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PERMISO POR EMBARAZO


Enviado por   •  17 de Octubre de 2018  •  Prácticas o problemas  •  727 Palabras (3 Páginas)  •  127 Visitas

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GRUPO DE PABLO LEDEZMA

CASO:

PERMISO POR EMBARAZO

El Sr. ELIAS CHAVERRA, labora en la empresa “Pera”, tiene a su esposa en estado de gravidez ella labora en la empresa “Manzana”,

EL SR. ELIAS CHAVERRA Desea saber:

  1. ¿Qué permisos o licencias le corresponde a su señora?

Respuesta: art 333 de LOTTT: su señora estará exenta de realizar cualquier tipo de tarea que ponga en riesgo la vida de su hijo y la de ella.

Art 334 de LOTT: si es necesario se trasladará a un lugar de trabajo mas cómodo e ideal para su condición sin que se disminuya el sueldo o desmejorar sus condiciones.

Art 335 de LOTT: gozara de inmovilidad laboral durante todo el embarazo y durante 2 años después del nacimiento del bebe.

Art 15 de la LOPCYMAT: Durante el embarazo, la trabajadora gestante tiene derecho a disfrutar de un (1) día o dos (2) medios días de licencia o permiso remunerado cada mes a los fines de su atención médica. Al efecto de garantizar el cuidado y tratamiento del niño o niña durante su primer año de vida, se establece el derecho de la madre o padre incorporado al trabajo, a disfrutar de un (1) día de licencia o permiso remunerado cada mes para concurrir al centro asistencial pediátrico.

  1. Si a él le corresponde algún permiso y cuando lo puede tomar.

Respuesta art 339 de la LOTT: le corresponde un permiso de 14 días continuos a partir del nacimiento de su hijo, este permiso será remunerado.

  1. Cuanto tiempo le corresponde a su señora de permiso de existir.

Respuesta art 336 de la LOTT: tendrá derecho de 6 semanas antes del parto y 20 semanas después de el o mayor si existe alguna enfermedad.

Art 345 de LOTT: si la empresa cuenta con una área de lactancia materna, tendrá 2 permisos diarios de 30 minutos y si no lo tiene serán de 1 hora y 30 minutos cada permiso.

LPPLM: estipula que la lactancia materna se debe realizar asta los 2 años de edad.

  1. Desea saber si su señora al igual que el cobrará  durante su permiso, cuánto cobrará y quien le paga.

Respuesta: ART 11 del IVSS: LE corresponderá el pago del 100% de tu salario normal, pero el pago lo hace el IVSS, no en calidad de salario sino de indemnización o prestación dineraria. El cual no debe de ser menor al salario que le pagan normalmente.

Puede que la entidad de trabajo tenga un convenio de pago con el IVSS, en tal caso te pagará directamente a ti, y luego el IVSS realizará el pago o descuento en facturación a la entidad de trabajo.

  1. Que pasa con el Cesta Ticket que le entregan a ella mensualmente.

Respuesta la ley de alimentación establece que seguirá difrutando de este servicio en todo el periodo de su permiso.

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