Sociedad Anonima
Enviado por niko2901 • 4 de Diciembre de 2013 • 383 Palabras (2 Páginas) • 225 Visitas
SOCIEDAD ANONIMA
1. ¿Cómo está representado el capital en las Sociedades Anónimas?
El capital de las sociedades anónimas se divide en acciones de igual valor y se representan por un título negociable.
El capital de la sociedad anónima comprende el capital autorizado, suscrito y pagado.
Al momento de constituir la empresa, se debe suscribir como mínimo el 50% del capital autorizado, y pagarse como mínimo la tercera parte del capital suscrito. Esto quiere decir que si una sociedad anónima se constituye con un capital autorizado de $300.000.000, se debe suscribir como mínimo $150.000.000 y pagar como mínimo $50.000.000.
2. ¿Cómo se desarrolla la Constitución por Oferta a Terceros?
Esta segunda modalidad está reservada sólo para la
Sociedad Anónima. Aquí existe un proceso previo, regulado por la Ley, que
tiene por objeto reunir a los socios que suscriban y paguen las acciones de la
nueva sociedad; sólo después de culminado el proceso se puede otorgar la
minuta y la escritura pública de constitución.
Un asociado nos consultó respecto a como se constituye una empresa por oferta a terceros (por etapas)
Los pasos a seguir con relación a la constitución por oferta a terceros son los siguientes:
Programa de constitución: Redacción( Art. 57) y Depósito(Art. 58)
Suscripción de Acciones: Formulación (Articulo 59), Plazo (59) y Intereses (Art. 60)
Asamblea de Suscriptores: Convocatoria (Art. 61), Quórum y acuerdos (Art. 63) y Acta (Art. 64).
Escritura Pública: Celebración (Art. 66) y Inscripción
4. ¿Cómo se forma el Capital?
Designa la diferencia entre el activo y el pasivo de una empresa.
Refleja la inversión de los propietarios en una entidad y consiste generalmente en sus aportaciones más o menos sus utilidades retenidas o pérdidas acumuladas, más otro tipos de superávit como el exceso o insuficiencia en la acumulación del capital contable y las donaciones.
5. ¿A qué se dice Capital Suscrito?
El capital suscrito, es el capital que el socio se compromete a aportar a la sociedad, por lo tanto la suscripción de acciones o de capital se convierte en un derecho de la sociedad a cargo
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