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Obligaciones Alternativas y Facultativas


Enviado por   •  14 de Diciembre de 2012  •  623 Palabras (3 Páginas)  •  510 Visitas

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Obligaciones Alternativas y Facultativas

Artículo 1161.- Prestaciones alternativas

El obligado alternativamente a diversas prestaciones, sólo debe cumplir por completo una de ellas.

Artículo 1162.- Reglas para elección de prestaciones alternativas

La elección de la prestación corresponde al deudor, si no se ha atribuido esta facultad al acreedor o a un tercero.

Quien deba practicar la elección no podrá elegir parte de una prestación y parte de otra.

Son aplicables a estos casos las reglas del artículo 1144.

Artículo 1163.- Formas de realizar la elección

La elección se realiza con la ejecución de una de las prestaciones, o con la declaración de la elección, comunicada a la otra parte, o a ambas si la practica un tercero o el juez.

Artículo 1164.- Elección en obligación de prestaciones periódicas

Cuando la obligación alternativa consiste en prestaciones periódicas, la elección hecha para un período obliga para los siguientes, salvo que lo contrario resulte de la ley, del título de la obligación o de las circunstancias del caso.

Artículo 1165.- Reglas de imposibilidad de prestaciones elegidas por deudor

Cuando la elección corresponde al deudor, la imposibilidad de una o más prestaciones se rige por las reglas siguientes:

1.- Si todas las prestaciones son imposibles por causas imputables al deudor, la obligación queda resuelta y éste debe devolver al acreedor la contraprestación, si la hubiere, y asimismo debe pagar la correspondiente indemnización de daños y perjuicios referidos a la última prestación que fuera imposible.

2.- Si algunas prestaciones son imposibles, el deudor escoge entre las subsistentes.

3.- Si todas las prestaciones son imposibles por causas no imputables al deudor, se extingue la obligación.

Artículo 1166.- Reglas de imposibilidad de prestaciones elegidas por acreedor, tercero o juez

Cuando la elección corresponde al acreedor, a un tercero o al juez, la imposibilidad de una o más prestaciones se rige por las reglas siguientes:

1.- Si todas las prestaciones son imposibles por causas imputables al deudor, la obligación queda resuelta y éste debe devolver al acreedor la contraprestación, si la hubiere, y asimismo debe pagar la correspondiente indemnización de daños y perjuicios referidos a la prestación imposible que el acreedor señale.

2.- Si algunas prestaciones son imposibles por causas imputables al deudor,

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