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El aborto. El aborto desde el punto de vista religioso


Enviado por   •  21 de Julio de 2019  •  Ensayos  •  2.582 Palabras (11 Páginas)  •  352 Visitas

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UNIVERSIDAD CENTRAL DE VENEZUELA

FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y SOCIALES

ESCUELA DE ADMINISTRACION Y CONTADURIA

CATEDRA: METODOLOGIA II

DOCENTE: ISABEL PIÑA

EL ABORTO

Gabriela González Luna

                                                              CI. 26.619.840

Introducción

En el presente informe se tocara un tema que es una de las cuestiones que generan más debate y polémica en nuestros tiempos ‘‘el aborto’’, y  para hablar de ello es necesario tener en cuenta distintos aspectos como la ética, la religión, la justicia, la opinión social, etc.

No hay una fecha exacta en el que se reconozca la invención del aborto, según algunas notas, el aborto data desde el siglo I, pero no hay escritos que lo puedan comprobar.

Quizás el texto más antiguo del que se habla de aborto es el Código Hammurabi (1728 a.C)  en el que se habla de la ley de Talión que dice: ‘‘La pérdida de un fruto en sus entrañas, pagara 10 siclos de plata por este’’.

Del análisis de la historia llama la atención que la mayoría de los médicos famosos de la época greco-romana recomendaban técnicas para el aborto basados en el uso de pociones, movimientos bruscos, etc., pero nunca mencionaron nada acerca de practicarlo mediante instrumentos quirúrgicos, aun cuando desde la época de Hipócrates (460-375 a.C.) se conocían los dilatadores cervicales, espéculos y pinzas largas que hubieran podido ser utilizados para practicar el aborto.

Entonces yo al hablar sobre este tema quise enfocarme más que todo en investigar y analizar las diferentes opiniones de algunas comunidades religiosas y también en cuando al punto de vista jurídico, moral, ético y político.

Quiero empezar por destacar las siguientes tres definiciones del aborto:

  • La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el aborto ‘‘como la Interrupción del embarazo cuando el feto todavía no es viable fuera del vientre materno’’.
  •  Según Mongrut  Andrés se da la denominación de aborto a ‘‘la interrupción del embarazo antes de la vigésima octava semana del embarazo’’.
  • La Comisión de Bioética de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) define aborto como “la expulsión o extracción de su madre de un embrión o de un feto de menos de 500 g de peso (peso que se alcanza aproximadamente a las 22 semanas completas de embarazo) o de otro producto de la gestación de cualquier peso o edad gestacional pero que sea absolutamente no viable, independientemente de si hay o no evidencia de vida o si el aborto fue espontáneo o provocado”.

Esta definición está de acuerdo con la de diversos organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), y responde al concepto de viabilidad fetal.

El tema del aborto siempre genera opiniones incompatibles, intercediendo los principios morales, religiosos, jurídicos y éticos.

El aborto desde el punto de vista religioso

En el mundo existen diferentes ideologías, religiones y culturas con distintas posiciones en cuanto al momento en el que el embrión se transforma en un ser con alma. Hay tradiciones que opinan que la vida no comienza mientras el feto no sea viable. Mientras algunas religiones no desaprueban al aborto, establecen que se puede permitir bajo ciertos términos. Por ejemplo:

En 1973, la Primera Presidencia de La Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días publicó la siguiente declaración en cuanto al aborto, la cual sigue vigente hoy en día:

“La Iglesia se opone al aborto y aconseja a sus miembros que no se sometan a un aborto ni que lo lleven a cabo, salvo en raras circunstancias en que, según la opinión médica competente, la vida o la salud de la madre esté en serio peligro o que el embarazo sea resultado de una violación y produzca serios traumas emocionales a la madre. Aun así, el aborto debe considerarse sólo después de que las personas responsables hayan consultado con las autoridades del sacerdocio que las presidan y hayan recibido la confirmación divina por medio de la oración”.

Mientras que la Iglesia Católica establece: ‘‘Quien consiente y deliberadamente practica un aborto, acepta que se lo practiquen o presta una colaboración indispensable a su realización, incurre en una culpa moral y en una pena canónica, es decir, comete un pecado y un delito’’.

‘‘La culpa moral es un pecado grave contra el valor sagrado de la vida humana. El quinto Mandamiento ordena no matar. Es un pecado excepcionalmente grave, porque la víctima es inocente e indefensa y su muerte es causada precisamente por quienes tienen una especial obligación de velar por su vida. Además, hay que tener en cuenta que al niño abortado se le priva del Sacramento del Bautismo’’.

Sin embargo dentro de la Iglesia Católica, hay grupos que en la actualidad defienden el aborto durante el primer trimestre y han hecho notar que en algún momento la iglesia aceptó la idea aristotélica de que el alma no entra al cuerpo hasta después de 40 - 80 días de la concepción. (Santo Tomás de Aquino ratificó esta idea).

Con excepción de la católica, la mayoría de las iglesias que tienen la posición Pro Vida, aceptan el aborto en casos excepcionales como cuando la vida de la madre está en riesgo de muerte.

Dichas discusiones en cuanto al trato que se le ha dado al tema del aborto en las distintas comunidades religiosas, han cambiado a lo largo de los años y continúa siendo objeto de un debate en el cual no hay concordancia de opiniones.  

Criterios molares, éticos y jurídicos

La Comisión de Bioética  de la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO)

Cree oportuno poner de relieve también que, desde la misma perspectiva legal, el artículo 15 de la Constitución proclama que “todos tienen derecho a la vida”, y que el Tribunal Constitucional, en su sentencia 53/1985, declara en su Fundamento Jurídico 12 que “el Estado tiene la obligación de garantizar la vida, incluida la del nasciturus (art.15 de la Constitución), mediante un sistema legal que suponga una protección efectiva de la misma, lo que exige, en la medida de lo posible, que se establezcan las garantías necesarias para que la eficacia de dicho sistema no disminuya más allá de lo que exige la finalidad del nuevo precepto”. Esta Comisión de Bioética manifiesta que la anterior argumentación refleja plenamente su criterio sobre esta materia.

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