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PERIODO COLONIAL


Enviado por   •  13 de Febrero de 2012  •  657 Palabras (3 Páginas)  •  823 Visitas

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A) PERIODO COLONIAL.

1737. Las actividades mercantiles del Virreinato de la Nueva Granada, se rigen por las ordenanzas de Bilbao, promulgadas en 1560.

1795. Consulado de Comercio en Cartagena de Indias. Tres organismos de comercio: Un Tribunal de justicia, una junta de protección y fomento del comercio; y una junta general (asamblea general) de comercio, conformada por comerciantes, cargadores de mar, capitanes y maestres de naves.

1821. LA GRAN COLOMBIA. Constitución Política incorpora estas normas antiguas en la legislación nacional (art. 188), en lo que no se opusieran a la misma (tránsito de legislación).

Ley del 13 de Mayo de 1825, establece entre otras, dentro del orden que debía respetarse en la aplicación de la ley, las de las ordenanzas, cédulas reales y demás normas del gobierno español sancionadas hasta el 8 de marzo de 1808.

Ley del 23 de Mayo de 1836, sobre juicios de comercio, establece que conocerían de las controversias por los actos de que tratan las ordenanzas de Bilbao.

B) CODIGO DEL ESTADO DE LA NUEVA GRANADA.

1853. Se dicta un Código de Comercio por el congreso de la Nueva Granada, que recoge gran parte de lo estipulado en el español de 1829. Deroga las ordenanzas de Bilbao y demás legislación precedente.

1858. CONFEDERACION GRANADINA. Conservó el código de comercio de 1853.

1863. ESTADOS UNIDOS DE COLOMBIA. Los estados soberanos resultantes de la constitución federal de 1863, emiten su propia legislación civil, comercial, aunque algunos conservaron la del código de 1853.

1869. Se promulga el Código del Estado Soberano de Panamá, que copia prácticamente en un todo el código de comercio terrestre chileno, con un criterio

muy objetivo.

1886. El sistema centralista de la nueva constitución trajo como consecuencia la reunificación legislativa del país, adoptándose como legislación el de Comercio del Estado de Panamá (Ley 57 de 1887, artículo 1º).

"LEY 57 DE 1887. ARTICULO 1o. Regirán en la República, noventa días después de la publicación de esta Ley, con las adiciones y reformas de que ella trata, los Códigos siguientes:

El Civil de la Nación, sancionado el 26 de Mayo de 1873:

El

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