LOS DECRETOS DE EMERGENCIA.
astricabrettEnsayo3 de Abril de 2014
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LOS DECRETOS DE EMERGENCIA.
Constituyen el medio de desarrollar la función administrativa que le compete. Por eso Couture lo define como resolución del Poder Ejecutivo nacional o departamental, de carácter general o particular, expedida en el ejercicio de sus poderes reglamentarios o de su función administradora. Dentro del orden de importancia, el decreto es superior a las ordenes y resoluciones de origen y firma puramente ministerial, e incluso de organismos públicos de inferior categoría.
También se llaman decreto en sentido general y de uso poco corriente, a las resoluciones de mero trámite dictadas por los jueces en el curso de un procedimiento, acepción ésta recogida igualmente por el Diccionario de la Academia.
TRATADOS INTERNACIONALES: Todo acuerdo de voluntades entre dos o más estados sobre derechos de soberanía o recíprocos.
TRATADOS CONTRATOS: Los que regulan materias que afectan a las partes que intervienen. ej.: límites, alianzas.
TRATADOS LEYES: Los que adoptan reglas o normas de derecho en una materia común. derechos individuales. esta es una fuente indirecta del derecho administrativo.
DECRETO: Es fuente de derecho administrativo por ser ley ordinaria.
DECRETOS LEYES DE FACTO: Son fuentes porque son leyes ordinarias por haberles dado validez jurídica la constitución vigente.
REGLAMENTOS JURÍDICOS Y ADMINISTRATIVOS:
REGLAMENTOS JURÍDICOS Aquellos que el Presidente dicta para el cumplimiento de la competencia que la constitución le otorga.
REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS: Los emitidos por los órganos administrativos utilizados para organizar la administración.
LEY ORDINARIA: Representa un acto de aplicación de los preceptos constitucionales.
LEY REGLAMENTARIA: Está condicionada por la ordinaria.
ORDINARIA: Están sujetas al carácter sustantivo, la que concede un derecho o impone una obligación, permite o prohibí ciertos actos.
REGLAMENTARIA: Esta sujeta al carácter adjetivo, establece los medios para la efectividad y garantía de la aplicación de LAS normas de fondo.
LA LEY LES DA LA COMPETENCIA A LOS ORGANOS ADMINISTRATIVOS Y LOS REGLAMENTOS LES DA EL PROCEDIMIENTO.
REGLAMENTO: Conjunto sistemático de normas jurídicas destinadas a la ejecución de leyes.
NATURALEZA JURÍDICA DEL REGLAMENTO: Constituye un acto administrativo del presidente y de los órganos descentralizados a los que la ley les da la facultad de reglamentarse.
DIFERENCIA ENTRE LEY Y REGLAMENTO:
- La ley emana del órgano legislativo mientras que el reglamento es un acto administrativo.
- La ley da la competencia y el reglamento el procedimiento.
- Son diferentes por los órganos que los emiten.
LAS INSTRUCCIONES O CIRCULARES DE SERVICIO:
La comunicación entre el superior de la administración pública y sus subordinados a efectos de indicarles la manera de funcionamiento respecto a prestación del servicio público. No constituye fuente del derecho administrativo.
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