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Amparo constitucional y su procedimiento


Enviado por   •  9 de Enero de 2024  •  Ensayos  •  3.929 Palabras (16 Páginas)  •  23 Visitas

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1][pic 2]

MINISTERIO PÚBLICO

ESCUELA NACIONAL DE FISCALES

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO

AMPARO CONSTITUCIONAL Y SU PROCEDIMIENTO.

Autor:

Abg. Sonia Velásquez     C. I.: V- 10.997.502

Facilitadora:

Abg. Esp. María Cristina Vispo.  

Unidad Curricular

Medios de Impugnación y Amparo

 IV Trimestre.

          EEFF

Caracas julio 2022.[pic 3]

INTRODUCCIÓN

El  Amparo Constitucional, es una garantía intrínseca de la carta Magna, en aras de proteger los derechos fundamentales del ser humano, el termino Amparo, viene de amparar, proteger, reestablecer, y por consiguiente garantizar la tutela judicial efectiva de los ciudadanos ante el IUs Puniendi del Estado, en una sociedad  participativa, social, de derecho y protagónica, donde se respetan los principios constitucionales, aun en Estado de emergencia.

Es así, como en el desarrollo de ésta investigación sobre Amparo Constitucional y su procedimiento, se plasma de manera lógica, breve, coherente y bibliográfica, la información recolectada sobre el Amparo y su procedimiento. El Amparo, viene a consolidar las garantías procesales establecidas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Tratados y Pactos  internacionales, suscritos y ratificados por la República, en resguardo y restitución  de la libertad personal del individuo, hacia una justicia social y equitativa, donde se le brinde respuesta  oportuna y eficiente a los ciudadanos en cuanto al sistema judicial se refiere.

 Por lo antes expuesto, se puede afirmar según lo establecido en el artículo 1 de la Ley orgánica de Amparo a la Libertad y seguridad Personal,  el objeto establece lo siguiente: , La presente Ley tiene por objeto garantizar a toda persona, sin discriminación alguna, la protección, respeto, goce y ejercicio de los derechos humanos y garantías constitucionales a la libertad y seguridad  personal, a través de la acción de amparo constitucional, conforme a los  principios de irrenunciabilidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad de los derechos humanos.

AMPARO CONSTITUCIONAL Y SU PROCEDIMIENTO.

Amparo: según la Real Academia  Española, define el Amparo: nombre masculino. Acción y efecto de amparar o ampararse. Persona o cosa que ampara. Protección o defensa.

Amparo Jurídico: El amparo es un juicio que protege los Derechos Humanos de las personas de los actos de autoridad. Surge como un medio de defensa, para que los ciudadanos tengan la garantía que sus Derechos Humanos van a ser respetados por las autoridades.

Naturaleza Jurídica:

 “La acción de amparo es autónoma, independiente y abstracta respecto a la violación de derechos y garantías, ya que la acción puede ejercitarse, se encuentre o no fundada, encargándose la autoridad de Amparo de declarar lo procedente: desecharla, admitirla, sobreseerla o conceder el Amparo, atendiendo a las circunstancias particulares del asunto”.

El Amparo Tiene naturaleza restablecedora  o restitutoria. Nuestra Constitución le da poder al Juez para restablecer de inmediato la situación jurídica infringida, en forma inmediata, porque, aunque existen otras vías, éstas no son de restablecimiento inmediato, y el propósito de declarar con lugar una Acción de Amparo, ésta debe tener efecto inmediato y extraordinario; el juicio de Amparo es también un mecanismo de defensa de los Derechos Humanos. Está establecido en el artículo 27 de la Constitución de la República bolivariana de Venezuela, el cual estipula lo siguiente:

Artículo 27: Toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, aun de aquellos inherentes a la persona que no figuren expresamente en esta Constitución o en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

 El procedimiento de la acción de amparo constitucional será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidad; y la autoridad judicial competente tendrá potestad para restablecer inmediatamente la situación jurídica infringida o la situación que más se asemeje a ella. Todo tiempo será hábil y el tribunal lo tramitará con preferencia a cualquier otro asunto.

 La acción de amparo a la libertad o seguridad podrá ser interpuesta por cualquier persona; y el detenido o detenida será puesto o puesta bajo la custodia del tribunal de manera inmediata, sin dilación alguna.

El ejercicio de este derecho no puede ser afectado, en modo alguno, por la declaración del estado de excepción o de la restricción de garantías constitucionales

LEY ORGÁNICA DE AMPARO A LA LIBERTAD  Y SEGURIDAD PERSONAL, Caracas, miércoles 22 de septiembre de 2021 G. O. N° 6.651

Objeto

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto garantizar a toda persona, sin discriminación alguna, la protección, respeto, goce y ejercicio de los derechos humanos y garantías constitucionales a la libertad y seguridad  personal, a través de la acción de amparo constitucional, conforme a los principios de irrenunciabilidad, indivisibilidad, interdependencia y progresividad de los derechos humanos.

Características Del Amparo: 

1.- Oral: deberá ser presentado en forma oral ante el juez competente de conocer la acción de Amparo.

2.- Público: la audiencia de Acción de Amparo deberá ser pública, salvo las excepciones establecidas en las leyes vigentes que regulan la  materia.

3.-Breve: el juicio de Acción de Amparo, será realizado a la mayor brevedad posible, para restituir de forma inmediata la situación jurídica infringida.

4.- Gratuito: ninguna autoridad, podrá recibir alguna remuneración, por la celebración de  juicio de Amparo.

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