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La distinción semántica, de contenido y de uso de los conceptos de derechos humanos, derechos fundamentales, garantías individuales y garantías constitucionales.


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2015  •  Ensayos  •  442 Palabras (2 Páginas)  •  295 Visitas

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La distinción semántica, de contenido y de uso de los conceptos de derechos humanos, derechos fundamentales, garantías individuales y garantías constitucionales.

Se puede afirmar que el término de garantías constitucionales en América Latina y en México, se ha utilizado como sinónimo de los derechos humanos consagrados constitucionalmente; pero en realidad tratan de lo mismo: algunos autores los llaman derechos fundamentales, término que se originó en Europa, o de los derechos esenciales o básicos, refiriéndose al mismo concepto. Podríamos decir que hay derechos básicos que no son esenciales o esenciales que no son básicos o fundamentales pero esa discusión que no nos llevaría a ningún lado diferente a considerar a los Derechos Humanos en su sentido más puro como aquellas facultades o atributos que poseen todos los seres humanos sin excepción alguna, por razón de su sola pertenencia al género humano. Estos derechos se hallan sustentados en valores éticos, en normas de derecho positivo nacional e internacional, constituyéndose en parámetros de justicia y legitimidad.

Las diferencias semánticas, de contenido y de uso de los conceptos de derechos humanos, derechos fundamentales, garantías individuales y garantías constitucionales son:

Diferencias semánticas

Derechos humanos se utiliza a partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. Se refiere a los derechos básicos esenciales y fundamentales de todos los seres humanos.

Derechos fundamentales son los derechos básicos o esenciales para que los seres humanos lleven una vida digna y un buen desarrollo social.

Garantías individuales. Es un término propio del derecho procesal, se refiere al derecho subjetivo, cuando un individuo puede hacer valer sus derechos porque se le han violado derechos en el ámbito individual. Término que se usaba en nuestra Constitución.

Garantías constitucionales, abarcaba todas las garantas o derechos que se consagraban en la Constitución, comprendiendo tanto las individuales como las sociales. Las garantías constitucionales individuales se refieren a los primeros artículos de la Constitución y a las garantías sociales a los artículos 27 y 123. Y para referirse a ambos se les denomina derechos Fundamentales.

Diferencias de contenido

Los derechos humanos se refieren a los esenciales Y fundamentales; los derechos fundamentales a los básicos o esenciales.

Las garantías individuales se refieren a los individuos en particular.

Las garantías constitucionales se refieren a los grupos sociales.

Diferencias de uso

Derechos fundamentales. Terminología

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