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Áreas Naturales Protegidas

evvelinlopez1 de Junio de 2014

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“Áreas Naturales Protegidas”

Investigación Documental

Miércoles 14 de Mayo de 2014

INDICE

Introducción 3

“¿Qué es un área natural protegida?” 4

“Requisitos Para Determinar Un Área Natural Protegida” 5

“Categorías o Tipos de áreas Naturales Protegidas” 7

a) Reservas De La Biosfera 7

b) Parques Nacionales 7

c) Monumentos Naturales 7

d) Áreas De Protección De Recursos Naturales 7

e) Áreas De Protección De Flora Y Fauna 7

f) Santuarios 7

g) Áreas Naturales Protegidas Estatales. 7

h) Áreas Comunitarias Protegidas 8

i) Áreas Protegidas Privadas. 8

“Criterios de Selección de Áreas Protegidas” 9

“Áreas Naturales Protegidas en el Estado de Oaxaca” 14

Reserva de la biosfera Tehuacán- Cuicatlán 14

Parque Nacional Huatulco 15

Parque Nacional Lagunas de Chacahua 16

Parque Nacional Benito Juárez 17

Monumento Natural Yagul 17

Santuario Playa Escobilla 18

Santuario de la Playa de la Bahía de Chacahua 19

El área de Protección de Flora y Fauna Boquerón de Tonalá 20

Conclusión 21

Referencias Electrónicas 22

Introducción

La conservación y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales son una prioridad impostergable para nuestro estado y nuestra gente que toman conciencia de las graves consecuencias del deterioro ecológico generado y sabemos que ese deterioro implica tanto para la supervivencia de las especies vegetales y animales así como para nuestra propia supervivencia. Cada vez hay mayor claridad en distintos sectores, instituciones, comunidades y organizaciones sociales, sobre la necesidad de dedicar importantes espacios naturales a la conservación, a fin de preservar ecosistemas que destacan por los servicios ambientales que prestan en la regulación climática y del ciclo hidrológico, así como por sus características estéticas o rareza, por encontrarse amenazados o considerarse necesarios para la investigación científica. Más que una alternativa la conservación es hoy una necesidad para resguardar el entorno de la humanidad, los espacios naturales que hacen posible la vida. Las Áreas Naturales Protegidas por nuestro estado generan beneficios ambientales, sociales y económicos de índole local y nacional, diversificando las posibilidades de uso de los espacios naturales protegidos sin comprometer su fin fundamental, que es el de conservar la diversidad biológica y los recursos naturales y culturales asociados, como legados para las generaciones presentes y futuras. el establecimiento del Sistema Nacional de Áreas Protegidas su misión es conservar muestras representativas de nuestro patrimonio natural, para que esta riqueza se mantenga y de frutos en beneficio de los oaxaqueños de hoy y de las generaciones futuras, lo que implica no solamente conservar las maravillas del paisaje o la protección de especies en peligro de extinción, sino que involucra aspectos económicos estratégicos para el desarrollo del país.

En el siguiente trabajo se recabo diversa información sobre Áreas Naturales Protegidas desde sus características y los tipos que existen hasta los criterios y requisitos para determinar y establecer un área como área natural protegida, es importante conservar las áreas naturales que aún se encuentran intactas o por el contrario que necesitan ser restauradas o como su nombre lo dice protegidas, para una preservación natural para el futuro de nuestro mundo.

“¿Qué es un área natural protegida?”

Las áreas naturales son las zonas del territorio nacional y aquellas sobre las que la Nación ejerce soberanía y jurisdicción, en las que los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano, o que sus ecosistemas y funciones integrales requieren ser preservadas y restauradas estas tienen como objetivo:

I Preservar los ambientes naturales representativos de las diferentes regiones biogeográficas y ecológicas y de los ecosistemas más frágiles, así como sus funciones, para asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos evolutivos y ecológicos;

Fracción reformada DOF 24-05-2013

II Salvaguardar la diversidad genética de las especies silvestres de las que depende la continuidad evolutiva; así como asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional, en particular preservar las especies que están en peligro de extinción, las amenazadas, las endémicas, las raras y las que se encuentran sujetas a protección especial;

Fracción reformada DOF 13-12-1996

III Asegurar la preservación y el aprovechamiento sustentable de los ecosistemas, sus elementos, y sus funciones;

Fracción reformada DOF 13-12-1996, 24-05-2013

IV Proporcionar un campo propicio para la investigación científica y el estudio de los ecosistemas y su equilibrio;

V Generar, rescatar y divulgar conocimientos, prácticas y tecnologías, tradicionales o nuevas que permitan la preservación y el aprovechamiento sustentable de la biodiversidad del territorio nacional;

Fracción reformada DOF 13-12-1996

VI Proteger poblados, vías de comunicación, instalaciones industriales y aprovechamientos agrícolas, mediante zonas forestales en montañas donde se originen torrentes; el ciclo hidrológico en cuencas, así como las demás que tiendan a la protección de elementos circundantes con los que se relacione ecológicamente el área; y

VII Proteger los entornos naturales de zonas, monumentos y vestigios arqueológicos, históricos y artísticos, así como zonas turísticas, y otras áreas de importancia para la recreación, la cultura e identidad nacionales y de los pueblos indígenas.

“Requisitos Para Determinar Un Área Natural Protegida”

El tipo de área natural protegida que se pretenda declarar, deberá estar fundamentada en las características biológicas y la vocación de uso de suelo, tomando en consideración los aspectos sociales de las poblaciones locales, así como los aprovechamientos que en ella se realicen:

Los estudios a que se refiere el artículo anterior deberán contener, por lo menos, lo siguiente:

I. Información general en la que se incluya:

a) Nombre del área propuesta.

b) Entidad federativa y municipios en donde se localiza el área.

c) Superficie.

d) Vías de acceso.

e) Mapa que contenga la descripción limítrofe a escala 1 a 50,000.

f) Nombre de las organizaciones, instituciones, organismos gubernamentales o asociaciones civiles participantes en la elaboración del estudio.

II.- Evaluación ambiental, en donde se señalen:

a) Descripción de los ecosistemas, especies o fenómenos naturales que se pretende proteger.

b) Razones que justifiquen el régimen de protección.

c) Estado de conservación de los ecosistemas, especies o fenómenos naturales.

d) Relevancia, a nivel regional y nacional, de los ecosistemas representados en el área propuesta.

e) Antecedentes de protección del área.

f) Ubicación respecto a las regiones prioritarias para la conservación determinadas por la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad.

III. Diagnóstico del área, en el que se mencionen:

a) Características históricas y culturales.

b) Aspectos socioeconómicos relevantes desde el punto de vista ambiental.

c) Usos y aprovechamientos, actuales y potenciales de los recursos naturales.

d) Situación jurídica de la tenencia de la tierra.

e) Proyectos de investigación que se hayan realizado o que se pretendan realizar.

f) Problemática específica que deba tomarse en cuenta.

g) Centros de población existentes al momento de elaborar el estudio.

IV. Propuesta de manejo, en la que se especifique:

a) Zonificación y su subzonificación es decir basada en las características y estado de conservación de los ecosistemas, especies o fenómenos naturales que se pretende proteger; aspectos socioeconómicos desde el punto de vista ambiental y, usos y aprovechamientos actuales y potenciales de los recursos naturales.

b) Tipo o categoría de manejo, tomando en consideración los estudios que justifiquen su establecimiento, así como la subzonificación.

c) Administración

d) Operación

e) Financiamiento

Los estudios previos, una vez concluidos, deberán ser puestos a disposición del público para su consulta en las oficinas de la Secretaría y en las de sus Delegaciones ubicadas en las entidades federativas donde se localice el área que se pretende establecer. La Secretaría publicará en el Diario Oficial de la Federación un aviso a través del cual se dé a conocer esta circunstancia. Asimismo, la Secretaría solicitará la opinión de:

I.- Los gobiernos locales en cuyas circunscripciones territoriales se localice el área natural de que se trate;

II.- Las dependencias de la Administración Pública Federal que deban intervenir, de conformidad con sus atribuciones;

III.- Las organizaciones sociales públicas o privadas, pueblos indígenas, y demás personas físicas o morales interesadas, y

IV.- Las universidades, centros de investigación, instituciones y organismos de los sectores público, social y privado.

“Categorías o Tipos de

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