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Ensayo La Importancia del Registro de Activos Fijos


Enviado por   •  7 de Enero de 2016  •  Ensayos  •  1.486 Palabras (6 Páginas)  •  548 Visitas

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La Importancia del Registro de Activos Fijos

Marco Antonio Poma Miranda.

El presente ensayo explica cómo realizar esta tarea en las empresas para evitar problemas contables, para ello se recomienda llevar un registro de acuerdo a las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y otro según la ley del Impuesto a la Renta. En este mundo moderno, lleno de obligaciones formales por todos lados, se vuelve más imperiosa  la necesidad de saber, La Importancia del Registro de Activos Fijos. Ya que casi cualquier incumplimiento puede ser sancionado, las empresas  necesitan conocer de antemano las obligaciones que debe cumplir y que le van a ser exigidas en caso de una fiscalización o auditoria. El problema es que a veces la administración tributaria no es clara ni precisa, poniendo al contribuyente al borde de las perdidas.  Cuya sanción es especificada a continuación, por Resolución de Superintendencia de la SUNAT; sin observar la forma y condiciones establecidas en las normas correspondientes”, tipificada en el artículo 175º numeral 2 del Código Tributario y cuya sanción es el 0.3 % de los ingreso netos, la misma que no podrá ser menor al 10 % de la UIT, ni mayor a  25 UIT. Esta sanción fue establecida con la finalidad de no incurrir en la sanción de “llevar los libros de contabilidad u otros libros y/o registros exigidos por las leyes.

Debemos de tener en consideración además que la sanción antes mencionada no se aplica si voluntariamente se subsana la infracción cometida; ello rehaciendo los libros y/o registros contables respectivos, observando la forma y condiciones establecidas por las normas correspondientes.

 De acuerdo a lo señalado en el inciso f) del artículo 22° del Reglamento de la LIR,  “los deudores tributarios deberán llevar un control permanente de los bienes del activo fijo en el Registro de Activos Fijos. La SUNAT mediante Resolución de Superintendencia determinará los requisitos, características, contenido, forma y condiciones en que deberá llevarse el citado Registro”. Es importante referir que no existen parámetros mínimos para resultar obligados a llevar un Registro de Activos Fijos, por lo que se encuentran obligados a llevarlos aquellos contribuyentes que generan renta de tercera categoría, pertenecientes al régimen general que tengan al menos un activo fijo de su propiedad o que lo hayan adquirido a través de un arrendamiento financiero (Leasing) o contratos de naturaleza similar por el que tenga los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad.

Ya que el presente ensayo tiene por finalidad contribuir en esta tarea importante para las empresas un punto a enfatizar es que el Registro de Activos  Fijos; responde a la obligación de los contribuyentes de llevar un control permanente de los bienes del activo fijo, pero entendemos que la anotación de la depreciación en dicho registro, entre otros, responde al detalle que se exige justamente para fines de control pero que no significa la contabilización en un libro contable, dado  que el mismo no se encuentra integrado al sistema de cuentas. Para este efecto citaremos el Informe N° 025-2014-SUNAT/4B0000, en el cual se ha emitido sobre el particular lo siguiente: No se tiene por cumplido el requisito que la depreciación aceptada tributariamente se encuentre contabilizada en los libros y registros contables cuando se encuentre únicamente anotada en el registro de activos fijos, habida cuenta que este último es un registro de carácter tributario.

¿Cómo debemos de llevar un registro de Activo Fijo?  El registro de Activo Fijo, podrá ser llevado en forma Manual, Computarizada o a través del Sistema de Libros Electrónicos; según la opción que tome el contribuyente.

En consideración a ello, se tendrá en consideración el uso de Formatos e Información mínima o estructura según corresponda tal como se muestra a continuación:

  • Formato 7.1 -“Registro de activos fijos – detalle de los activos fijos”.
  • Formato 7.2 -“Registro de activos fijos – detalle de los activos fijos revaluados”.
  • Formato 7.3 -“Registro de activos fijos – detalle de la diferencia de cambio”.
  • Formato 7.4 -“Registro de activos fijos – detalle de los activos fijos bajo la modalidad de arrendamiento financiero al 31.12”.

Considero importante especificar  los sistemas y formas de llevado como son:

Llevado en forma manual o computarizado El numeral 7 del artículo 13° de la Resolución N° 234-2006/SUNAT a efectos de poder registrar anualmente toda la información proveniente de la entrada y salida de los activos fijos, así como la depreciación respectiva establece el uso de los siguientes formatos:

Formato 7.1: “Registro de Activos Fijos – Detalle de los Activos Fijos”.

Formato 7.2: “Registro de Activos Fijos – Detalle de los Activos Fijos Revaluados”.

Formato 7.3:”Registro de Activos Fijos – Detalle de la Diferencia de Cambio”.

Formato 7.4:”Registro de los Activos Fijos – Detalle de los Activos Fijos bajo la modalidad de Arrendamiento Financiero al 31.12”. En los formatos 7.1 y 7.2 referidos, se podrá incluir, la marca, modelo y número de serie y/o placa del activo fijo anteponiendo a su descripción lo siguiente: En desuso, se antepondrá la sigla “D”; Obsoletos, se antepondrá la sigla “O”.

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