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NACIONALIDAD UNICA Y MULTIPLE


Enviado por   •  27 de Junio de 2014  •  500 Palabras (2 Páginas)  •  1.666 Visitas

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NACIONALIDAD ÚNICA.

La nacionalidad única responde al criterio de que el pueblo del estado constituye un elemento esencial en la formación de éste; por lo mismo no puede ese mismo grupo de individuos integrar el pueblo, elemento esencial, de otra entidad estatal.

El vínculo de nacionalidad implica una relación de pertenencia; supone el deber del individuo de someterse a su estado, por una razón elemental que es el ejercicio de la autoridad de éste; y porque la nacionalidad implica un compromiso de lealtad entre los dos sujetos de la relación. Al otorgarse la nacionalidad se exige la manifestación de este compromiso por parte del individuo. Las normas del derecho internacional le imponen al estado el deber de protección.

Desde la perspectiva política y jurídica que tienen como principal actor al estado, este principio parece inobjetable. Un estado no puede admitir el compartir los derechos que tiene sobre sus nacionales con otro soberano, ni el individuo puede estar sujeto a las mismas obligaciones con dos estados distintos.

Si se parte de la base de que la nacionalidad es una relación jurídica entre un individuo y el pueblo de un estado, resulta lógico que un mismo individuo pertenezca al pueblo de más de uno de ellos. Es imposible que un individuo se someta a dos poderes distintos, le sea leal a ambos, pueda ejercer derechos políticos y, por ende, participar en la formación de la voluntad de los dos, ser miembro de sus ejércitos, participar en actividades de carácter estratégico.

Resulta incongruente, y por lo tanto insostenible, que un individuo se integre plenamente en dos entidades político-jurídicas distintas que, eventualmente pueden tener intereses diferentes o contradictorios.

MULTIPLE NACIONALIDAD

La nacionalidad múltiple o ciudadanía múltiple es el estatus jurídico que disfrutan ciertos individuos, al ser reconocidos como ciudadanos simultáneamente por varios estados.

La doble ciudadanía es la condición de ser ciudadano de dos naciones; también es llamada doble nacionalidad, siendo este estatus más común que el de nacionalidad múltiple. El derecho internacional no prohíbe a ninguna persona tener doble o múltiple ciudadanía.

La ciudadanía múltiple puede ser adquirida mediante el uso diferente entre dos o más naciones de sus leyes. Algunos países otorgan la ciudadanía automáticamente al nacer cuando uno de los padres es un connacional (ius sanguinis) o cuando la persona nace en territorio nacional (ius soli). También es dada a las personas que se casan con alguno de sus coterráneos. Además, la ciudadanía de un país se puede adquirir a través de la naturalización.

Algunos países ven la ciudadanía múltiple como indeseable, por lo cual toman medidas legales

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