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Derecho.


Enviado por   •  21 de Febrero de 2014  •  Síntesis  •  1.600 Palabras (7 Páginas)  •  270 Visitas

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CASO Nº 2306014502-2007-

REQUERIMIENTO DE PRISIÓN PREVENTIVA

CECILIA OLIVA ZAVALETA CORCUERA, Fiscal Provincial Titular de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujllo, de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo, con domicilio procesal cuadra 4 s/n de esta ciudad, a Usted con el debido respeto digo:

I. PETITORIO:

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 261 del Código Procesal Penal vigente en este Distrito Judicial de Trujillo, REQUIERO PRISIÓN PREVENTIVA de 1) ELVIS SAUL ALFARO ARMAS, identificado con D.N.I. 42609988, domiciliado en la avenida El Sol, manzana “O”, lote 04, Villa Judicial, Manuel Arevalo, Tercera Etapa, nacido el 18 de mayo de 1984, en el distrito de Huaranchal, provincia de Otuzco, departamento La Libertad, sexo masculino, hijo de Ana y Vicente, de ocupación mototaxista. 2) RONY JUNIOR ROMERO GARCÍA, sin documentos personales a la vista, refiere tener solo Libreta Militar Nº 1174920866, no encontràndose registrado en la Reniec conforme a la ficha que se adjunta al presente, nacido el 12 de noviembre de 1986, domiciliado en la avenida Cahuide, manzana 39, lote 19, La Esperanza, parte baja, de ocupación zapatero, hijo de Virginia y José. 3) DEYVIS ROMERO GARCÍA, sin documentos personales a la vista, al referir ser menor de edad, habièndose dispuesto el examen supletorio de edad que se adjunta al presente donde el mèdico legista concluye que clìnicamente tiene una edad aproximada de 19 años de edad, tampoco està inscrito en la Reniec conforme a la ficha negativa que se adjunta al presente, nacido el 10 de diciembre de 1989, hijo de Josè y Ana, ocupaciòn vidriero, natural de La Esperanza, Trujllo, La Libertad, domiciliado en la avenida Cahuide, manzana 39, lote 19, La Esperanza, parte baja,

En calidad de COAUTORES del delito CONTRA EL PATRIMONIO en la modalidad de ROBO AGRAVADO en agravio de CARLOS YBÁN CARDOSO OBLITAS.

II. HECHOS Y ELEMENTOS DE CONVICCIÓN QUE SUSTENTAN EL REQUERIMIENTO

Que, con fecha 04 de abril del 2007, a las 14:50 horas aproximadamente, personal policial de Radio Patrulla se trasladó al sector El Trópico, Huanchaco, Trujillo, en mérito a una comunicación telefónica realizada por vecinos del lugar, por cuanto el agraviado Carlos Ybán Cardoso Oblitas se encontraba conduciendo la motocicleta con placa de rodaje MG-99048, color azul, marca Ilaika, de propiedad de la Empresa “Elektra, en circunstancias que dicha persona efectuaba cobranzas de la empresa antes mencionada, habiéndose detenido por el grifo de los micros de Huanchado, estacionándose una mototaxi color azul, placa de rodaje MCQ-34935, de la cual descendieron tres sujetos, menos el chofer; siendo que uno de ellos, le apuntó con un arma de fuego, procediendo a sujetarlo fuertemente de los brazos, mientras buscaban violentamente en sus prendas de vestir, obligando al agraviado a subir a la mototaxi, emprendiendo rumbo con dirección a Huanchaco, seguidos por la moto lineal que era conducido por uno de los asaltantes. En el trayecto divisaron un vehículo policial, optando por emprender la fuga, ingresando por el sector “El Trópico”, donde se detuvieron para huir entre los cañaverales, logrando ser intervenidos por vecinos del ugar y personal policial, quienes pese a efectaur disparos al aire en señal de alerta. Que, las personas intervenidas han sido identificadas como ELVIS SAÚL ALFARO ARMAS, RONY JUNIOR ROMERO GARCÍA y DEYVIS ROMERO GARCÍA (quien tenía en su poder un arma blanca (cuchillo) con mango de madera oscura conforme al Acta de Registro Personal), así como de las plantaciones se halló el celular del agraviado marca Samsumg, de dos cuerpos, color plateado con negro, número 9214269 (conforme al Acta de Hallazgo y Recojo), acreditándose la preexistencia de ley, conforme a lo previsto en el artículo 201, incisos 1 del Código Procesal Penal; también le fue sustraído dinero en efectivo consistente en doscientos nuevos soles, un teléfono Nextel perteneciente a la empresa “Elecktra”, los cuales fueron sustraídos al momento de encontrarse en el interior de la motataxi, donde Deyvis Romero García le colocó el cuchillo en el cuello, mientras que Rony Junior Romero García continuaba buscando en sus pertenencias.

III. PRESUPUESTOS MATERIALES DE LA PRISIÓN PREVENTIVA

En el caso concreto se reúnen todos los preupuestos para disponer la prisión preventiva de los denunciados Elvis Saúl Alfaro Armas, Rony Junior Romero García y Deyvis Romero García, por haber cometido el delito de ROBO AGRAVADO en grado consumado, en calidad de AUTORES, según los fundamentos siguientes:

A) ELEMENTOS DE CONVICCIÓN QUE VINCULAN A LOS IMPUTADOS CON EL DELITO INVESTIGADO

1) Declaración del denunciado Elvis Saúl Alfaro Armas, quien acepta su participación en los hechos delictivos denunciados, expresando detalladamente la forma y circunstancias en que se cometió el delito denunciado junto a sus codetenidos; refiriendo que estuvieron de acuerdo en asaltar al agraviado, no habiendo llegado aún a ponerse de acuerdo respecto cuando le tocaría a cada uno, habiendo aportado el vehículo menor (mototaxi) en todo momento para la comisión del ilícito delictivo.

1) Declaración del denunciado Rony Junior

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