IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)
itamanuel25 de Enero de 2013
23.153 Palabras (93 Páginas)846 Visitas
INTRODUCCIÓN
Con el pasar del tiempo la tributación en Venezuela ha evolucionado, mejorando el sistema de control, pero aun así no se escapa de las evasiones por parte de los contribuyentes los cuales buscan la manera de no enterar los impuestos al fisco nacional.
La falta de concientización lleva con ella desventajas ya que el pago de los impuestos es para el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de un estado o país, el colectivo debe de contribuir al gasto y mantenimiento público esto es establecido en la Constitución Bolivariana de Venezuela.
Uno de los tributos nacionales que sufre más evasión es el Impuesto al Valor Agregado (IVA), que es un porcentaje que paga cada una de las personas naturales o jurídicas a la hora de adquirir algún bien, de esta manera cooperando con el gasto público Nacional para así ser retribuido en servicios de interés social.
Mediante leyes, normas y ordenanzas se establecen estrategias para minimizar el incumplimiento del pago de dicho tributo, dando linimientos administrativos que deben de seguir organizaciones económicas como: empresas C.A, Corporaciones, e Industrial entre otras.
Mediante la exigencia de unos deberes formales que deben de llevar cada una de las facturas emitidas por estas entidades para garantizar que se lleve a cabo la cancelación de la alícuota del (IVA), estableciendo en la providencia administrativa (0257) elaborada por la Administración Tributaria.
Los cuales son el llenado de libros de compra, venta e inventario, emisión de facturas con fecha, dirección fiscal, descripción del producto en venta, monto total identificando el monto de la alicata impositiva aparte del monto de la venta, numero de factura y de control.
La investigación llevada a cabo se trata de verificar el cumplimiento de los deberes formales en materia de Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la Corporación Montaplast C.A, ubicada en el municipio Girardot del Estado Aragua. La cual ha mostrado la motivación y la disponibilidad de corregir las fallas mostradas en ella por la parte tributaria.
El no cumplir con las disposiciones de la Administración Tributaria, es motivo de sanciones tales como multas expresadas en unidades tributarias (UT), cierre temporal de establecimiento, hasta puede llevar a cancelación de los representantes legales de la entidad.
CAPITULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema
Venezuela como país cuya primordial fuente de ingresos ha derivado históricamente del petróleo e hidrocarburos y de la explotación de nuestras riquezas provenientes de recursos no renovables, no había concedido real importancia al tema de la tributación ya que la renta petrolera sustituía el esfuerzo que los ciudadanos debíamos aportar en la construcción de un país, lo que se traducía en un escaso nivel de madurez tributaria. Hoy, y desde hace unos años, esa realidad ha cambiado en forma drástica, y la constatación de que los recursos petroleros no son suficientes y además volátiles, los cambios profundos que ha tenido el sistema tributario, han requerido la adopción de ciertas estrategias que permitan lograr eficientemente los objetivos planteados. La primera de dichas estrategias se inicio en el año 1989, con la propuesta de una administración para el Impuesto al Valor Agregado, que luego fuera asumiendo paulatinamente el control del resto de los tributos que conformaban el sistema impositivo nacional para ese momento.
A mediados de 1994, se estructuro un programa de reforma, dentro de un esfuerzo de modernización de las finanzas publicas por el lado de los ingresos, que en Venezuela se denomino “Sistema de Gestión de las Finanzas Publicas” (conocido por sus siglas o Proyecto SIGECOF), el fue estructurado con el proyecto del Banco Mundial, propiciando del marco legal y funcional de la Hacienda Pública Nacional, muchas de cuyas regulaciones se remontaban a los años 20 de esta centuria. Dicha reforma seguía las tendencias que en ese mismo sentido se habían generalizados en Nuestra América Latina, como consecuencia de la crisis de deuda
pública de los 80, conjuntamente con los programas de reforma del Estado y de ajuste fiscal entendiendo como posibles soluciones a dicha crisis. Con esta reforma se pretendió la introducción de ciertas innovaciones importantes como la simplificación de los tributos, el fortalecimiento del control fiscal y la introducción de normas que hicieron más productiva la carga fiscal.
Dentro del marco así creado, también se considero importante dotar al Estado Venezolano de un servicio de formulación de políticas impositivas y de administración tributaria, cuya finalidad declarada por el primer Superintendente Nacional Tributario en el año 1996 consistía en “reducir dramáticamente los elevados índices de evasión fiscal y consolidar un sistema de finanzas publicas, fundamentando básicamente en los impuestos derivados de la actividad productiva y menos dependiente del esquema rentista petrolero.”. Ese cambio tan relevante se logro a través de la creación del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria, (en lo adelante SENIAT, hoy en día se le conoce como Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria), mediante Decreto Presidencial Numero 310 de la fecha 10 de agosto de 1994, como un Servicio con autonomía financiera y funcional y con un sistema propio de personal, en atención a las previsiones respectivas de nuestro Código Orgánico Tributario.
Con esto se ha pretendido tener el control de una parte importante de la recaudación, mediante el uso de una menor cantidad de fondos, reorientado los recursos siempre escasos de nuestra administración hacia los contribuyentes con mayor potencial fiscal.
Finalmente, a partir de la reciente promulgación de nuestra Nueva constitución en diciembre de 1999, luego del particular proceso constituyente vivido en el país, el Sistema de Venezuela ocupa un lugar destacado en los presupuestos de la República, toda vez más, un proceso de reforma tributaria tendiente a mejorar el sistema venezolano.
Luego de esta apertura a la reestructuración del sistema de finanzas publicas , se ha venido fortaleciendo dicha modernización y como parte fundamental de estas, la imperante necesidad de adecuar el Código Orgánico Tributario (C.O.T) del año 1994 a los postulados de la nueva constitución del república bolivariana de Venezuela (1999). Este orden de ideas, es importante destacar que el COT es una ley creada para regir todos los tributos no aduaneros, ya que este establece en su artículo 79 lo siguiente:
“Las disposiciones de este código se aplicaran a todos los ilícitos tributarios, con excepción a los previstos en la normativa aduanera, los cuales se tipifican y aplicaran de conformidad con las leyes respectivas, esto por supuesto, respetando el orden jurídico de las leyes”
Partiendo del presupuesto de que toda sociedad se constituye con el objetivo de lograr un fin común, y como consecuencia lógica de esta premisa, se establecen las normas que habrán de regir su funcionamiento conjuntamente con los organismos que sean necesarios para la realización de este fin colectivo. El desarrollo de esta idea de sociedad, como cualquier otra actividad, genera costos y gastos, los cuales, como resultado obvio, deben ser cubiertos con los recursos propios de esa colectividad, bien porque en su seno se realizan tareas que le produzcan tales ingresos, o bien, y sobre todo, porque ésta percibe los aportes de sus miembros.
Dentro de este contexto, las atribuciones y funciones que tiene la Administración Tributaria bajo su responsabilidad, central su importancia en el proceso de registro, recaudación, fiscalización y penalización de todo lo concerniente al incumplimiento de los deberes formales, tales como la declaración oportuna de cada uno de los impuestos, el control y registro de los libros contables, y las responsabilidades de orden patronal entre otros, para así lograr que el Estado alcance un mayor número de recursos necesarios para su cabal funcionamiento, eliminando a su mas mínima expresión los ilícitos tributarios.
De antemano se tiene conocimiento, de que el Derecho Tributario, al igual que otras ramas jurídicas no puede pasar por alto las normas y violaciones que por tanto el ordenamiento jurídico contempla infracciones de los preceptos, imponiendo al trasgresor las multas determinadas. Siendo novedad los ilícitos sancionados por los incumplimientos en cuanto a los deberes formales en materia de Impuesto al Valor Agregado, la cual no están directamente relacionadas con la gravedad del perjuicio al Fisco Nacional, ya que los ilícitos tributarios están comprendidos como una acción anti-jurídica, que surge de la omisión de los preceptos, por parte de los sujetos pasivos.
En este orden de ideas, es preciso tratar de estrechar la dimensión del problema de la evasión, como consecuencia del incumplimiento de los deberes formales, establecido en la norma puesto que si el Estado no percibe el ingreso de las obligaciones, la administración no podrá satisfacer las necesidades colectivas y toda vez que sean violadas las disposiciones, se tendrá como resultado el fraude.
El impuesto al valor Agregado (IVA) no escapa de sufrir evasión por parte de los contribuyente, ya que este fue creado por el ejecutivo nacional para generar recursos inmediatos que solventaran la situación crítica existente es ese momento, está llamado a constituir el eje fundamental de la recaudación tributaria del Fisco Nacional, pero de evasión de este se ha elevado, ya que las autoridades
...