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Legislacion


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2013  •  1.525 Palabras (7 Páginas)  •  181 Visitas

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Derecho individual y colectivo del trabajo

El desarrollo de las actividades de un negocio usualmente permiten generar fuentes de empleo para trabajadores. La contratación de personal puede realizarse de forma individual o colectiva, por tiempo determinado, indeterminado o por obra determinada. En el presente documento se explican las características generales del Derecho Individual y Colectivo del Trabajo, y se responden algunas preguntas como:

• ¿Cuándo puedo ser considerado como patrón?

• ¿Qué caracteriza al Derecho Laboral?

• ¿Cuál es el campo de aplicación del derecho laboral?

• ¿Qué diferencia existe entre relación de trabajo y prestación de servicios?

• ¿Qué se entiende por empresa, para efectos del Derecho Laboral?

• ¿Cuáles son las ramas del Derecho Laboral?

• ¿Que beneficios tiene el conocer el Derecho individual y Colectivo del Trabajo?

• ¿Qué elementos deben ser considerados para desarrollar mejor las relaciones laborales?

¿Cuándo puedo ser considerado como patrón?

Cuando contrata personas que le auxilien en la realización de tareas propias de su negocio, usted adquiere el carácter de patrón frente a los trabajadores que presten servicios personales subordinados de forma personal o la empresa que represente. Puede darse el caso en que los trabajadores utilicen su fuerza de trabajo para hacer crecer o desarrollar una empresa, en cuyo caso, será la persona moral la que tenga el carácter de patrón frente a los trabajadores. Las relaciones de trabajo surgen aunque no exista ningún documento o contrato que así lo señale, por ello, es conveniente que conozca el alcance y los límites de estas situaciones.

Para empezar a conocer los derechos y obligaciones dentro del tema laboral considere estas preguntas:

¿Qué caracteriza al Derecho Laboral?

Protege a los trabajadores estableciendo garantías mínimas.

Se establecen condiciones mínimas a las que deben sujetarse los contratos de trabajo. Cualquier disposición que limite o elimine estos derechos mínimos se considerará como nula.

Se basa en los principios generales de justicia, equidad e igualdad. Pero también atiende a principios propios exclusivos de la materia laboral, tales como[1]:

El principio protector que busca asistir principalmente al trabajador.

El principio de indisponibilidad, según el cual el trabajador no pude renunciar a ningún derecho que le beneficie.

El principio en favor de la duda, es decir, que en caso de incertidumbre se buscará la interpretación más favorable para el trabajador.

El principio de la primacía de la realidad, consistente en que cuando exista duda en relación con los documentos emanados de la relación de trabajo y su aplicación o utilidad en la práctica, se tomará como referente ésta última.

El principio de la condición más beneficiosa, implica que se tomarán en cuenta aquellas situaciones que sean las más favorables para el trabajador durante la relación laboral.

Y el principio de igualdad, que se traduce en la convicción de que el trabajador será tratado por el patrón de la misma forma que trata a sus iguales en circunstancias idénticas o similares.

¿Cuál es el campo de aplicación del derecho laboral?

El derecho laboral regula las relaciones de trabajo, es decir, aquellas donde la prestación de un servicio a favor de alguien debe reunir como requisito principal la subordinación jurídica, lo cual implica[2]:

Que el patrón se encuentra en todo momento en posibilidad de disponer del esfuerzo físico, mental o ambos, del trabajador según la relación convenida.

Que exista por parte del patrón un poder jurídico de mando y un deber de obediencia por parte de quien presta su fuerza de trabajo.

Que la relación de subordinación sea permanente durante la jornada de trabajo.

Que el trabajador esté bajo la dirección del patrón o su representante.

En una relación laboral interactúan uno o varios trabajadores, patrones y en algunos caso sindicatos .

La relación laboral existe por si misma y se formaliza mediante un contrato individual de trabajo, en el que una persona se obliga a prestar a otra, bajo su dirección y dependencia, un servicio personal mediante una retribución convenida. Sus elementos básicos son la prestación del servicio, la dirección, la dependencia y subordinación que tiene quien lo presta, respecto de quien lo recibe.[3]

Existen contratos colectivos de trabajo celebrados entre uno o varios sindicatos de trabajadores y uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones . Establece las condiciones para prestar el trabajo para un patrón determinado en los lugares de trabajo que se señalen de acuerdo a la naturaleza del mismo.

¿Qué diferencia existe entre relación de trabajo y prestación de servicios?

Existen otras relaciones que no son de trabajo pero que implican la prestación de servicios profesionales.

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