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Regimen Fiscal De Personas Morales


Enviado por   •  7 de Octubre de 2013  •  615 Palabras (3 Páginas)  •  506 Visitas

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CAPITULO I

UNILATERALIDAD

Nuestra constitución política mexicana sustenta la democracia, que es elemental para cualquier estado de derecho, el cual apoya la estructura básica del país.El Presidente de la República ha asumido la tarea del dialogo, la concertación, para coordinar esfuerzos, esto supuestamente ha dado buenos resultados en el terreno económico con la finalidad de salvaguardar las garantías individuales de los seres humanos; pero si hablamos de la política fiscal nos damos cuenta de que se actúa de una forma unilateral, que se caracteriza precisamente de que cierta parte de la población privilegiada da criterio oficial en esa rama fiscal, sin dar la oportunidad a otros sectores interesados, privándolos de ese derecho, ya que la obligación de contribuir para el gasto publico recae principalmente en los agricultores, ganaderos, profesionistas, trabajadores asalariados e independientes, empresarios consumidores inversionistas entre otros.

Los impuestos son importantes para satisfacer las necesidades presupuestarias, pero no por ello el gobierno está facultado para establecerlos unilateralmente.

Nuestra constitución política federal tiene acogido el principio democrático, donde somete todo gravamen fiscal a la previa aprobación de la cámara de diputados; pero ¿la ciudadanía está representada en el proceso legislativo fiscal?, ¿fue recabada la opinión de otros sectores? ¿La cámara de diputados ha aprobado las leyes con pleno conocimiento de causa? Indudablemente la respuesta será no, lo que realmente sucede es que los técnicos de la secretaría de hacienda y crédito público elaboran en forma anual las iniciativas para crear, modificar o derogar las distintas contribuciones federales, tomando en cuenta que estas se envía al congreso de la unión para ser aprobadas también son enviadas a un cierto grupo limitado representantes de los contribuyentes pero que finalmente estos pueden ser modificados.

Las iniciativas anuales son dadas a conocer al Presidente de la Republica y estas a la vez enviadas al congreso de la unión acompañada de su correspondiente exposición de motivos en los que discordantemente con su propio texto se hace referencia a magnificencia como la simplificación y modernización del sistema tributario.

Esta falta de correspondencia seguramente no es por mala intención, sino por la misma unilateralidad con las que se visualizan las reformas propuestas por las autoridades hacendarias.

El congreso de la unión tiene mes y medio para estudiar estas iniciativas tributarias, el cual se hace poco tiempo tomando en cuenta que están presentadas con sus tecnicismos por lo que al aprobarlas los legisladores no se estaría cumpliendo con la aprobación con pleno conocimiento de causa y menos tomando en cuenta que no poseen un especialista que los asesore en la materia.

Las

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