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General: Análisis de los funcionarios


Enviado por   •  9 de Mayo de 2017  •  Apuntes  •  1.123 Palabras (5 Páginas)  •  177 Visitas

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General:

Análisis de los funcionarios:  

  • Cada 5 años se determinan las funciones del personal de empleado, debiendo señalar con precisión y claridad los títulos profesionales o técnicos.
  • La ley determina los sueldos según la labor que desempeñen.

Requisitos  para optar al cargo:

Proceso de nombramiento:

  • todo nombramiento se llevara a cabo por el presidente del tribunal respectivo ya sea la corte suprema o la respectiva corte de apelaciones.
  • Dicho concurso durara 10 días. (se podrá pro rogar si no estuviesen la cantidad de postulantes al cargo ya sea por ternas o quinas)

En calidad de:

  • propietario: es aquel que es nombrado para ocupar perpetuamente o por el periodo establecido en las leyes de terminada función.
  • Interino: es aquel que es nombrado para cumplir una determinada función, mientras se  Nombra el propietario.
  • Suplente: es que es nombrado para que desempeñe una función que tiene un propietario pero que no la puede ejercer.

Inhabilidades e  incompatibilidades:

  • No pueden ser simultáneamente jueces aquellos que tengan línea recta consanguínea o colaterales que se hallen en el segundo grado de consanguinidad o personas con las cuales tengan afinidad  en la misma corte de apelaciones.

Esto rige para todos los funcionarios del escalafón primario dependientes de la misma corte que esté a cargo de un territorio respectivo (jurisdiccional).

  • No podrán ser FISCALES JUDICIALES, ADMINISTRADORES, SUBADMINISTRADORES CON COMPETENCIA EN LO CRIMINAL O MIEMBROS DEL CONSEJO TECNICO DE UN TRIBUNAL.
  • No pueden ser defensores públicos ante aquellos que tengan parentesco con alguno de los jueces de letras propietario del respectivo territorio jurisdiccional cualquiera de los parentescos de primera o segunda línea consanguínea directa.
  • Tampoco podrán desempeñar frente a ningún juez funciones accidentales de defensores que tenga con la persona parentesco.
  • Los jueces no podrán hacer críticas o referirse a alguna actividad política en particular.
  • Antes de asumir sus cargos los del escalafón primario deberán presentar una declaración jurada relatando que no tienen vinculo conl:
  1. no puede ser juez aquella persona que este que sea dependen diente a alguna droga ilícita psicotrópica a menos que a menos que sea por tratamiento médico comprobable.
  2. Quien pase a llevar esta norma se efectuara la ley de amovilidad para retirarlo de su cargo salvo que la corte suprema acuerde su remoción.
  • Función auxiliares administración de justicia: ESTOS NO PUEDEN EJERCER EN CUALQUIER ENTIDAD QUE SEA DEPENDIENTE DE RECURSOS FISCALES  a excepción de cargos docentes con un límite de 12 horas semanales como maximo.
  • No obstante los cargos de notario, secretario y receptor no podrá ser desempeñados por una persona, a excepción de que el presidente de la república lo permitiese ya que no encuentra factible por el terreno hacer recaer las labores en otras personas.

Calificaciones:

  • Todos los empleados del poder judicial serán evaluados y calificados anualmente tanto en su conducta funcionaria y su desempeño.
  • esto se llevara a cabo del 1 de noviembre al 31 de octubre, o a más tardar 31 de enero de cada año.
  • La corte suprema califica a: todos sus secretarios y empleados.
  • La corte de apelaciones califica a: sus empleados y a sus juzgados con asiento de corte de apelaciones.
  • el fiscal judicial de la corte suprema califica a secretarios, fiscales de la corte de apelaciones y a empleados de sus oficios y al oficial fiscal de la corte de apelaciones.
  • Los fiscales judiciales de la corte de apelaciones calificaran a los empleados de su oficio.

Causales de cese de sus funciones:

  • La persona que esté en una lista de deficiencia o en una lista condicional por segundo año consecutivo quedara removido de su cargo y el órgano correspondiente deberá dar el aviso pertinente para subrogar dicho cargo.
  • Los empleados que dispongan de inamovilidad serán removidos por el presidente de la república siempre y cuando estén de acuerdo la mayoría de los ministros de la corte respectiva
  • La obligación de residencia y existencia de área al despacho cesan durante los días feriados y las vacaciones (1 mes de vacaciones)

Subrogación o remplazo:

Los oficiales primero de la secretaria sin perjuicio de las labores que deban desempeñar  según la ley, cuando deban reemplazar a alguien por un periodo sobre los 15 días deberá recibir el salario por las funciones que estén desempeñando. (Incluida la asignación)

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