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Teoria Del Derecho


Enviado por   •  15 de Febrero de 2013  •  13.486 Palabras (54 Páginas)  •  428 Visitas

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GUÍA DE ESTUDIO DE TEORÍA DEL DERECHO

UNIDAD 1.- TEORÍA DEL DERECHO.

QUE ES LA TEORÍA DEL DERECHO.- Es la ciencia que trata de dar la razón de la existencia de los hechos jurídicos, los fenómenos tal y como se presentan en un punto de vista ideal.

También es descrita como la rama del derecho interesada en el examen de los problemas jurídicos fundamentales, distintos de las disciplinas que describen el derecho histórico, nacional o bien internacional.

Es una disciplina que aborda cuestiones tales como la naturaleza del derecho las relaciones de éste con la moral, los valores que le son inherentes, la eficacia del orden jurídico, la obediencia al derecho.

CUAL ES LA DIFERENCIA ENTRE EL ESTUDIO QUE HACE DEL DERECHO LA FILOSOFÍA Y LA TEORÍA DEL DERECHO. La filosofía del derecho: estudia al derecho tal y como debería ser (aquí existe una gran variedad de subjetividades de cómo debería ser el derecho).

La Teoría del derecho: estudia al derecho tal y como es (aquí el derecho es el real, el vigente, el que rige, el se aplica a los comportamientos del ser humano).

LA TEORIA FUNDAMENTAL DEL DERECHO.- Es una de las dos ramas en que se divide la Filosofía del Derecho, pues la otra rama constituye la Axiología Jurídica, que tiene por objeto estudiar los valores a cuya realización debe aspirar el orden jurídico positivo.

La axiología jurídica, es la que estudia o se refiere a los valores que el orden jurídico positivo debe realizar.

El problema está en saber cuáles son los valores a cuya realización debe aspirar un orden jurídico positivo. Para la mayoría de los autores, es la justicia, la finalidad suprema de ésta. La respuesta no satisface porque se caería en la interrogante de saber qué es lo justo; definición que encuentra ideologías diversas que, consiguientemente, le dan contenidos diversos.

Nosotros creemos que el orden jurídico positivo debe aspirar al bien común; terminología ésta que para otros autores merece el calificativo de paz pública, orden público, seguridad social, etc. Sea cual fuere el vocabulario que en tal sentido se emplee, la realidad es que en caso de conflicto debe la justicia ser postergada en beneficio de la paz y el orden.

Por esto habrá derechos que no pueden concederse a pesar de ser intrínsecamente justos o valiosos, aceptados por jusnaturalistas o positivistas, como ocurre cuando se decreta la requisa de una empresa estatal o para estatal, como serían la Comisión Federal de Electricidad o Teléfonos de México, para evitar que se suspenda el servicio público de energía eléctrica o de teléfono, como consecuencia de un conflicto de huelga, o bien cuando se niega a los sindicatos mantener su huelga en el incidente de suspensión del amparo que promuevan contra la declaratoria de inexistencia dictada por la autoridad laboral, cuando con tal suspensión sufra trastornos la economía del país, como sucede en el caso de sindicatos ferrocarrileros, petróleos, telefonistas, electricistas, y demás gremios que podrán ser de todo lo importante que se quiera, pero que por encima de ellos está el bienestar general.

TENDENCIAS DE INTERPRETACIÓN JURÍDICA

Históricamente las tendencias jurídicas que han pretendido o pretenden desentrañar la naturaleza del derecho han sido y son:

- JUSNATURALISMO

- JUSPOSITIVISMO

- JUSREALISMO

- JUSMARXISMO

Estos 4 modelos nos permiten como en un rompecabezas, colocar las distintas concepciones acerca del derecho de la historia del pensamiento jurídico científico.

Es importante preguntarnos:

¿Qué elementos nos indican que la concepción de platón por ejemplo es Jusnaturalista?, o

¿Qué criterios nos dicen que la posición de Kelsen es Juspositiva?, o

¿Qué nos permite encuadrar a Cerroni en el Jusmarxismo?

Es obvio que científicamente deben existir puntos de referencia para ubicar a tal o cual pensador en una de las tendencias citadas.

Podemos citar que los elementos o criterios que nos permiten encerrar a un pensador jurídico dentro de una tendencia inicialmente son:

- Problemática Jurídica a resolver

- Método especifico utilizado

- Aparato conceptual manejado

- Base epistemológica y

- Conclusiones teóricas.

Sin lugar a dudas hemos de calificar Jus a todas las tendencias, porque a nivel de su problemática, todas sin excepción pretenden resolver la cuestión:

¿Qué es derecho?

Partimos de la premisa que cualquier teórico se puede preocupar por los asuntos del mundo o del hombre, pero aquellos que se preocupen por esta estructura social llamada derecho, necesariamente los calificados con el prefijo de Jus.

Detenidos en este primer punto habría que precisar que junto al problema clave a resolver, la cuestión y el nivel de la problemática de cada posición o tendencia jurídica es distinta, así:

El Jusnaturalismo pretende resolver: El derecho como norma, como valor y como idea.

El Juspositivismo pretende resolver: El derecho que es y el derecho que fue

El Jusrealismo pretende resolver: La interacción entre sociedad y derecho, considerando a este ultimo, como un conjunto de hechos de la vida social.

El Jusmarxismo pretende resolver: La relación entre producción, sociedad y derecho.

Se puede observar en este esquema, que si bien todas se unifican para responder:

¿Qué es el derecho?

Todas ellas se plantean problemas diversos o se plantean el mismo problema de una manera distinta. De ahí que la problemática a resolver los identifique pero a la vez los separe.

Si referimos el método que estas doctrinas generales tienen para enfrentar

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