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Q ue es la Teoria del derecho


Enviado por   •  7 de Agosto de 2015  •  Ensayos  •  330 Palabras (2 Páginas)  •  168 Visitas

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Penas limitativas de derechos:

Según nuestro código penal que pretende recurrir a la pena privativa de libertad como ultima ratio, se establecen las penas limitativas de derechos como sustitutivos penales. A de multa.

Características:

Poseen un triple carácter :

  • Son autónomas porque constituyen una especie independiente de pena.
  • Son sustitutivas porque son aplicables como alternativa de la pena privativa de libertad.
  • Son reversibles. Porque admiten reaplicacion de la privativa de libertad sustitutiva.

Tenemos:

Nota: para penas no mayores de 4 años según ley 27186 del 20 oct 99.

Pena sustitutiva

-Regula duración de penas de prestación de servicios y imitación de días libres en caso de aplicarse sustitutivamente.

-no comprende casos previstos de manera autónoma de duración precisada.

-relaciona con art. 52 del código penal.

Prestación de servicios a la comunidad

  • Son gratuitos, se obliga a prestar al condenado.
  • En instituciones diversas, entidades asistenciales, hospitalarias , escuelas, orfanatos u obras publicas.
  • En jornadas semanales de 10 horas en días sabados y domingos, de modo que no perjudique la jornada normal ded su trabajo habitual.

Limitación de días libres

  • Su finalidad es sustituir las penas privativas de libertad de corta duración, evitando su prizonizacion y la degradación de la personalidad del condenado.
  • Nuestro código penal establece un minimo de 10 y máximo de 16 horas total por cada fin de semana.

Inhabilitación

  • constituye la pena principal dentro de penas limitativas de derechos.
  • También es pena accesoria art. 39 y 40 del código penal.
  • Algunos autores consideran que tienen mayor certificado en la prevención ya que priva al sentenciado de la practica de ciertas actividades que se muestra irresponsable y peligroso ( prevención especial).
  • Nuestro código extiende la inhabilitación principal de 6 meses a 5 años.

Multa

  • Obligación impuesta al condenado de pagar al estado una determinada suma de dinero.
  • El importe no podrá ser menor del 25% ni mayor del 50% del ingreso diario del condenado, cuando viva exclusivamente de su trabajo.
  • La multa se paga dentro de los 10 dias pronunciada la sentencia o en casos especiales en cuotas mensuales.

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