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Metodologia De La Investigacion

latilla1020 de Diciembre de 2013

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INDICE

I. Introducción

II. Delimitación del tema

III. Planteamiento del problema

IV. Formulación y sistematización

V. Objetivos

VI. Justificación

VII. Marco Teórico

VIII. Tipo de investigación

IX. Método

X. Conclusiones

XI. Recomendaciones

XII. Cronograma

XIII. Bibliografía

XIV. Anexos

Introducción

La situación que presenta el feminicidio en nuestro país es grave. La muerte de 131 mujeres en un año desborda a toda la sociedad, y obliga a todas las instituciones de poder, a promover acciones desde la perspectiva de los derechos humanos de las mujeres, como una cuestión de justicia social, de salud y de educación.. A partir de la promulgación de la ley 24-97, se introduce en el derecho penal dominicano la tipificación de la violencia contra la mujer, sin embargo, los índices de violencia de género nos muestran fallas en el sistema, producto de que la aplicación de esta legislación se hace difícil por la falta de mecanismos efectivos dentro de la sociedad y del sistema de derecho.

La violencia contra las mujeres se constituye en un elemento importante del sistema patriarcal, conforma la base del mensaje de socialización en la masculinidad y se manifiesta desde las maneras más sutiles hasta el asesinato de mujeres o feminicidio.

El 27 de enero de 1997, con la promulgación de la Ley 24-97, la República Dominicana se sitúa entre los países de la región y del mundo que han modificado las legislaciones para favorecer a las mujeres y al igual que ellos, integra al sistema de derecho nacional la visibilización del tema de la violencia de género. Además, en ese mismo año se introdujeron otras leyes de acción afirmativa, como la de cuotas y la de reforma agraria que otorga la posibilidad de título de propiedad parcelera a las mujeres.

Los cambios legislativos de 1997, introducidos a partir de la normativa, han producido la apertura de tímidas respuestas estructurales en la que se han ido creando espacios más o menos interesantes, lo que unido al trabajo realizado por el movimiento de mujeres y algunas ONGs, desde antes de la promulgación de la ley 24-97, conforman una plataforma mínima de vinculación a lo formal.

Delimitación del tema

 El tipo de estudio que se realizara será explicativo, ya que se pretende conocer las causas que ocasionan los feminicidios y el porqué este fenómeno va en aumento.

 El espacio geográfico en que se realizara la investigación es en la Republica Dominicana, específicamente el Distrito Nacional; ya que se trabajara con las estadísticas manejadas por la fiscalía del Distrito nacional.

 La ubicación cronológica será en tiempo presente, ya que se pretende explicar un fenómeno que está ocurriendo.

Planteamiento del problema

Una vez establecido que el concepto feminicidio es el de uso en la República Dominicana, por razones de costumbre, se coincide en la necesidad de introducirlo en la normativa para descubrir definitivamente el significado de un crimen que tiene bases diferentes a las del homicidio conocido en nuestra legislación.

René Garraud, uno de los doctrinólogos franceses más estudiados por los abogados y abogadas en nuestro país, en su Traité Theorique et Practique du Droit Penal Francais, edición de 1924, se refiere a los elementos constitutivos del homicidio, identificándolos en número de tres: a) la preexistencia de una vida humana destruida; b) un hecho voluntario del hombre, causa eficiente de la muerte de otro hombre, o elemento material; y c) la intención determinada por parte del autor de producir este resultado o animus necandi. (Pérez M.; 1983:17)

El animus necandi, es el dolo o elemento moral exigido en el homicidio de nuestro derecho penal, de origen francés y arraigado en la normativa de la Francia del siglo XIX, se reconoce como el designio de dar muerte a una persona, y es voluntario, intencional y específico, convirtiéndose en el elemento clave del homicidio.

En el caso del feminicidio, se está frente a una intención que sobrepasa el dolo del homicidio por las connotaciones asociadas a las diferentes violencias de género que establecen un continuo de violencia contra las mujeres, que va desde la violación sexual, la violencia doméstica y de pareja, el acoso sexual, el incesto, el uso de las mujeres en la pornografía, entre otros, como formas de la opresión hecha a las mujeres y teniendo en cuenta que estas modalidades son una propuesta unilateral del hombre a la mujer, desde el momento en que terminan con la vida de ella, se convierte en un feminicidio. (Carcedo; 2001:12)

El dolo del feminicidio, está presente en la categoría masculinidad violenta, es el resultado de una socialización en el sexismo y conforma una sintomatología socio cultural compleja, fundamentada en el poder masculino sobre las mujeres, caracterizando las violencias previas capaces de terminar en el asesinato de una mujer.

Por lo tanto, se definirá siempre como asesinato, por la premeditación implicada y la característica de "muerte anunciada", sobre todo, en el caso de los feminicidios íntimos, tal y como se verá más adelante. El hombre violento, que maltrata física o emocionalmente, sabe que mata algún día, por lo tanto, mantiene una intención permanente y dolosa.

Finalmente, cuando se habla de violencia intrafamiliar, debe preocupar a la sociedad entera su trascendencia al entorno inmediato y el espacio ideal que constituye la familia para la perpetuación del modelo cultural violento.

Varios estudios indican que la violencia doméstica contra la mujer tiene consecuencias para sus hijos/as, ya sea como testigos o víctimas de ella. Estas consecuencias se traducen en problemas de conducta, problemas escolares y falta de relación positiva con los compañeros (Jaffe, Wolfe y Wilson, 1990)[9].

Los niños expuestos a la violencia contra sus madres tienen igualmente dificultades de adaptación al medio escolar, incluyendo el ausentismo. Además del hecho de ser testigos, la victimización de los niños también perpetúa el ciclo de la violencia por otros caminos. Se sabe que los niños que sufren abusos sexuales tienen una escasa autoestima, incapacidad para rechazar las relaciones sexuales no deseadas y comportamientos autodestructivos, entre ellos el abuso del alcohol y las drogas. Igualmente hay una estrecha relación con la depresión, otros problemas mentales y el abuso posterior.

Formulación y sistematización

 Pregunta General

¿Cuáles son las dimensiones de de la problemática de los feminicidios

en la Republica Dominicana?

 Preguntas Específicas

¿Cuáles son las causas psicosociales que llevan a un feminicidio?

¿Cuáles son los efectos en la sociedad a raíz de un feminicidio?

¿Cuál es la responsabilidad del ministerio público ante la posible

Ocurrencia de un feminicidio?

¿Cuál es la realidad social de los hijos y familia que han sido afectados con esta problemática?

OBJETIVOS

 OBJETIVO GENERAL

Determinar las causas y consecuencias psicosociales del feminicidio en RD.

 OBJETIVOS ESPECIFICOS.

• Establecer las organizaciones que trabajan en Republica Dominicana para erradicar el feminicidio.

• Determinar cuál es el sexo que sufre más violencia.

• Buscar soluciones que ayuden a reducir la cantidad de feminicidios ocurridos en RD.

Justificación

En una población de algo más de ocho y medio millones de habitantes, cada 36 horas una mujer ha sido baleada, acuchillada o ha perecido golpeada solamente en el mes de enero.

La joven magistrada Roxanna Reyes, procuradora general adjunta para Asuntos de la Mujer, asegura que la disminución del 35 por ciento de los femicidios íntimos y que un número importante de las denuncias de las mujeres en el presente, (sean por violencia psicológica y verbal), habla de los avances que se van logrando. "Las mujeres no esperan a que les den, cuando observan que eso viene, van y denuncian", precisa.

La jurista, quien lidera el tema desde hace casi cuatro años en el Ministerio Público, mencionó la expresión "femicidios íntimos", término muy debatido porque enmascara la real dimensión del problema, si se considera que mujer muerta es mujer asesinada, sea en una riña callejera o en el interior, la doctora Reyes Acosta resaltó, sin embargo, "la trascendencia jurídica de que la noción femicidio esté aceptada en la terminología pública y en los medios de difusión", pese a no estar contenida en Códigos y leyes de país.

"Sabemos bien cuánto le cuesta a una mujer ir a denunciar, pero cada una que lo hace está consiguiendo alejar muchísimo la posibilidad de que ese hombre que la amenaza, que le grita u ofende, llegue a asesinarla", agregó. Según la clasificación establecida por la Procuraduría General de la República, los femicidios generales son la sumatoria de los femicidios íntimos y los no íntimos, considerados entre estos los asesinatos cometidos por

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