La Geriatria
paolavalencia21 de Mayo de 2013
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LEY No. J. - J.t 08
"POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS TENDIENTES A PROCURAR LA
PROTECCIÓN, PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LOS
ADULTOS MAYORES"
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
TITULO 1
DISPOSICIONES PRELIMINARES
Artículo 1°. Objeto. La presente ley tiene como objeto proteger, promover,
restablecer y defender los derechos de los adultos mayores, orientar políticas
que tengan en cuenta el proceso de envejecimiento, planes y programas por
parte del Estado, la sociedad civil y la familia y regular el funcionamiento de las
instituciones que prestan servicios de atención y desarrollo integral de las
personas en su vejez, de conformidad con el artículo 46 de la Constitución
Nacional, la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, Plan de Viena de
1982, Deberes del Hombre de 1948, la Asamblea Mundial de Madrid y los
diversos tratados y convenios internacionales suscritos por Colombia.
Artículo 2°. Fines de la ley. La presente ley tiene como finalidad de lograr
que los adultos mayores sean partícipes en el desarrollo de la sociedad,
teniendo en cuenta sus experiencias de vida, mediante la promoción respeto,
restablecimiento, asistencia y ejercicio de sus derechos.
Artículo 3°. Definiciones. Para la interpretación y aplicación de la presente
ley téngase en cuenta las siguientes definiciones:
Acción Social integral. Conjunto de acciones que buscan mejorar y
modificar las circunstancias de carácter social que impidan al adulto mayor su
desarrollo integral, protección física, mental y social hasta lograr la
incorporación a una vida plena y productiva de las personas que se hallan en
estado de necesidad, desprotección o desventaja física o mental.
Vejez. Ciclo vital de la persona, con ciertas características propias, que se
produce por el paso del tiempo en el individuo.
Adulto mayor. Es aquella persona que cuenta con sesenta (60) años de
edad o más.
Geriatría. Rama de la medicina que se encarga del estudio terapéutico,
clínico, social y preventivo de la salud y de la enfermedad de los ancianos.
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Gerontología. Ciencia interdisciplinaria que estudia el envejecimiento y la
vejez teniendo en cuenta los aspectos biopsicosociales (psicológicos,
biológicos, sociales).
Envejecimiento. Conjunto de modificaciones que el paso del tiempo
ocasionade forma irreversible en los seres vivos.
Cartografía de pobreza. Representación gráfica de la pobreza sobre
superficies geográficas.
Demografía. Abarca el estudio del tamaño, estructura y distribución de las
poblaciones, en la cual, se tendrán en cuenta la mortalidad, natalidad,
migración.
Política Nacional de Envejecimiento y Vejez. Instrumento que permite
asegurar una gestión coordinada de los agentes del Estado en el sector
público y privado, en el cumplimiento de los fines del Estado para satisfacer
las necesidadesdel adulto mayor, así como la observación y conocimiento de
las característicaspropias del proceso de envejecimiento.
Plan de Atención Institucional. Esel modelo institucional en el marco de
los ejes de derecho y guía para las acciones que programen e implementen
las instituciones públicas o privadas, garantizando un servicio integral y de
calidad. Es la responsabilidadde exigir acciones integrales en cada una de los
componentes de atención (salud, psicosocialy familiar y ocupacional).
Centros de Protección Social para el Adulto Mayor. Instituciones de
protección destinadas al ofrecimiento de servicios de hospedaje, de bienestar
social y cuidado integral de manera permanente o temporal a adultos
mayores.
Centros de día para adulto mayor. Instituciones destinadas al cuidado,
bienestar integral y asistencia social de los adultos mayores que prestan sus
serviciosen horas diurnas.
Instituciones de atención. Instituciones públicas, privadas o mixtas que
cuentan con infraestructuras físicas (propias o ajenas) en donde se prestan
servicios de salud o asistencia social y, en general, las dedicadas a la
prestación de servicios de toda índole que beneficien al adulto mayor en las
diversas esferas de su promoción personal como sujetos con derechos plenos.
Instituciones de atención domiciliaria. Institución que presta sus
serviciosde bienestar a los adultos mayores en la modalidad de cuidados y/o
de serviciosde salud en la residenciadel usuario.
Artículo 4°. Principios. Para la aplicación de la presente ley se tendrán
como principios rectores:
a) Participación Activa. El Estado debe proveer los mecanismos de
participación necesarios para que los adultos mayores participen en el diseño,
elaboración y ejecución de programas y proyectos que traten sobre él, con
valoración especial sobre sus vivencias y conocimientos en el desarrollo social,
económico. cultural v oolítico del "'h~
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b) Corresponsabilidad. El Estado! la Familia! la sociedad civil y los adultos
mayores de manera conjunta deben promover! asistir y fortalecer la
participación activa e integración de los adultos mayores en la planificación!
ejecución y evaluación de los programas! planes y acciones que desarrollen
para su inclusión en la vida política! económica, social y cultural de la Nación;
e) Igualdad de oportunidades. Todos los adultos mayores deben gozar de
una protección especial de sus derechos y las libertades proclamados en la
Constitución Política! Declaraciones y convenios internacionales ratificados por
Colombia! respetando siempre la diversidad cultural! étnica y de valores de
esta población;
d) ACCéSOa beneficios. El Estado, la sociedad y la familia deben garantizar
a los adultos mayores el acceso a beneficios con el fin de eliminar las
desigualdades sociales y territoriales;
e) Atención. En todas las entidades de carácter público y privado es un
deber aplicar medidas tendientes a otorgar una atención especial, acorde con
las necesidades.
f) Equidad. Es el trato justo y proporcional que se da al adulto mayor sin
distingo del género, cultura! etnia, religión! condición económica, legal! física,
síquica o social, dentro del reconocimiento de la pluralidad constitucional;
g) Independencia y autorrealización. El adulto mayor tiene derecho para
decidir libre! responsable y conscientemente sobre su participación en el
desarrollo social del país. Se les brindará las garantías necesarias para el
provecho y acceso de las oportunidades laborales, económicas! políticas!
educativas, culturales! espirituales y recreativas de la sociedad! así como el
perfeccionamiento de sus habilidades y competencias;
h) Solidaridad. Es deber del Estado, la sociedad y la familia frente al adulto
mayor brindar apoyo y ayuda de manera preferente cuando esté en condición
de vulnerabilidad;
i) Dignidad. Todas las personas tienen derecho a una vida digna y segura,
los adultos mayores se constituyen en el objetivo fundamental de las acciones
emprendidas en cumplimiento del Estado Social de Derecho a través de la
eliminación de cualquier forma de explotación! maltrato o abuso de los
adultos mayores;
j) Descentralización. Las entidades territoriales y descentralizadas por
servicios prestarán y cumplirán los cometidos de la presente ley en procura de
la defensa de los derechos del adulto mayor;
k) Formación Permanente. Aprovechando oportunidades que desarrollen
plenamente su potencial, mediante el acceso a los recursos educativos, de
productividad, culturales y recreativos de la sociedad;
1)No Discriminación. Supresión de todo trato discriminatorio en razón de la
raza, la edad, el sexo, la condición económica o la discapacidad.
m) Universalidad. Los derechos consagrados en la presente ley son de
carácter universal y se aplican a todas las personas residentes en el territorio
nacional, sin distinción alguna y sin ningún tipo de exclusión social. Sin
embargo el estado podrá focalizar las políticas públicas en las poblaciones
mas pobres y vulnerables para reducir las brechas económicas, sociales y
culturales que caracterizan el país.
n) Eficiencia. Es el criterio económico que revela la capacidad de producir
resultados con el mínimo de recursos, energía y tiempo.
ñ) Efectividad. Es el criterio institucional que revela la capacidad
administrativa y política para alcanzar las metas o resultados propuestos,
ocupándose fundamentalmente en los objetivos planteados que connotan la
capacidad administrativa para satisfacer las demandas planteadas en la
comunidad y que se refleja en la capacidad de respuesta a las exigencias de
la sociedad.
Artículo 5°. Enunciación de derechos. El Estado de conformidad al
artículo 13 de la Constitución Política brindará especial protección a los
adultos mayores que en virtud a su condición económica, física o mental se
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