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LEGISLACION

ACFSEGURITO28 de Noviembre de 2013

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ORGANIZACIONES PROMOTORAS

DE LA PREVENCION DENTRO DE LA EMPRESA

Nelson Arce Orrego

Legislación de prevención

Instituto IACC

09-11-2013

Desarrollo

¿Cuáles serían las justificaciones laborales que usted, en el rol de prevencionista, impondría para que se efectuase a todos los trabajadores dichos exámenes? Desarrolle a lo menos 4 argumentos por los cuales se explicaría su exigencia.

Para comenzar a desarrollar esta pregunta señalaremos primeramente que existen dos tipos de exámenes denominados pre-ocupacional y ocupacional , los cuales en virtud a la ley lo realizan los organismos administradores de la ley 16.744, no optante en la actualidad existen organismos privados que realizan exámenes pre ocupaciones solicitado por empresas o qué el propio trabajador solicita a estas organizaciones.

Los exámenes pre-ocupaciones, son exámenes para detectar alguna patología del postulante y que no este apto para el puesto que postula un trabajador.

El examen ocupacional es aquel examen realizado a un trabajador que se desempeña en la empresa por un periodo trabajado no menor a un año e incluso dos años, donde este en contacto a riesgos de accidente. El cual tiene como objetivo, el proteger y promover la seguridad y salud de los trabajadores, así como generar un ambiente de trabajo saludable.

En cuanto a la justificación que tendría un prevencionista para efectuar dichos exámenes seria:

1.- Detectar mediante el examen pre-ocupacional que el postulante a un puesto de trabajo este apto en cuanto a su salud, para desarrollar funciones dentro de la empresa.

2.- A través del examen pre-ocupacional se puede detectar patología adquirida de origen profesional o enfermedades comunes que imposibilite su ingreso a una empresa o que se le derive a un especialista para su evaluación médica y que entregue la certificación que el trabajador es apto al puesto que postula.

3.- A si mismo los exámenes pre ocupacionales se deben aplicar a todos los trabajadores con el objetivo de evaluar sus aptitudes físicas y psicológicas, para el puesto de trabajo y que la actividad que va a realizar no sea dañina para la salud de trabajador

4.- En relación a los exámenes ocupacionales el prevencionista debe coordinar con el organismo administrador dicha ejecución, y esto es aplicable a todo trabajador que este expuesto a riesgos como polvo, ruidos, contactos con sustancias peligrosas como químicos, radioactivo, emanación de gases, es decir todo aquel elemento que le puede provocar alteración a su salud que al momento de su ingreso a la empresa el trabajador no presentaba.

Una vez detectado un trabajador con alguna alteración de su salud en relación a su trabajo , como es:

Que se desempeñe en espacios cerrado con ruidos y que en la evaluación ocupacional se detectará una hipoacusia, inmediatamente dicho trabajador se le debe hacer un seguimiento y se le debe reubicar dentro de la empresa, y dependiendo de los niveles y grado de avance de su patología se puede pensionar o indemnizar.

La relación de los exámenes pre ocupacionales y los objetivos propuestos, es básicamente al tipo de cargo que va realizar el trabajador y de los riesgos asociados a los que va a estar expuesto, de ahí la importancia de los exámenes y la descripción previa del puesto de trabajo.

No hay que olvidar que está en el D.S F 1 “código del trabajo “Titulo I Normas Generales, articulo 184°, señala lo siguiente:

Extracto Código del Trabajo.

Como también lo señala el D.S 40, titulo II, de las mutualidades de empleadores y empresa de administración delegada, articulo 3°

Extracto del D.S 40

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