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LEY GENRAL DE SOCIEDADES


Enviado por   •  16 de Junio de 2013  •  814 Palabras (4 Páginas)  •  212 Visitas

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QUE ES EL PACTO SOCIAL?

Es el documento fundamental de la sociedad, que se inscribe en el Registro Público en el cual los asociados acuerdan entre si los datos fundamentales de la sociedad. El Pacto Social puede ser otorgado en cualquier idioma (siempre que se aporte una traducción al español al registrarse la escritura). Existen ciertas formalidades para el registro del Pacto Social.

QUE ES UN ESTATUTO?

Es el conjunto de reglas (accesorias al Pacto Social) por la cual se rige la sociedad anónima, se limita a aquellos puntos que no son tratados en forma amplia en el pacto. Los estatutos suelen determinar normas de convocatoria, el quórum, la manera de verificar las asambleas de accionistas, los deberes de los dignatarios, etc. Los estatutos no pueden variar el contenido del Pacto Social. ueden variar el contenido del Pacto Social.

.2.5. CAPITALIZACIÓN DE PRIMAS DE CAPITAL

La prima de capital es la suma que se obtiene en la colocación de acciones sobre su valor nominal, según lo señala el artículo 85 de la Ley General de Sociedades; norma que además establece que son la ley, la escritura de constitución o la junta general de accionistas los llamados a establecer los términos y condiciones del pago de la prima y la aplicación de la misma.

La prima de capital es una forma de beneficio para la sociedad, pues al ser pagadas las acciones con prima ingresan a su activo aportes por un valor mayor (valor nominal más las primas) que el incremento de su pasivo en la cuenta capital social (valor nominal solamente). Se produce, en consecuencia, un aumento automático del patrimonio neto de la sociedad.

La prima de capital es favorable para la sociedad pero implica un desembolso para los accionistas que es superior al valor nominal de la acción que adquieren. Por ello, estos últimos no aceptarán normalmente el pago de la prima si el valor real del patrimonio neto no es mayor al valor nominal de la cuenta capital. En otras palabras, si el valor real de las acciones de la sociedad no es superior al nominal, con anterioridad a la determinación de la prima[39].

El artículo 233 de la Ley las trata como utilidades extraordinarias de la sociedad y permite, en ciertos casos, su distribución como dividendos. También señala que pueden ser capitalizadas. Por tanto, es una capitalización de la misma naturaleza que las comentadas en los numerales precedentes.

) Reducción del capital social hasta por el importe del excedente de revaluación.

El artículo 228° de la LGS prescribe que “Los inmuebles, muebles, instalaciones y demás bienes del activo de la sociedad se contabilizan por su valor de adquisición o de costo ajustado por inflación cuando sea aplicable de acuerdo a los principios de contabilidad generalmente aceptados en el país…Tales

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