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Momentos de derecho del trabajo


Enviado por   •  18 de Febrero de 2015  •  Informes  •  457 Palabras (2 Páginas)  •  142 Visitas

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A: Los salarios mínimos se fijarán por una comisión nacional.

B: Los salarios profesionales serán fijados en los presupuestos respectivos, sin que su cuantía pueda ser disminuida durante la vigencia de estos.

En el apartado A se alude a los trabajadores del sector privado, sus derechos, obligaciones y su régimen jurídico.

En el apartado B, se alude a los trabajadores del sector público, o sea, de las dependencias del Poder Ejecutivo y los demás poderes, incluido en algunos casos el poder judicial.

A: Va enfocado a los jornaleros, obreros, empleados domésticos, artesanos, etc.

B: Se refiere a los poderse de la unión, el gobierno del distrito federal y sus trabajadores.

El derecho de huelga en el apartado A es más efectivo que en el del apartado B

Es mejor el régimen de vacaciones en el apartado B, en el apartado A depende a tus años de trabajo te van dando el día de vacaciones que te tocan.

Los trabajadores de apartado A tienen seguro social provisto por el IMSS, los trabajadores de apartado B tienen su seguro social provisto por el ISSSTE, salvo ciertos casos de excepción.

El apartado “A” menciona que la jornada máxima será de 8 horas en cambio en el apartado “B” no especifica que la jornada será de 8 horas diurnas o si es nocturna la jornada serán 7 y más aún especifica que después de estas serán pagadas horas extras y que no pueden ser más de 3 diarias ni más de 3 veces.

El apartado "A” y “B”, menciona la igualdad de sexo y el pago igual sin importar el sexo de la persona; ahora bien el apartado “B” menciona como se van a designar los puestos, además de que obliga al estado a instalar escuelas de administración pública.

A.- LA JORNADA MÁXIMA DE TRABAJO NOCTURNO SERA DE 7 HORAS. QUEDAN PROHIBIDAS: LAS LABORES INSALUBRES O PELIGROSAS, EL TRABAJO NOCTURNO INDUSTRIAL Y TODO OTRO TRABAJO DESPUÉS DE LAS DIEZ DE LA NOCHE, DE LOS MENORES DE DIECISÉIS AÑOS.

A.-QUEDA PROHIBIDA LA UTILIZACIÓN DEL TRABAJO DE LOS MENORES DE CATORCE AÑOS. LOS MAYORES DE ESTA EDAD Y MENORES DE DIECISÉIS TENDRÁN COMO JORNADA MÁXIMA LA DE SEIS HORAS.

B.-POR CADA SEIS DÍAS DE TRABAJO, DISFRUTARA EL TRABAJADOR DE UN DÍA DE DESCANSO, CUANDO MENOS, CON GOCE DE SALARIO INTEGRO.

B.-LOS TRABAJADORES GOZARAN DE VACACIONES QUE NUNCA SERÁN MENORES DE VEINTE DÍAS AL AÑO.

El apartado “A” da prestaciones como la de las utilidades que es un derecho que los trabajadores tienen, en cambio en el apartado “B” señala que la forma en que se puede separar a alguien de su trabajo y dice que solo justificadamente según la ley que rige y si no se hiciera de esta

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