.- EXPLIQUE CÓMO ES LA RELACION DE LA ADMINISTRACION PUBLICA CENTRALIZADA CON EL TITULAR DEL PODER EJECUTIVO.
La Administración Pública forma parte del Poder Ejecutivo, es regulada por el Derecho administrativo tanto en su organización como en su actividad.
La Presidencia de la República, las Secretarías de Estado y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, integran la Administración Pública Centralizada.
Las Secretarías de Estado y los Departamentos Administrativos tendrán igual rango, y entre ellos no habrá, por lo tanto, privilegio alguno.
ARTICULO 11.- Los titulares de las Secretarías de Estado y de los Departamentos Administrativos ejercerán las funciones de su competencia por acuerdo del Presidente de la República.
ARTICULO 12.- Cada Secretaría de Estado o Departamento Administrativo formulará, respecto de los asuntos de su competencia, los proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y ordenes del Presidente de la República.
Artículo 18. En el reglamento interior de cada una de las Secretarías de Estado que será expedido
por el Presidente de la República, se determinarán las atribuciones de sus unidades administrativas, así
como la forma en que los titulares podrán ser suplidos en sus ausencias.
Artículo 20. Las Secretarías de Estado establecerán sus correspondientes servicios de apoyo
administrativo en materia de planeación, programación, presupuesto, informática y estadística, recursos
humanos, recursos materiales, contabilidad, fiscalización, archivos y los demás que sean necesarios, en
los términos que fije el Ejecutivo Federal.
Artículo 21. El presidente de la República podrá constituir comisiones intersecretariales, para el
despacho de asuntos en que deban intervenir varias Secretarías de Estado.
Las entidades de la administración pública paraestatal podrán integrarse a dichas comisiones, cuando
se trate de asuntos relacionados con su
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