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GRATUIDAD


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2015  •  Apuntes  •  1.274 Palabras (6 Páginas)  •  69 Visitas

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Miguel torres 2110152

Juan carlos gutierrez 2109785

GRATUIDAD

El principio de gratuidad es aquel que busca la realización efectiva de todos los ciudadanos en la administración de justicia para que se pueda presentar una igualdad entre las partes de un litigio que pongan en funcionamiento el aparato jurisdiccional, sin que se presente una desigualdad por motivos económicos.

Pero este no es un principio absoluto que se encuentre expresamente  en la constitución sino que nace a partir del Estado social de derecho y de sus valores como lo son la igualdad, la protección entre otros. Es desarrollado este principio   por la jurisprudencia, definiéndolo así  La administración de justicia será gratuita y su funcionamiento estará a cargo del Estado.

En el artículo 13 de la constitución política de Colombia se puede ver la protección que se le da a todas las personas frente a la igualdad ante la ley y frente a la protección y trato que se da por parte de las autoridades a todos los ciudadanos y más a un a aquellas personas que se encuentran en circunstancias de vulnerabilidad  ya sea por su condición física, mental o económica.

El Estado por ser el garante de los derechos y principio de las personas debe buscar los  medios necesarios para la protección y satisfacción de todos los ciudadanos, es por ello que para las personas más vulnerables adopta unas prerrogativas en los procesos judiciales para permitir la igualdad entre las partes en los procesos.

Desde el punto de vista judicial  el principio de gratuidad busca la protección a aquellas personas que carecen de recursos para poder adelantar algún tipo de proceso jurídico, es por ello que los trabajadores actúan de forma gratuita en los procesos, no satisfaciendo los gastos procesales. Así permitiéndole el derecho al  acceso a la justicia para poder defenderse en los acontecimientos en los que se le vulneren sus derechos.

El amparo de pobreza no se le otorga únicamente a las personas que se puedan señalar bajo el nombre de pobres, sino que se da a toda persona que pueda presentar recursos económicos pero que dichos recursos ya estén destinados para otro tipo de obligaciones, como ejemplo el padre que da alimentos a sus hijos y tiene esos ingresos económicos destinados para cumplir su obligación.

Lo que no hace contradictorio a la constitución política de Colombia el hecho de no pagar ningún tipo de arancel por parte de la persona que se les ha decretado el amparo de pobreza para gozar del libre acceso a la justicia.

Un ejemplo del desarrollo que se le da al principio de gratuidad mediante las jurisprudencia es el caso de la sentencia C:102-05 donde nos habla del recurso de apelación y nos dice que existe una norma especial que afirma el principio de gratuidad en el sentido que se debe compulsar gratuitamente y  de oficio por la secretaria, dentro de los dos días siguientes a la interposición del recurso.

Con el principio de gratuidad el Estado debe asumir  los gastos que ocasione el proceso, con excepción de las notificaciones de la demanda, la diligencia de inspección judicial, los honorarios de los peritos, las pruebas de oficio, el costo de copias para los recursos de apelación, las multas procesales y las costas del proceso. Que se podría entender como una restricción al servicio de la administración de justicia para las personas que no tenga como pagar las cargas mínimas que nacen  de un proceso para poner en funcionamiento los órganos administrativos de justicia que el Estado no pueda cubrir económicamente.

Otra de las restricciones que presenta el principio de gratuidad es el hecho de facultar al consejo superior de la judicatura, a la procuraduría general de la nación, al ministerio del interior y de justicia y a la defensoría del pueblo para que determinen en aquellos casos en los cuales se puede excluir el arancel judicial volviendo a su vez inconstitucional ya que se estaría vulnerando el principio de reserva.

La corte constitucional nos deja claro que aunque no esté consagrado el principio en la constitución es muy importante para la administración de justica en todas las materias. La corte ha querido desarrollar en distintas sentencias por nombrar algunas la Sentencia T-522/94 y  Sentencia c-037/94    el principio de gratuidad como fundamental para el acceso a la administración de justicia, y a que se presente  una igualdad en los litigios.

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