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Instrumentos de Gestión Ambiental IMPACTO AMBIENTAL


Enviado por   •  16 de Abril de 2018  •  Tareas  •  706 Palabras (3 Páginas)  •  208 Visitas

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Instrumentos de Gestión Ambiental

Augusto Sepúlveda

IMPACTO AMBIENTAL

Instituto IACC

25/03/2018


Desarrollo

Los instrumentos de gestión ambiental son los recursos que se utilizan dentro de una sociedad para implementar planes y programas para lograr una solución referente a los problemas ambientales.

En cuanto a la Ley N° 19.300 del año 1994 de LBGMA, ésta establece a través de instrumentos legales y técnicos, las obligaciones y responsabilidades que tienen las personas en cuanto al medio ambiente, es decir, bajo esta Ley se crea el sistema de evaluación de impacto ambiental (SEIA), la cual es un instrumento que evalúa los proyectos y actividades en cuanto a los efectos que estos pueden generar en el ambiente.

Esta Ley estipula instrumentos de tipo comando – control, las cuales son:

1.- La Educación y la Investigación.

De acuerdo al artículo 6 del párrafo 1°, ésta establece implementar procesos educativos hacia la comunidad, permitiendo transmitir conocimiento  y enseñanzas en torno al concepto de la protección ambiental, de lo cual la finalidad es dar a conocer, prevenir y dar solución; a los problemas existentes en relación al medio ambiente.

En cuanto al artículo 7, éste indica que los fondos dispuestos por le Ley de presupuesto de la Nación pueden ser utilizados en el área científica, desarrollo tecnológico y social; para financiar proyectos relacionados al medio ambiente.

2.- Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

De acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de LBGMA, todos los proyectos o actividades que se señalan en el artículo 10 que requieran modificarse o ejecutarse, deben ser sometidos a la evaluación para determinar el impacto ambiental que provocarían en cuanto a su funcionamiento, es decir, ningún proyecto o actividad puede ejecutarse sin previa aprobación de acuerdo a las normas establecidas en relación al impacto que puede provocar en el ambiente.

En cuanto a los proyectos o actividades que no se encuentran estipulados en el artículo 10 son sometidas en el sistema de evaluación para su aprobación o rechazo para ser ejecutada o modificada en cuanto a su funcionalidad, por lo cual la Comisión Regional o Nacional es el encargado de autorizar estos proyectos o actividades, de igual forma bajo las normas establecidas en la LBGMA.

3.- De la Participación de la Comunidad en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

De acuerdo a los artículos 26, 27 y 28, toda persona natural y/o jurídica tiene derecho a una participación informada en cuanto a la evaluación de proyectos en cuanto a los procesos de evaluación, es decir, toda persona tiene derecho a conocer la situación del proyecto del cual se evaluará su impacto en el medio ambiente.

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