Procedimiento control de velocidad
Andres AvalosInforme11 de Abril de 2024
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[pic 1] | Control de Velocidad | Código: T&L-P_____ Revisión: Fecha: Páginas: de |
Preparado por: Valentina Sanhueza | Autorizado por: Rolando Maldonado |
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PROCEDIMIENTO CONTROL DE VELOCIDAD
RUTA DE VALIDACIÓN | |||
FUNCIÓN | NOMBRE | UNIDAD ORGANIZACIONAL | FECHA |
ELABORADO POR: | Valentina Sanhueza | Asistente RRHH | |
VISADO POR: | Rolando Maldonado | Gerente General | |
Claudia Maldonado | Gerente Administración y Finanzas | ||
APROBADO POR: | Rolando Maldonado | Gerente General |
- OBJETIVO
El procedimiento tiene como objetivo reducir la accidentabilidad e infracciones de tránsito y, a su vez, velar por la seguridad del trabajador y evitar consecuencias jurídicas por alguna falta a la ley de tránsito. También, dentro de los objetivos está generar conciencia, capacitar y educar a los conductores sobre la relevancia de cumplir con las normas de tránsito vigente.
- ALCANCE
Aplica a todos los trabajadores que existan dentro de la empresa, que precisen hacer uso de alguna unidad de transporte.
- DEFINICIONES
- Velocidad: Relación que se establece entre el espacio o la distancia que recorre un
objeto y el tiempo que invierte en ello.
- Control: Examen u observación cuidadosa que sirve para hacer una comprobación.
- Exceso: Cantidad que excede o sobra de una cosa con respecto a otra que se toma
como referencia.
- Riesgo: Posibilidad de que se produzca un contratiempo o una desgracia, de que
alguien o algo sufra perjuicio o daño.
- DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES.
El presente documento establece la metodología mediante la cual nuestra empresa controla la velocidad con la que se conducen las unidades de transporte.
Dentro de las actividades para controlar la velocidad, se encuentra la utilización de sistemas GPS para monitorear los parámetros de conducción en cada ruta. Para este procedimiento, el parámetro de la velocidad es el que se tomará en cuenta.
Para llevar dicho control, cada vez que se sobrepase el límite máximo de velocidad, el sistema GPS genera alertas y las reporta vía correo electrónico al supervisor. Los límites de velocidad programados en el sistema de GPS están definidos según la regulación legal. La ley de tránsito especifica que la velocidad máxima en vías de circulación rápida es de 90 km/h en el caso de camiones, vehículos articulados, tractoras, furgonetas y furgones.
A partir de esto, dentro del control que se realiza se toman medidas correctivas ante cada vez que se exceden los límites definidos. En primer lugar, si el conductor excede los 90 km/h, el supervisor lo amonestará verbalmente y le expondrá las respectivas oportunidades de mejora. Por otra parte, si el conductor excede los 95 km/h, la amonestación se deriva a Recursos Humanos quien le notifica al trabajador de manera escrita y le advierte sobre posibles sanciones.
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