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Jurisprudencia


Enviado por   •  18 de Marzo de 2015  •  628 Palabras (3 Páginas)  •  192 Visitas

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Universidad Autónoma de Tlaxcala

Teoría general del proceso

Dr. Leopoldo Zarate García

Jurisprudencia

Ángel De Jesús Corona Flores

3ro único matutino

Tipos de Jurisprudencia:

Para saber los tipos de jurisprudencia es importante definir que es el concepto como tal y su significado, la jurisprudencia es el conjunto de decisiones de los tribunales sobre una materia determinada, de las cuales se puede obtener la interpretación dada por los jueces a una situación concreta.

Se entiende por jurisprudencia a la doctrina establecida por los órganos judiciales del Estado los cuales por lo general es el Tribunal Supremo o Tribunales Superiores de Justicia.

El sistema jurídico en México prevé la figura de la jurisprudencia en los artículos 192 a 197 inciso B de la nueva Ley de Amparo, es una figura procesal relativa al juicio de amparo y tiene como finalidad crear certidumbre jurídica para que casos que son puestos a consideración de juzgadores sean resueltos en igual sentido y así evitar criterios contradictorios.

En cuanto a explicar y definir la jurisprudencia por sustitución conforme a la nueva Ley de Amparo se desarrolla así:

Jurisprudencia por sustitución:

La nueva Ley de Amparo hace mención expresa de la nueva Jurisprudencia, en el artículo 125. La nueva Jurisprudencia se establece por reiteración de criterios.

En el texto de la Ley de Amparo se puede interpretar que la Jurisprudencia por sustitución opera como un dictamen de una vía ya que el Pleno de Circuito o la Suprema Corte de Justicia de la Nación se ocupan únicamente de fundamentar su determinación al respecto y reunir los votos requeridos para el caso. De lo anterior se desprende que no existe una contraposición de criterios o valoraciones, como ocurre en el caso de la reiteración de tesis, que requiere de una pluralidad de sentencias o en el caso de contradicción de tesis, que resuelve con base en la ponderación de dos criterios opuestos.

Además los tribunales colegiados, pueden solicitar la sustitución de jurisprudencia de plenos de circuito o las salas de la Suprema Corte, de acuerdo con los criterios ya mencionados y explicado antes, y resolver el pleno de esta última o la sala correspondiente, según sea el caso previsto en la Ley de Amparo.

Si se decide sustituir Jurisprudencia, dicha resolución no afectara las situaciones jurídicas concretas derivadas de los juicios en los que se hayan dictado las sentencias que lo integraron, ni la que se resolvió en el caso concreto que hay motivado la solicitud y la solicitud

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