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Direfencias Entre Cohecho Y Concusion


Enviado por   •  29 de Abril de 2015  •  1.567 Palabras (7 Páginas)  •  290 Visitas

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I. El delito de concusión.

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: “El servidor público que abusando de su cargo o de sus funciones constriña o induzca a alguien a dar o prometer al mismo servidor o a un tercero, dinero o cualquier otra utilidad indebidos, o los solicite, incurrirá en prisión de seis (6) a diez (10) años, multa de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años.”

Se trata de uno de los delitos contra la Administración pública, como quiera que el gente que realiza el comportamiento abusa del cargo o de la función, generando en la víctima miedo a la potestad pública (metus publicae potestatis), lo cual logra, realizando uno cualquiera de los verbos rectores indicados en el tipo penal a saber: inducir, constreñir o solicitar.

2. Tipo objetivo

2.1. Bien jurídico: Teniendo en cuenta que no solo se protege a la administración pública sino también el patrimonio económico y la autonomía personal, podemos decir que es un objeto jurídico múltiple. Se trata de un tipo pluriofensivo. (Pavajeau, 2008)

2.2. Sujeto activo: Debe ser un servidor público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20 del cp. Y se requiere además un abuso del cargo o de la función

2.3. Sujeto pasivo: el Estado, pero el particular puede ser perjudicado.

2.4. Objeto material: es de carácter personal, como que está representado en el sujeto quien se induce, constriñe o se solicita.

2.5. Verbos rectores: La concusión es un tipo penal de conducta alternativa que se tipifica con la realización de uno cualquiera de los tres verbos rectores que componen la descripción típica, a saber: constreñir, inducir o solicitar.

2.5.1. Constreñir implica obligar o ejercer presión sobre alguien con una finalidad determinada.

Como afirma Alfonso Gómez Méndez y Carlos Arturo Gómez Pavajeau.

“el constreñimiento que es elemento constitutivo de la concusión, presupone un determinado resultado de naturaleza sicológica, que no puede ser otro que el de coartar la libertad de voluntad pero sin eliminarla.

2.5.2. Inducir: Significa convencer o persuadir a alguien.

Como afirma Alfonso Gómez Méndez y Carlos Arturo Gómez Pavajeau

Se tiene la inducción cuando el funcionario público suscita en el sujeto pasivo, sin constreñimiento o amenaza, motivos que lo determinan o persuaden eficazmente a dar o prometer dinero o cosas no debidas.

2.5.3. Solicitar: Pedir o pretender una cosa para la que se necesitan ciertas gestiones o formalidades, la solicitud debe hacerse abusando del cargo o de las funciones.

2.6. Abuso del cargo o de la función.

El representante de la administración pública abusa de la función cuando desborda o restringe indebidamente sus límites, o la utiliza con fines perversos; y abusa del cargo, cuando se aprovecha, también de modo indebido, de la vinculación que pueda tener con una situación determinada que no está llamado a resolver o ejecutar por razón de sus funciones.

2.7. Miedo a la potestad o a la autoridad (metus publicae potestatis).

Existe unanimidad en la doctrina nacional consultada en el sentido en que, en la víctima debe presentarse el miedo a la potestad que tiene el servidor público

2.8. Tentativa: Si admite tipo plurisubsistente

El miedo a la potestad pública, juega un papel muy importante en la configuración del injusto porque es la frontera que marca o delimita la diferencia entre el delito tentado del consumado; en efecto, cuando esa solicitud o entrega de dinero, no logra infundir en la víctima ese temor, estaríamos en presencia de un delito tentado, si se dan los demás elementos propios de esta forma imperfecta de ejecución el delito, o bien, de una conducta atípica, según el caso. Contrario ocurre cuando el particular para librarse de ese mal se dispone a cumplir con la solicitud o exigencia, por el miedo a sufrir algún perjuicio, caso en el cual el resultado psicológico, predicable de en la víctima se habrá producido y por tanto el delito se habrá consumado.

El delito de concusión en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia.

Según sentencia de la Corte Suprema de Justicia , Sala de Casación Penal, sentencia 16319 del 11 de febrero de 2003, MP Marina Pulido de Barón, los elementos estructuran el tipo penal de concusión, son los siguientes: a) Sujeto activo calificado: servidor público; b) Abuso del cargo o de las funciones; c) Empleo de actos de constreñimiento, inducción o de solicitud; d) Entrega o promesa indebidas de dinero u otra utilidad hechas al funcionario o a un tercero; e) Nexo causal entre el acto del funcionario y la promesa de dar o la entrega de dinero o utilidad indebidos.

Sobre el alcance de los verbos rectores el constreñir, inducir o solicitar, ha dicho la Corte Suprema:

El constreñimiento, se configura

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